Los PPA y los PIAS ganan peso como alternativa a los planes de pensiones

23/11/2013

Miguel Ángel Valero. El 70% de las aportaciones a estos productos se concentra, por motivos fiscales, en el tramo final del año

Los planes de pensiones se juegan toda la temporada en estas cinco semanas que quedan para acabar el año. La campaña fin de año lanzada por bancos y aseguradoras acapara el 70% de las aportaciones de los españoles a estos productos. Lo que se traduce en unos 1.500 millones de euros. Como cada final de año, se ofrecen obsequios, dinero en efectivo o bonificaciones, para que el partícipe realice aportaciones o cambie de plan de pensiones.

Pero el regalo, ya sea en especie o en efectivo (una opción más ventajosa), no puede ser el criterio de elección. El compromiso de permanencia es fundamental, ya que además de la falta de liquidez de la inversión en un plan de pensiones (salvo supuestos como paro prolongado, enfermedad grave o embargo de la vivienda), restringe todavía más la libertad del ahorrador para cambiar de producto en caso de que éste no responda a sus expectativas. Otro aspecto importante son las comisiones, que lastran la rentabilidad real de un plan de pensiones.

Ante la avalancha de ofertas que quieren incitar a suscribir o traspasar unos planes de pensión antes del final del año, la persona interesada en acumular un ahorro de cara a la jubilación debe tener en cuenta que no sólo existe este producto. Que hay alternativa a los planes de pensiones.

Los datos muestran que los planes de previsión asegurados (PPA) y los planes individuales de ahorro sistemático (Pias) están ganando peso como alternativa a los planes de pensiones. Mientras éstos llevan perdiendo partícipes desde el momento álgido de la crisis en 2008, en el mismo período los PPA han triplicado su número de asegurados.

Los PPA son seguros de Vida similares a los planes de pensiones garantizados. Nacieron en 2003 por la presión de las aseguradoras, que reclamaron un producto propio que pudiera competir con los planes de pensiones, comercializados mayoritariamente por los bancos. Tienen la misma fiscalidad y sólo se pueden recuperar, con carácter general, en el momento de la jubilación. Su principal atractivo en momentos de crisis es su ausencia de riesgo. Son productos que garantizan siempre el capital aportado más una rentabilidad garantizada que las compañías fijan periódicamente en función de la situación de los mercados financieros y de sus costes.

A diferencia de los fondos de pensiones garantizados, que tienen un límite temporal a la protección que ofrecen, la duración de estos productos se ajusta a las necesidades de cada cliente, al que acompaña desde el momento de la contratación hasta la jubilación si se desea. La normativa permite a los ahorradores hacer traspasos de patrimonio entre estos dos productos.

Los límites de aportación son iguales para ambos productos: 10.000 euros anuales (12.500 para los mayores de 50 años). La fiscalidad es también la misma. Las aportaciones reducen la base imponible y las prestaciones tributan como rendimiento del trabajo.

Los PPA tienen la misma fiscalidad que los planes de pensiones, con la diferencia de que tienen una rentabilidad garantizada, por lo que el partícipe no corre riesgo alguno.

 

Ganancias libres de impuestos

Los Pias también cuentan con ventajas fiscales: si se reembolsa el producto al cabo de más de diez años y en forma de renta vitalicia, las ganancias logradas quedan libres de impuestos. En el caso de los planes de pensiones y PPA, se desgrava por las aportaciones pero luego se tributa a Hacienda cuando se cobra la prestación por jubilación, ya sea como capital o como renta.

El principal atractivo de los Pias es que la inversión  puede hacerse líquida, rescatarse, en cualquier momento, a diferencia de las limitaciones estrictas que tiene un plan de pensiones para su cobro antes de la jubilación. Estos productos permiten además ampliar la capacidad de ahorro fiscal a partir del momento en que el cliente ha apurado el máximo deducible en sus aportaciones a planes de Pensiones,  sobre todo en el caso de inversores con elevada capacidad de ahorro y próximos a su edad de jubilación

Con un tratamiento fiscal mejor que el de los planes de pensiones, se pueden rescatar o traspasar en cualquier momento, ofrecen un capital garantizado a la jubilación y también una cobertura en caso de fallecimiento del titular.

Las aportaciones pueden ser periódicas o extraordinarias, y no pueden superar el límite anual de 8.000 euros. El patrimonio máximo que pueden alcanzar no puede superar 240.000 euros por contribuyente. Estos límites son independientes de los límites de aportaciones establecidos para planes de pensiones y PPA. El dinero se cobra como renta vitalicia.

 

Seguro de Renta

Otra opción, poco conocida, para preparar la jubilación es el seguro de Renta, especialmente atractivo para las personas de mayor edad. Los mayores de 70 años que inviertan en una póliza de estas características sólo tributarán por el 8% de la renta que cobre, ya que el 92% queda exento. Esto supone un tipo efectivo del 1,52%, lo que dispara la rentabilidad financiero-fiscal del seguro de renta. Por eso, es tan atractivo.

El seguro transforma el ahorro en una renta, que puede ser inmediata o diferida (opción más recomendable). Esta renta puede ser mensual o de otra periodicidad. Algunas entidades ofrecen la posibilidad de elegir entre un rendimiento fijo durante toda la vida del seguro, o renovarlo cada cierto tiempo en función de las condiciones del mercado. Lo que no puede confundirse es el interés técnico del seguro con la TAE de un depósito.

Lo habitual es mantener el capital aportado para que lo reciban los herederos tras el fallecimiento del asegurado, aunque tribute en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones). El rescate antes de tiempo del seguro está penalizado y puede generar pérdidas para el ahorrador, además de tener que devolver el importe del beneficio fiscal que se haya aplicado en el seguro.

Hipoteca inversa

La hipoteca inversa es una variante de los seguros de rentas vitalicias que se materializa a través de un préstamo hipotecario. El cliente entrega su vivienda a cambio de recibir una renta vitalicia. La entidad financiera o aseguradora abona una renta mensual a cambio de tener una garantía hipotecaria sobre la vivienda, con la ventaja de que el propietario conserva la titularidad y el usufructo del inmueble. Las rentas mensuales obtenidas están exentas de tributación en el IRPF.

Una vez fallecido el titular de la hipoteca inversa, sus herederos tienen varias opciones: vender la vivienda, pagar la deuda y quedarse con la diferencia; pueden suscribir una nueva hipoteca para ir pagando la deuda; o simplemente pueden liquidar la deuda con su propio dinero y quedarse con la vivienda.

Los fondos de inversión son otra de las alternativas con las que planificar la jubilación, aunque de entrada no cuenten con beneficios fiscales. Pero sí cuentan con la ventaja de permitir el traspaso de un fondo a otro sin coste fiscal.

¿Te ha parecido interesante?

(+7 puntos, 7 votos)

Cargando...

Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.