Las empresas solo podrán acogerse a la ‘tarifa plana’ de la Seguridad Social durante 2014

28/02/2014

Luis M. del Amo. El Consejo de Ministros aprueba el decreto ley que regula las nuevas bonificaciones para contratos fijos. En caso de despido, las empresas no tendrán que devolver la ayuda íntegra a partir del segundo año. Incluye las conversiones de temporal a fijo. // Referencia del Consejo de Ministros

La ‘tarifa plana’ de Rajoy estará vigente solo en 2014. El Consejo de Ministros aprobó este viernes el real decreto ley que contiene la norma de reduce a 100 euros la cuota empresarial -por contingencias comunes- por los nuevos contratos indefinidos. La redacción final de la norma dejó algunas sorpresas. En primer lugar, las empresas no deberán devolver la ayuda íntegra si despiden a partir del segundo año. Tampoco se tendrá en cuenta el límite de seis meses sin despidos improcedentes -para beneficiarse de las ayudas- más atrás del 25 de febrero. Finalmente, el Gobierno abre la mano a las conversiones de temporal en fijo, que podrán beneficiarse de las ayudas. Y fija en 50 euros la tarifa, en caso de media jornada.

Las empresas tendrán hasta el 31 de diciembre -desde el pasado 25 de febrero- para acogerse a las nuevas ayudas de la Seguridad Social. El Consejo de Ministros aprobó este viernes el real decreto que desarrolla la medida, anunciada por Rajoy en el pasado Debate sobre el estado de la Nación. La llamada ‘tarifa plana’ reduce a 100 euros los pagos por contingencias comunes por espacio de dos años cuando se trate de contratos nuevos de carácter indefinido que supongan una ampliación de la plantilla.

El Gobierno finalmente permite beneficiarse de las ayudas a las conversiones de contrato temporal a indefinido. En el caso de la media jornada, la cuota se reduce a 50 euros, una cantidad que crece hasta los 75 euros cuando la jornada equivalga al 75% de horas correspondiente a una jornada completa para ese puesto.

Otra novedad es que las empresas no tendrán que devolver íntegramente la ayudas cuando despidan a partir del segundo año. Contrariamente a lo que se dijo, las empresas solo tendrán que reintegrar el importe entero de las ayudas cuando despidan al trabajador durante el primer año, a partir de su contratación. Si el despido se produce el segundo año devolverán el 50%; y un 33 %, si lo hacen el tercero.

La norma -que ofrece ayudas a las empresas por dos años- se publica mañana sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), pero está en vigor desde el pasado martes 25 de febrero, cuando el jefe del Gobierno, Mariano Rajoy, anunció en el Congreso su aplicación, durante el Debate sobre el estado de la Nación.

Hoy viernes los autónomos de ATA han calculado que la ‘tarifa plana’ facilitará la firma de 1.000 empleos diarios. Sin embargo, otras voces, como los sindicatos, opinan que no contribuirá a la creación de empleo, aunque supondrá un “golpe” para las arcas de la Seguridad Social, lo que repercutirá en la evolución de las pensiones. En concreto, CCOO cree que, si el Estado no repone el descenso de ingresos en la Seguridad Social, las pensiones subirán menos por la ‘tarifa plana’ a partir de 2015. Serán entonces cuando entre en vigor el nuevo índice de revalorización, la fórmula de cálculo que sustituye al IPC y que toma en cuenta el nivel de ingresos de la Seguridad Social y otros conceptos para calcular la subida anual de enero de las pensiones.

Creación de empleo estable

El objetivo de la ‘tarifa plana’ de 100 euros en la cuota patronal por contingencias comunes por nuevas contratación indefinidas es “impulsar la creación de empleo estable, una vez que se inicia el crecimiento”, según afirmó la ministra de Empleo, Fátima Báñéz, tras la reunión del Consejo de Ministros.

Otra novedad tiene que ver también con los despidos. En principio se dijo que las empresas que quisieran acogerse a la ‘tarifa plana’ no podrían haber despedido a trabajadores en los seis meses previos a la nueva contratación. El Gobierno, sin embargo, precisa ahora que ese plazo de seis meses solo llegará hasta el pasado 25 de febrero, la fecha del anuncio. Dicho de otro modo: podrán acogerse a la ‘tarifa plana’ las empresas que despidieron trabajadores el 24 de febrero y contrataron a nuevos trabajadores un día después, el 25 del mismo mes.

Un tercer año con ayudas para las micropymes

Los autónomos y micropymes se beneficiarán de un tercer año de ayudas, según se conoció hoy viernes. Así, las compañías y autónomos con menos de 10 trabajadores pagarán solo un 50% de las cuotas por contingencias comunes durante el tercer año a partir de la nueva contratación, informó Báñez.

El Gobierno no ha calculado cuánto empleo podrá crear la ‘tarifa plana’. “Es una estimación que estamos realizando”, avanzó Báñez. Ni sabe tampoco el coste para las arcas de la Seguridad Social. La ministra se limitó a repetir que, al ser empleo nuevo, se ingresarán 1.200 euros anuales con cada contratación que antes no se recibían. “Eso pondrá en marcha el círculo virtuoso de la economía”, añadió. “No habrá ninguna pérdida para el sistema en su conjunto”, sostuvo, tras destacar que se sumará recaudación por IRPF e IVA.

El Gobierno cifra en 7.000 euros en dos años el ahorro para las empresas que contraten nuevos trabajadores, en un supuesto con una referencia de remuneración de 20.000 euros brutos anuales. En ese ejemplo, el pago de la cuota empresarial supone ordinariamente 4.720 euros. Una cantidad que la nueva bonificación reduce a 1.200 euros. Es decir, la empresa ahorra 3.500 euros anuales, 7.000 euros en dos años, gracias a la ‘tarifa plana’. Aun así deberá seguir pagando a la Seguridad Social por otros conceptos como formación profesional, desempleo y Fogasa, así como por la cuota obrera -la parte del trabajador, por contingencias comunes-.

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