Los administradores de fincas, contrarios a la expropiación de terrazas

22/05/2014

Lucía Gaudioso. La nueva Ley de Telecomunicaciones no convence al Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas.

El Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAFE) denuncia que la nueva Ley de Telecomunicaciones, en vigor desde el pasado 9 de mayo, atenta contra la propiedad privada, al posibilitar la expropiación forzosa de cubiertas y terrazas para servicios de comunicaciones electrónicas. Esta postura es importante ante el despliegue de telefonía 4G que podría verse perjudicado ante tales presiones.

La nueva ley facilita que los operadores puedan disponer de estos espacios privativos sin que se deban obtener licencias de obra ni realizar estudios de impacto ambiental, hecho que sí era necesario con la anterior normativa. Actualmente, tan solo se requiere un plan de despliegue o instalación de red en la zona que posibilite el permiso del Ministerio de Industria para colocar la antena en la azotea elegida por la operadora. A juicio de los administradores de fincas, si se produjera la expropiación de la cubierta, se necesitaría un cambio de título constitutivo incompatible con los enunciados de la Ley de Propiedad Horizontal, y cabría la posibilidad de que la comunidad de propietarios se opusiera a la instalación alegando razones de imprevisión que chocan con los enunciados de dicha ley.

Salvador Díez, presidente de CGCAFE, ha explicado que “los Administradorse de Fincas Colegiados defenderán, no sólo los intereses de los propietarios de los edificios que administran si no que pondremos a disposición de todos los ciudadanos nuestros conocimientos en la materia para que la aplicación de esta nueva Ley de Telecomunicaciones se lleve a cabo con el máximo rigor y respeto a la propiedad privada”. Por estas razones, los Administradores de Fincas Colegiados han solicitado el apoyo del Defensor del Pueblo para que, como alto comisionado de las Cortes Generales, denuncie en el Parlamento este ámbito de la nueva Ley.

También topa con la Ley de Salud Pública

El rechazo de los Administradores de Fincas Colegiados no termina en el ámbito de la propiedad privada. Los profesionales consideran que la nueva normativa no recoge el Principio de Precaución que establece la Ley General de Salud Pública 33/2011, del 4 de octubre, que establece que “la existencia de indicios fundados en una posible afectación grave de la salud de la población, aunque haya incerteza científica sobre el carácter del riesgo, determinará el cese, prohibición o limitación de la actividad sobre la cual concurra”. Según afirman los Administradores, es incomprensible que la nueva Ley no valore el riesgo que asumen los propietarios de edificios ante la instalación de este tipo de antenas, que suponen un sobrepeso excesivo para la estructura del inmueble y que conducirá a un grave deterioro del edificio.

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