La justicia pone en duda la tesis del “enriquecimiento injusto” en los siniestros

08/10/2014

Miguel Ángel Valero. Las aseguradoras argumentan para no pagar la indemnización al cliente que el valor de reparación del vehículo es muy superior al de mercado.

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha emitido una sentencia en la que se pronuncia claramente en contra de la tesis del “enriquecimiento injusto”, un argumento que utilizan las compañías de seguros para rechazar, o al menos reducir, la indemnización a la que tiene derecho un cliente cuando sufre un siniestro con su vehículo. Esta tesis se basa en que si el valor de reparación del vehículo siniestrado es muy superior al que tiene en el mercado en el momento del accidente, pagar íntegramente el primero supone generar un beneficio injusto para el asegurado, y convierte la operación en antieconómica para la compañía de seguros.

El fallo de la Audiencia Provincial de Pontevedra es el primero en contra de esa tesis tan extendidad en el sector asegurador. La sentencia parte de una denuncia realizada por la empresa EuroSiniestro a partir de un asegurado que sufrió una colisión con su automóvil. El cliente tenía contratado con Mapfre un seguro con cobertura de Daños Propios con una franquicia de 600 euros. Los daños del automóvil fueron reparados por un importe de 6.913 euros, por lo que se reclamó a la aseguradora el pago de 6.613 euros, una vez descontados los 600 euros de la franquicia. Sin embargo, el informe del perito estableció que el valor de mercado del turismo en el momento del accidente era de 2.500 euros. En consecuencia, la aseguradora ofrecía a su cliente una indemnización por 1.500 euros, casi cinco veces menos del coste de la reparación.

Tras un primer fallo judicial a favor del asegurado, Mapfre presentó un recurso basándose en la tesis del “enriquecimiento injusto”. Pero la Audiencia Provincial de Pontevedra condena a la aseguradora a abonar 5.682,28 euros al cliente, argumentando que no puede existir enriquecimiento del asegurado al existir la contraprestación del pago de la prima durante toda la vida del contrato.

No hay reducción de la prima

“Habría enriquecimiento indebido si por el lógico y progresivo desgaste del vehículo, el asegurado gozase de una paulatina reducción de la prima ordinaria. Pero si el tomador está pagando la misma prima de seguro, de limitarse la indemnización al valor de mercado del vehículo asegurado, habría una evidente falta de correspondencia entre el interés asegurado y aquella prima, y a la postre, un palmario enriquecimiento de la compañía de seguros”, señala la sentencia.

EuroSiniestro indica que el asegurado pagaba 905,94 euros anuales por su seguro. “Si, de acuerdo con la aseguradora, el objeto a indemnizar tenía un valor de 1.500 euros, el importe de la prima que le estaba cobrando a su cliente era, cada año, más del 50% del valor de su vehículo”, señala.

Esta firma insiste en que es falso que se produzca un enriquecimiento injusto a costa de la aseguradora cuando el cliente solicita que se le abone la reparación del daño de su vehículo. “Al contrario, lo que viene produciéndose es un injusto y antisocial enriquecimiento de las aseguradoras a costa de los asegurados”, señala Carlos Rial, director jurídico de EuroSiniestro, a posventa.com.

“Esperamos que esta resolución de la Audiencia de Pontevedra siente un precedente, hasta el punto de que desaparezca de una vez esta doctrina, de la que han venido abusando las compañías de seguros en España para privar de justas indemnizaciones a los ciudadanos”, concluye el director jurídico de EuroSiniestro.

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