El Gobierno regula los ERE por causa de fuerza mayor

19/12/2014

Luis M. del Amo. Exonera a las empresas del pago de cuotas a la Seguridad Social cuando, por una catástrofe, suspendan contratos o reduzcan la jornada.

El Gobierno ha aprobado hoy una norma que exonera a las empresas del pago de hasta un 100% de las cuotas a la Seguridad Social, cuando apliquen un expediente de regulación de empleo (ERE) de suspensión de contrato o reducción de jornada, después de sufrir una catástrofe. La normativa, incluida dentro del real decreto ley que regula la nueva ayuda a parados de larga duración, viene a cubrir un “vacío legal” destapado tras el incendio de la planta burgalesa de Campofrío hace semanas.

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes estas medidas de regulación de empleo por causa mayor que exoneran a las empresas del pago de hasta el 100% de sus cotizaciones a la Seguridad Social cuando se hayan visto obligadas a reducir jornada o suspender contratos después de sufrir una catástrofe.

Las empresas que se quieran beneficiar de la rebaja de cuotas tendrán que haber sufrido un suceso “imprevisto” o “inevitable”, que la Seguridad Social tendrá que acreditar.

A cambio las empresas tendrán que comprometerse a reanudar la actividad productiva y mantener el 100% del empleo, según avanzó este viernes la ministra de Empleo, Fátima Báñez, tras la reunión del Consejo de Ministros.

El plazo de rebaja o quita de cuotas será de 12 meses, prorrogables a otros 12 más.

Por su parte, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha destacado que la nueva normativa viene a cubrir un “vacío legal” en relación con empresas que se han visto obligadas a aplicar expedientes de regulación de empleo (ERE) de suspensión de contrato o reducción de jornada –como Campofrío, cuya planta de Burgos fue arrasada hace unas semanas por el fuego –, a las que se exonera del 100% del pago de las cuotas empresariales a la Seguridad Social, siempre que exista un compromiso de mantenimiento del empleo.

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