Cuestiones para contemplar antes de legislar la ‘sharing economy’

20/06/2016

diarioabierto.es. Están recogidas en la Comunicación Una Agenda Europea para la economía colaborativa

Una Comunicación de la CE proporciona orientaciones sobre cómo debería aplicarse la legislación vigente de la UE al dinámico sector de la economía colaborativa. Además, aclara cuestiones clave a las que se enfrentan por un igual los operadores del mercado y las autoridades públicas:

  • ¿Qué tipo de requisitos de acceso al mercado pueden fijarse? Los prestadores de servicios sólo deberían estar obligados a obtener autorizaciones o licencias cuando sea estrictamente necesario para alcanzar los objetivos de interés público pertinentes. Las prohibiciones absolutas de una actividad sólo deberían imponerse como último recurso. Las plataformas colaborativas no deben estar sujetas a autorizaciones o licencias si solo actúan como intermediarios entre los consumidores y aquellos que ofrecen el servicio en cuestión (por ejemplo, servicios de transporte o de alojamiento). Los Estados miembros también deberían diferenciar entre los ciudadanos que ofrecen un servicio de manera ocasional y los proveedores que actúan como profesionales, por ejemplo, mediante el establecimiento de umbrales basados en el nivel de actividad.
  • ¿Quién es responsable en caso de que surjan problemas? Las plataformas colaborativas pueden quedar exentas de responsabilidad por la información que almacenan en nombre de los que ofrecen un servicio. Sin embargo, no deberían quedar exentas de responsabilidad por los servicios que ofrecen ellas mismas, por ejemplo, servicios de pago. La Comisión anima a las plataformas colaborativas a que sigan adoptando medidas voluntarias para luchar contra los contenidos ilegales en Internet y para aumentar la confianza.
  • ¿Cómo protege a los usuarios la legislación de la UE? Los Estados miembros deben garantizar que los consumidores gocen de un alto nivel de protección con respecto a las prácticas comerciales desleales, sin imponer obligaciones de información desproporcionadas a los particulares que únicamente presten servicios de manera ocasional.
  • ¿Cuándo existe una relación de empleo? El Derecho laboral es, en gran parte, competencia nacional; lo complementan la jurisprudencia y unas normas sociales mínimas a escala de la UE. Los Estados miembros pueden desear tener en cuenta criterios como la relación de subordinación a la plataforma, la naturaleza del trabajo o la remuneración a la hora de decidir si puede considerarse a una determinada persona como trabajador de una plataforma
  • ¿Qué fiscalidad se aplica? Como todos los demás participantes en la economía, los prestadores de servicios de la economía colaborativa deben pagar impuestos. Los impuestos pertinentes incluyen las normas sobre la renta de las personas físicas, el impuesto de sociedades y el impuesto sobre el valor añadido. Se anima a los Estados miembros a que sigan simplificando y clarificando la aplicación de las normas fiscales a la economía colaborativa. Las plataformas colaborativas deberían prestar su total colaboración a las autoridades nacionales para registrar la actividad económica y facilitar la recaudación de impuestos.

 

La Comunicación invita a los Estados miembros de la UE a que revisen y, en su caso, modifiquen la legislación vigente de acuerdo con las presentes orientaciones. La Comisión Europea supervisará el rápidamente cambiante entorno reglamentario así como la evolución económica y empresarial. Asimismo, hará un seguimiento de la evolución de los precios y la calidad de los servicios, y determinará posibles obstáculos y problemas derivados de la divergencia entre las legislaciones nacionales o las lagunas reglamentarias.

Más información
Comunicación sobre la Agenda Europea para la economía colaborativa
Documento de trabajo de los servicios de la Comisión: Agenda Europea para la economía colaborativa — análisis justificativo
⇒  Economía colaborativa en el sitio web de la Comisión
Informe de síntesis relativo a la consulta pública sobre economía colaborativa
Eurobarómetro: el uso de plataformas colaborativas

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