El 81% de las empresas incumple la Ley de Integración Social de los Minusválidos

12/07/2016

diarioabierto.es. Desaprovechan beneficios fiscales por contratación de personas con discapacidades.  

El 81% (*) de las empresas incumplen la Ley 13/1982 de Integración Social de los Minusválidos (LISMI). Desconocen que la contratación de minusválidos puede reportar un ahorro importante por incremento de persona/año en sus plantillas, dependiendo del grado de discapacidad. Son datos facilitados por Ayming, grupo international de consultoría en Business Performance, que acaba de hacer públicas sus recomendaciones acerca de las fórmulas que las empresas pueden barajar para reducir la cuota a pagar en el Impuesto sobre Sociedades (IS). Una de las posibilidades más interesantes, al alcance de todas las empresas con más de 50 empleados, es crear empleo para las personas con discapacidad.

Así, el 25 de julio finaliza el plazo para que las empresas presenten el IS correspondiente al ejercicio 2015. Desde Ayming señalan que existe una interesante deducción relacionada con los costes laborales, desconocida por muchos de los departamentos de recursos humanos y financieros de nuestro país, que puede reportar un ahorro de 9.000 euros por incremento de persona/año en el caso de contratar trabajadores discapacitados con un grado de discapacidad igual o superior al 33% y de 12.000 euros por incremento de persona/año si el grado de discapacidad del trabajador es de al menos el 65%.

David García Vázquez, responsable fiscal en Ayming, recomienda a las empresas el cumplimiento de la LISMI, pues aquellas que cuentan con más de 50 trabajadores tienen la obligación de contratar a un número de trabajadores con discapacidad no inferior al 2%, para el caso de empresas privadas, y del 5% para empresas públicas. Y por otra parte, aconseja que dejen de desaprovechar los beneficios que prevé la LISMI y que alcanzan el 75% de los gastos laborales por cada empleado minusválido contratado. Igualmente, para aquellas empresas que sí cumplen la LISMI, García Vázquez aconseja revisar la correcta aplicación del cálculo de esta deducción, con objeto de optimizar sus ahorros desde el punto de vista fiscal.

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Foto: ‘Las ventanas de tus ojos’, de Mario Carvajal (CC BY 2.0).

“No es admisible que el porcentaje de empresas que incumple la ley sea tan alto, cuando la legislación contempla ahorros fiscales tan importantes para las que contratan personas con discapacidad. Además, si bien hasta hace poco el derecho a la deducción era sólo por los trabajadores contratados a jornada completa y con contrato indefinido, en la actualidad se amplía también por la contratación de trabajadores a tiempo parcial, computándose la cuantía deducible proporcionalmente al tiempo trabajado”, aseguran desde Ayming. Y añaden: “Para que nos demos cuenta del alcance del incumplimiento de la LISMI, los datos sobre el colectivo de minusválidos son más que elocuentes: la tasa de desempleo es del 32,2%, según el INE (7,8 veces superior al de las personas sin discapacidad). Sólo trabaja una de cada cuatro personas con discapacidad activa (25,7%) y, por lo general, en empresas de facility services (servicios de limpieza, jardinería, secretaría, alimentación, etc.)”, destaca desde Ayming.

El País Vasco, un ejemplo
Por comunidades autónomas, las mayores tasas de actividad entre personas con discapacidad se encuentran en el País Vasco (49%), la Comunidad Foral de Navarra (45,8%), la Región de Murcia (44,8%), y en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla (52,4%). En el polo opuesto se encuentran Galicia (26,6%), Asturias (26,8%), Andalucía (33,3%) y Canarias (33,8%).

García Vázquez insiste en no desaprovechar este importante beneficio fiscal, tanto por parte de las empresas que ya cumplen la LISMI, aplicando correctamente la deducción, como para las que aún no lo hacen, comprometiéndose con la creación de empleo para este colectivo. Consultoras especilalizadas en Business Performance como Ayming pueden ayudarlas en todo el proceso.

(*) Informe realizado por la consultora Leialta sobre la inserción laboral de personas con discapacidad

Más información
⇒ En la web de Ayming
⇒ Seguir en Twitter a Saniel García Vázquez (@Davidgv76) y a Ayming: @ayming_es

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