En Change.org se defiende a autónomos y micropymes, afectados por la legislación

13/12/2016

Javier Donoso, de Improdex. En diciembre se han aprobado normas que, otra vez, nos perjudican.

Autónomos y microempresas son dos de los colectivos más castigados desde que comenzó la crisis. Aunque paralelamente se ha puesto en marcha la ley de autónomos que pretende hacer justicia a este colectivo, por otra parte se ha legislado para que el aplazamiento del IVA sea más difícil de conseguir (imposible, prácticamente). Sólo se contempla el supuesto de que el cliente no haya pagado la factura para que puedas pedir aplazamiento, en teoría, únicamente por ese IVA, pues está pendiente de desarrollo reglamentario. Y el resto, a pesar de tener dificultades económicas o de tesorería transitorias, no tendrá opción, ni siquiera justificándolo, como sí pasaba antes de la crisis. Directamente, la Agencia Tributaria lo considerará inadmitido, lo que supone que pasará a estar “fuera de plazo”, teniendo que pagar los correspondientes recargos y, en su caso, hasta sanciones.

En el pasado reciente no operaban los recargos para este caso, únicamente los intereses de demora. Por tanto, se quiere pasar ahora a una situación más restrictiva, de cara a que Hacienda no tenga que hacerse cargo de esa financiación. Y ello con la excusa de que los bancos ya ofrecen créditos, aunque el fin principal —que seguro que no el único— sea realmente hacer caja, de cara a cumplir con las exigencias de Bruselas. Esto es una injusticia, por varias razones:
♦ El aplazamiento es un respiro. Aunque está claro que estos colectivos, por norma, no se deberían financiar con el IVA, pues es un impuesto en el que hacen de meros recaudadores, parece que el legislador desconoce la realidad actual de los pequeños negocios: muchos de ellos arrastran desfases de liquidez importantes, endeudados hasta el cuello con los bancos, pendientes de que la situación económica se estabilice definitivamente para poder disminuir gradualmente su endeudamiento. Y es ese aplazamiento muchas veces el que les da un poco de oxígeno.
♦ No se aplica ningún baremo ni progresividad.
La segunda razón por la que esta medida supone una injusticia, es el hecho de que se aplica sin ningún tipo de baremo ni progresividad. Los problemas que tiene una mediana o gran empresa por la supresión de esta posibilidad de aplazar el IVA no son los mismos que los que sufre un autónomo o micropyme. Que menos que haber establecido un corte por nivel de facturación, por ejemplo.
♦ La Agencia Tributaria aplaza las devoluciones.
¿Por qué siendo la parte fuerte de la ecuación, Hacienda suprime la opción de que los contribuyentes —que al fin y al cabo la sustentamos con nuestros impuestos puedan dilatar el pago de un impuesto en el que se les pone de recaudadores, mientras que la propia Agencia Tributaria se da un mínimo de seis meses hasta un máximo de 12 —sin que tengan que pagarnos intereses— para devolver a los contribuyentes los excesos de retenciones e impuestos pagados a cuenta el ejercicio anterior? Lo mismo en el caso de las propias devoluciones del IVA a final del ejercicio o con el Impuesto de Sociedades.

Pero es que además, y según nos dicen nuestros gobernantes, España ahora mismo está viviendo un momento dulce en lo que supone la financiación de la deuda, pudiendo acudir a los mercados, que incluso pagan al Estado por comprar nuestra deuda cómo país. Esto desde luego no nos ocurre a los contribuyentes de calle al ir a una entidad financiera. A nosotros no nos pagan los bancos por pedirles dinero prestado por mucha seguridad y solvencia que demostremos.

En definitiva, al establecer que no se podrán aplazar o fraccionar las deudas tributarias “derivadas de tributos que deban ser legalmente repercutidos, salvo que se justifique debidamente que las cuotas repercutidas no han sido efectivamente pagadas”, el artículo 6, apartado f del Real Decreto Ley 3/2016 de 2 de diciembre, supone en principio un nuevo golpe en la línea de flotación de autónomos y micropymes. Uno más.

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Foto: ‘Calculator’, por Jorge Franganillo, modificada (CC BY 2.0)

Esta misma medida de suprimir aplazamientos ya se hizo con las retenciones del IRPF, lo que podía estar más justificado al tratarse de una medida de gracia, si bien antes eran inaplazables, aunque tampoco estaba justificado no dejar margen para que los afectados pudieran planificar una solución alternativa. Y fue también en diciembre, pero de 2013, mediante una instrucción interna que entró en vigor en enero de 2014. Muchos afectados tuvieron que acudir a la Banca para financiar el cierre de esa vía (cuando sus cuentas de resultados y nivel de endeudamiento se lo permitían) o, en su defecto, entrar en apremio pagando los correspondientes recargos e intereses, para beneficio de la Agencia Tributaria. Al igual que entonces, con el caso que nos ocupa del IVA, legislan en diciembre para que la medida entre en vigor el 1 de enero de 2017.

Cotizaciones a la Seguridad Social
Sumado a todo lo anterior se adelanta que en el plano de las cotizaciones sociales se está hablando de subir las bases mínimas un 8%, cuando las máximas sólo lo van a hacer en un 3%. Los primeros afectados serían los autónomos societarios y autónomos con más de 10 trabajadores en plantilla. A este respecto, habría que recordar a nuestros gobernantes que los autónomos societarios no son consejeros delegados en consejos de administración de grandes empresas. En su mayoría, son autónomos sin trabajadores —o con uno o dos como mucho— que trabajan jornadas interminables, muchas veces sin vacaciones; que no disfrutan de otros beneficios que sus propios trabajadores sí tienen, y que tienen esa condición de societarios por estar obligados a esa denominación por la legislación laboral y porque tiene que haber un administrador en toda sociedad mercantil.

Con todo, parece que se van a aprobar algunas medidas positivas para los autónomos en los próximos días y que son de justicia, aunque se dejan fuera algunas de las más importantes que esperemos se incluyan más adelante. En concreto:
Exención de cuotas de autónomo si los ingresos son inferiores al SMI (salario mínimo interprofesional). Esperemos que incluyan también a los autónomos societarios, quienes se suelen quedar fuera de beneficios y bonificaciones sin razón aparente.
Flexibilidad en la cotización para autónomos a tiempo parcial o esporádico. Esto sería también ajustarse a la realidad de muchos autónomos y equipararse al régimen general. ¿Por qué los autónomos que trabajan sólo tres horas al día tienen que cotizar como si trabajaran ocho? Suponemos que será difícil de articular, pero esperemos que encuentren la fórmula que, con seguridad, la hay.
Compatibilidad de trabajo con pensión.
Igualdad de prestaciones sociales respecto a los trabajadores por cuenta ajena.

En definitiva, parece haber más medidas positivas que negativas, si es que las primeras se llevan a la práctica de forma real. Aun en el caso de que fueran más las medidas positivas, las medidas negativas mencionadas de fin de aplazamientos del IVA y de subidas de 8% de bases mínimas, pueden suponer para muchas empresas en funcionamiento —que no se van a ver beneficiados por las reformas mencionadas—, la puntilla a su actividad o, en su defecto, otro obstáculo que retrase una mínima recuperación.

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Por este motivo, hemos iniciado una petición en change.org a la que pedimos sumarse y firmar a todos los que la consideren justa. El objetivo es que nuestros gobernantes y políticos en general, dado que ahora se pueden lograr cambios con diferentes combinaciones de votos, reconsideren:
El fin de aplazamientos en los términos que han adelantado en el mencionado Real Decreto Ley aprobado, limitándolo a empresas a partir de un determinado tamaño.
La intención de subir un 8% las bases mínimas de cotización.
La figura del autónomo societario, que se debería establecer sólo para casos determinados, en función de parámetros tales como facturación. Es absurdo que tenga que pagar más que un autónomo normal, un administrador de una SL con pérdidas o con facturaciones de 20.000 o 30.000 euros anuales, por poner una cifra.

Estamos seguros de que tiene que haber otras partidas donde ajustar las cuentas del Estado, por el importe que vayan a obtener de quitar esos aplazamientos y de esas subidas de cotizaciones.

Javier Donoso Pérez es economista y asesor de empresas especializado en pymes y autónomos. Donoso (en Twitter, @jdonosop) dirige la firma Improdex SL. En 2001 montó creaciondempresas.com, uno de los portales de referencia del proyecto europeo Leonardo, a favor del emprendimiento.

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