El Tribunal de la UE se transforma en Papá Noel para 3 millones de españoles con hipotecas

21/12/2016

Miguel Ángel Valero. "La declaración del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber existido" ha sentenciado el Tribunal de Justicia europeo. La Comisión Europea minimiza los efectos en el sector financiero español al considerar que los bancos ya han provisionado los costes adicionales. // Sentencia de la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

En pocas ocasiones unas escasas palabras ha  tenido un impacto tan grande. «La declaración del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula», señala la sentencia de la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre las cláusulas suelo.

El lenguaje jurídico se traduce en que la banca española debe devolver todo el dinero cobrado ilícitamente mediante las cláusulas suelo a más de tres millones de personas, sobre un total de 10,5 millones de hipotecas suscritas el período.

No aplicar la retroactividad, que era lo que pedía la banca, hubiera desembocado en «una protección de los consumidores incompleta e insuficiente que no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de las cláusulas abusivas, en contra de lo que exige la Directiva», argumenta el Tribunal.

Europa, más concretamente el Tribunal de Justicia de la Unión, se transforma en Papá Noel para esos clientes afectados por las cláusulas suelo, que protegían al banco ante los descensos del Euribor (principal índice de referencia para las hipotecas con tipo variable, que son la práctica totalidad de las suscritas en España).

Una de cada dos quejas de clientes presentadas ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España desde 2013, 42.220 sobre un total de 84.435, tienen que ver con las cláusulas suelo.

Corrección al Supremo

El hecho de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se haya desmarcado de una manera tan radical del dictamen previo, no vinculante, de su Abogado General, Paolo Mengozzi, refuerza aún más esta sentencia, que entierra también la doctrina del Tribunal Supremo español, que dio la razón a los clientes en una sentencia del 9 de mayo de 2013, pero limitó la compensación que podían reclamar los clientes a lo cobrado de más por los bancos gracias a las cláusulas suelo a partir de esa fecha, apelando a la estabilidad financiera del país, que apenas diez meses antes había pedido ayuda pública de Europa para el saneamiento de algunas cajas de ahorro, fundamentalmente.

En este sentido, el Tribunal Supremo «ajustará» su actual jurisprudencia sobre nulidad de cláusulas suelo en hipotecas al fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La Sala de lo Civil reconoce que la resolución del tribunal europeo supone una corrección a la posición actual derivada de la sentencia de este órgano que anuló las cláusulas suelo el 9 de mayo de 2013. No fue hasta dos años más tarde, en 2015, cuando la misma Sala fijó en la fecha de publicación de esa primera sentencia la retroactividad máxima de la nulidad, de modo que solo tuviera efectos a partir de ese día.

El Supremo tiene pendientes de resolver varias decenas de recursos sobre cláusulas suelo en hipotecas, algunos de los cuales han visto paralizada su resolución precisamente por la inminencia de la decisión del Tribunal de la UE. Según se vayan resolviendo se aplicarán ahora los nuevos criterios establecidos por la justicia europea.

El ministro de Justicia, Rafael Catalá, señala que el Gobierno estudiará la sentencia del Tribunal de la UE, pero deja muy claro que la solución la tienen que adoptar los bancos con sus clientes. No menciona la propuesta de poner en marcha un procedimiento extrajudicialpara que los afectados por cláusulas suelo puedan recuperar su dinero pronto, sin esperar a un proceso que puede ser complejo y costoso, planteada por el portavoz del Grupo Socialista, Antonio Hernando, tras reunirse con el ministro.

La banca, pendiente de los plazos y del procedimiento de devolución

Más allá del baile de cifras sobre el impacto de la sentencia, que va desde los 4.000 millones de euros hasta los 7.600 millones, la reacción de la Bolsa indica cuáles son las entidades más afectadas: con caídas que han llegado a superar el 11% en Liberbank, están el Popular (-7,01%), Sabadell (-3,24%), CaixaBank (-3,11%), mientras el BBVA sufre un descenso de su cotización cercano al 2%, el Santander del 1,5% y Bankia del 1,32%.

Tras conocer la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la retroactividad de las cláusulas suelo en «determinados contratos de préstamo hipotecario», la banca, a través de la AEB, expresa su «máximo respeto» a la sentencia, y confirma «la voluntad de las entidades bancarias españolas de acatar las decisiones judiciales, como siempre han hecho».

«Ahora es fundamental conocer en detalle el contenido de la resolución y cómo se trasladará esta a la jurisprudencia española, puesto que no existen precedentes de casos parecidos. En particular, será preciso conocer los plazos y el procedimiento en los que esta resolución tendrá que llevarse a efecto», señala el comunicado de la AEB.

«Los bancos afectados están abiertos a una interlocución directa con sus clientes a fin de agilizar la aplicación de esta resolución«, insiste la patronal bancaria.

Por su parte, la Ceca, que representa a las cajas y a los bancos que heredaron el negocio financiero de éstas, precisa que «esta resolución no es de aplicación directa», y que su impacto en las entidades «se irá conociendo a medida que los juzgados y tribunales españoles que tengan asuntos pendientes, analicen cómo se aplica en cada caso».

La sentencia «se refiere a un aspecto puntual de la contratación bancaria, por lo que no afecta a la solidez del mercado hipotecario español, ni a la solvencia de las entidades de crédito españolas».

El sindicato UGT aprovecha el río revuelto para recordar que la aplicación de la sentencia de las cláusulas suelo «no puede suponer, en ningún caso, un impacto negativo para el empleo» en el sector financiero, que ya ha sufrido la desaparición de unos 80.000 puestos de trabajo desde 2008. Y resalta que los códigos éticos y de buenas prácticas «son de obligado cumplimiento para todos, también para aquellos directivos que diseñan productos financieros de dudosa legalidad y que luego afectan a la profesionalidad y buen hacer de todos los trabajadores del sector financiero».

La Comisión Europea minimiza los posibles efectos en el sector financiero español de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE al considerar que los bancos ya han provisionado los costes adicionales que supone el fallo. «Dados los desafíos legales sobre estas cláusulas, la Comisión entiende que muchos de los bancos relevantes ya han provisionado los riesgos generales del litigio«, precisa la portavoz del Ejecutivo comunitario en materia económica, Annika Breidthardt.

Impacto entre las entidades

El BBVA recuerda que no aplica la cláusula suelo en todos los préstamos hipotecarios a consumidores desde mayo de 2013 y cumplirá la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE «conforme al criterio que determinen los jueces y tribunales españoles». El banco dotará una provisión a constituir en las cuentas anuales del año 2016 para cubrir la contingencia de futuras reclamaciones tras esta decisión. El impacto negativo neto de esta provisión en el beneficio atribuido del grupo se estima «de manera preliminar» en 404 millones de euros.

El Popular afirma que el impacto previsto por la sentencia del Tribunal de la UE es «a 30 de junio» de 334 millones. Y recuerda que ya había provisionado 305 millones para cubrir el alcance de las sentencias conocidas anteriormente sobre este asunto. «Popular está preparado para cumplir la sentencia sin que esta circunstancia afecte a su solvencia y solidez», resalta el hecho relevante a la CNMV. «Ahora es fundamental esperar a conocer los detalles de la resolución y su adaptación por los jueces españoles, incluido el periodo para que los bancos afectados efectúen el pago de las cantidades previstas», precisa.

Liberbank estima que el diferencial de intereses devengados por aplicación de las cláusulas suelo, vigentes a la fecha, desde su origen hasta el 9 de mayo de 2013 es de 83 millones de euros antes de impuestos. «Al cierre del ejercicio se estimará el impacto de este riesgo y se reflejará en los estados financieros», añade.

Unicaja Banco indica que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea  «podría suponer una contingencia, adicional a la ya cubierta, en torno a 150 millones de euros». Y precisa que los efectos de la sentencia «sólo se producirán en los supuestos en los que se determine judicialmente la nulidad de la cláusula».

 

 

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