Los economistas piden un fomento de la segunda oportunidad

26/06/2019

diarioabierto.es. La nueva norma reduce el plazo de condonación de deudas de 5 años (plazo actualmente vigente en España) a 3 años, impulsa la alerta temprana de la insolvencia y el acceso a la información sobre la situación real de la empresa, y el incremento de los marcos de reestructuración preventiva, destaca un análisis del Registro de Economistas Forenses. 

El Registro de Economistas Forenses del Consejo General de Economistas de España reclama que se aproveche la trasposición de la Directiva de Insolvencia para favorecer la segunda oportunidad. Esta nueva norma, que toma como modelo el procedimiento del capítulo 11 de la Ley de Quiebras de los Estados Unidos, busca una fórmula «más rápida y eficiente» de la situación de una empresa.

Los expertos del Refor destacan que esta Directiva otorga más peso a la segunda oportunidad al reducir el plazo de condonación de deudas de 5 años (plazo actualmente vigente en España) a 3 años, con lo que se pretende contribuir a una mayor utilización de este procedimiento por parte de los empresarios.

También resaltan el impulso de la alerta temprana de la insolvencia y el acceso a la información sobre la situación real de la empresa, y el incremento de los marcos de reestructuración preventiva.

Los economistas del Refor también subrayan la mayor facilidad para negociaciones sobre los planes de reestructuración y la suspensión de las ejecuciones singulares. Los deudores podrán disfrutar de una suspensión de las ejecuciones singulares para favorecer las negociaciones de un plan de reestructuración.

Aplauden la facilidad en la exoneración de deudas y la relación de la nueva Directiva con el proyecto de Unión de los mercados de capitales para suprimir los obstáculos a la inversión transfronteriza y para proporcionar nuevas fuentes de financiación a las empresas, especialmente a las pequeñas y medianas empresas.

Las medidas introducidas por la nueva Directiva pueden contribuir a reducir los créditos fallidos de los bancos.

No obstante, los expertos del Refor manifiestan su preocupación por el hecho de que se hayan mantenido posibles excepciones para el crédito público, muy privilegiado en la normativa española vigente. También echan en falta un procedimiento pensado para pymes, especialmente micro y pequeñas empresas, que en Europa representan el 99,8% del total.

El presidente del Consejo General de Economistas, Valentí Pich, señala que en un contexto de una «cierta desaceleración» de la economía europea, la nueva Directiva aporta un texto «flexible y abierto», que «puede contribuir a un tratamiento más eficiente de los concursos de acreedores, incrementando la visión económico-empresarial de las insolvencias, contribuyendo a robustecer el tejido empresarial y favoreciendo la utilización de los mecanismos de segunda oportunidad, los acuerdos de reestructuración y la refinanciación por parte de los empresarios».

El presidente del Refor, Alfred Albiol, destaca que la Directiva de Insolvencia generará «importantes cambios» en el papel de los profesionales que intervienen en estos procedimientos. «El indiscutible impulso que la Directiva otorga a las operaciones de refinanciación y reestructuración empresarial apunta a una intervención temprana de los profesionales de la insolvencia», subraya.

La Directiva va a impulsar la refinanciación y reestructuración de las empresas adelantando la actuación de los profesionales de la insolvencia a partir de las alertas tempranas que se van a establecer. Incluso, explican los expertos del Refor, será posible incrementar el plazo de estos acuerdos de refinanciación hasta 12 meses, frente a los 4 meses que se imponen en España.

La aprobación de esta Directiva llega en un momento «muy oportuno», ya que las previsiones apuntan a un aumento de las insolvencias en la mayoría de los países de la Unión Europea».

Los expertos del Refor señalan que el borrador de texto refundido de la Ley Concursal «ha quedado atrasado con respecto al texto de la Directiva antes incluso de aprobarse», por lo que recomiendan retrasar éste (con la consiguiente reelaboración de la práctica totalidad) hasta la transposición de la norma europea.

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