La CEOE y el CGE editan una guía para evaluar y prevenir una situación de insolvencia

04/04/2017

diarioabierto.es. Ayudará a las empresas a tomar decisiones que eviten su liquidación.

Costes financieros muy altos, demasiados aplazamientos reflejados en las memorias, superación de los límites de crédito, disminuciones de las cifras de negocio, pérdidas repetitivas, acumulación de existencias, muchos avales personales, bajas de personal directivo, vencimientos de contratos, falta de seguro de crédito e impago impuestos y de seguros sociales —lo primero que se deja de pagar—, ventas de activos fijos, en caso de que sea para hacer frente a la situación de insolvencia… Estas son algunas de las señales de alarma para saber si una empresa o no está en situación de peligro, según ha enumerado Raimon Casanellas, ex presidente del Refor y autor de la Guía de actuación de la empresa ante la insolvencia. Con este manual, editado conjuntamente por la CEOE y el Consejo General de Economistas (CGE), se pretende transmitir a las empresas una idea clara, práctica y esquemática del sistema concursal español.

Analizando su situación económico-financiera con los citados parámetros, se puede saber si una empresa está o no en situación de crisis. «Y si la empresa es viable, es importante revisar periódicamente esas señales de alarma —detectores cualitativos y cuantitativos—, para poder elaborar un plan de viabilidad en caso de tener que acudir al concurso, pues hacerlo con cierta planificación es sumamente importante”, ha asegurado Casanellas.

“Es esencial que las empresas revisen periódicamente sus cuentas para saber que no están en situación de insolvencia inminente”, ha insistido Casanellas durante la presentación de esta guía en la sede madrileña de la CEOE. Y ha destacado las claves para intentar evitar que una empresa en dificultades, pero viable, se vea abocada a la liquidación, o para que, en caso de que ésta sea inevitable, se proceda de forma ordenada y con agilidad.

Útil para empresarios y consultores
La guía se presenta como una herramienta didáctica para dar a conocer a empresarios y consultores los mecanismos a los que una empresa se puede acoger en sus momentos más difíciles. En ella se abordan todas las fases del proceso: partiendo de la detección de la insolvencia, analiza las diferentes soluciones extra concursales que existen para alcanzar un acuerdo entre las partes (de refinanciación y los extrajudiciales de pago) y termina con una detallada exposición del proceso de concurso de acreedores y sus aspectos principales.

De izda. a dcha.: Valentín Pich, Juan Rosell y Raimon Casanellas.

“Hay ocasiones en las que un proyecto empresarial entra en dificultades para seguir adelante. Para evitar la insolvencia, el empresario debe conocer a qué se enfrenta, qué medidas preventivas le pueden ayudar y tener certeza de los pasos a adoptar”, ha dicho el presidente de la CEOE, Juan Rosell. Y ha añadido: “Es imprescindible que la empresa en situación de riesgo de insolvencia conozca a qué se enfrenta y tome las decisiones adecuadas con la antelación suficiente”. En sintonía con Rossell, Valentín Pich, presidente del CGE, ha destacado que “en muchas ocasiones, las empresas acuden tarde al concurso y en unas condiciones económicas muy negativas, por lo que el 90% de las que lo hacen acaban en liquidación; sería conveniente que, antes de llegar a una situación límite, intenten refinanciarse empleando los mecanismos que hay a su disposición”

Alternativas al concurso
Durante la presentación de la guía el debate se ha centrado en las soluciones alternativas al concurso de acreedores (acuerdos de refinanciación y mediaciones concursales). En relación con los acuerdos de refinanciación, que por su coste son más asequibles para empresas de cierta dimensión, Rosell ha manifestado que “en los últimos años, España ha aprobado múltiples reformas; si bien no cabe duda de que algunas podrían haber sido mejorables, podemos afirmar que hoy en día España dispone de una legislación concursal moderna”. Pich ha coincidido con el presidente de la patronal en cuanto a los avances conseguidos en esta materia, si bien ha destacado que los últimos datos del Refor ponen de manifiesto que los acuerdos de refinanciación homologados se han reducido un 4% en 2016, por lo que “se deberían introducir medidas para estimularlos, sobre todo en empresas de menor dimensión”. En cuanto a las mediaciones concursales, se destacó el importante incremento que está teniendo esta solución extra concursal, si bien el 96% corresponde a personas físicas.

Los presidentes de la CEOE y del CGE aconsejan la introducción de medidas que hagan más atractivas para las empresas las soluciones alternativas al concurso y el concurso en sí mismo. Entre ellas, destacaron la necesidad de limitar los privilegios que mantienen los créditos públicos (Hacienda y Seguridad Social) –tal como ha propuesto en sucesivos informes el FMI–, así como facilitar la venta de unidades productivas para mantener el tejido empresarial español. En este sentido, Casanellas, ha señalado que la liquidación con venta de unidad productiva tiene una gran ventaja: los créditos, las deudas, no se transmiten al cesionario de la empresa, excepto en relación a la Seguridad Social. Sin embargo, este experto ha advertido: “La ley no es clara y existe una discusión sobre si sólo es preciso responder de la Seguridad Social de los trabajadores que se quedan en la empresa cesionaria o de todos”. De hecho, ha señalado este experto que los jueces han hecho, a veces, una interpretación poco literal de la ley, con sentencias que él ha calificado de “creativas”. Para solventar este problema —una barrera para los inversores, tanto españoles como foráneos, Casanellas propone una reforma del procedimiento judicial.

El presidente de la CEOE ha dicho, por su parte, que “pese a las mejoras producidas en los últimos años, es necesario ofrecer a nuestras empresas una legislación concursal práctica y moderna y procurar que cuenten con toda la información posible”. Según el presidente del CGE, “un administrador concursal es un gestor de empresas, por lo que si se incluyera en la Ley Concursal una definición de insolvencia más económica y empresarial, es muy posible que pudiera reducirse la duración de los concursos y evitarse muchas liquidaciones de empresas”.

Rosell también ha resaltado que “mientras que, en 2016, hubo en Francia más de 58.000 concursos, en España éstos no llegaron a 5.000”. Según Pich, entre los factores que pueden influir en estas diferencias, está el hecho de que en nuestro país hay empresas que se liquidan fuera de concurso, quizá “porque las situaciones de insolvencia siguen percibiéndose como un estigma, por lo que muchas empresas se resisten a acudir al concurso por una posible pérdida de reputación”. “Hemos de intentar revertir esta imagen del concurso”, ha enfatizado Pich. En opinión de Casanellas, en España hay muchos menos concursos, entre otras razones, porque “la ley no está pensada para la pyme; el procedimiento es farragoso y caro, y sobre todo, porque los concursos se eternizas por diversos factores”. Otra razón, según Casanellas, de que haya tan poca concursalidad es que hay poca cultura de concurso. “Nos da miedo, como le ocurre al enfermo que teme ir a médico”. Por eso, ha indicado este experto, “lo mejor es tomar medidas preventivas para no tener que acudir. Porque se acude mal, muy tarde y sin reflexionar en términos económicos”.

Por eso, cuando se detecta que una empresa es insolvente e inviable, Casanellas aconseja liquidar, “si puede ser, sin concurso”. Y si por razones legales la empresa se ve abocada al concurso, este experto insiste en la necesidad de presentar lo antes posible un plan y todos los documentos precisos para realizar la liquidación cuanto antes. De esta forma, se compensa la lentitud judicial. “La amenaza para el acreedor que no quiere firmar el acuerdo extrajudicial de pagos es el concurso. Y como éste es muy lento y hace muy difícil que la empresa se reestructure para ser viable, para los acreedores es mejor un acuerdo extrajudicial de pagos, en general”, ha puesto en evidencia Casanellas.

Liquidación no es sinónimo de inviabilidad
El ex presidente del Refor ha insistido en que las empresas inviables han de solicitar la liquidación al salir a concurso: “Si no hay valor futuro, hay que liquidar. El que muchas empresas que son inviables vayan a concurso, intenten un convenio, dejen pasar el tiempo y, al final, acaben en liquidación, enrarece bastante el mercado”, ha comentado Casanellas. Porque, al final, lo que sucede es que se identifica el proceso concursal con empresas inviables y con liquidación. “No tendría que ser así”, ha alertado Casanellas.

Con todo, los tres han estado de acuerdo en que “hay motivos para la esperanza. Se nota una tendencia a la baja en el número de concursos, como acredita el hecho que el año 2016 hayan descendido un 17,3% frente al 2015, lo que nos lleva a pensar que hemos superado definitivamente los 9.937 concursos de acreedores que se declararon en el año 2013”, según los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística.

 

Más información
⇒ Descargar la Guía de actuación de la empresa ante la insolvencia
⇒ Seguir en Twitter al Consejo General de Economistas (@EconomistasOrg)y a la CEOE: @CEOE_ES

 

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