Unespa reclama que las indemnizaciones por accidentes de tráfico sigan exentas de impuestos

17/01/2022

Miguel Ángel Valero. La asociación empresarial del seguro y el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) se unen al Consejo General de la Abogacía Española y a la Asociación Nacional de Abogados de Víctimas de Accidentes y Responsabilidad Civil, entre otras, en su rechazo a la propuesta.

La ministra de Justicia, Pilar Llop.

Unespa, la asociación empresarial del seguro, y el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), la plataforma que defiende a más de 3,8 millones de hombres y mujeres y sus familias para avanzar en el reconocimiento de sus derechos y en la igualdad de oportunidades, defienden que las indemnizaciones por accidentes de tráfico sigan exentas de tributación en su totalidad.

Las dos instituciones han remitido al Ministerio de Justicia una propuesta conjunta de nueva redacción de la Disposición final segunda del Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia, que modifica la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), para que el perjuicio patrimonial por accidente de tráfico siga exento de tributación.

Esta redacción alternativa busca solventar la problemática que  se ha generado por la consulta vinculante de la Dirección General de Tributos V0677-21, de 23 de marzo de 2021, que interpreta restrictivamente que dentro del concepto legal de daños personales indemnizables quedan fuera los daños patrimoniales.

Los perjuicios de carácter patrimonial, como son el lucro cesante, la necesidad de ayuda de tercera persona o los vinculados a prótesis, rehabilitación futura, adecuación de vivienda o incremento de los gastos de movilidad, suponen un elevadísimo montante en las cuantías totales de las indemnizaciones de lesionados graves por accidentes de circulación. Sucede lo mismo en el caso del lucro cesante de perjudicados por el fallecimiento de la víctima o de los gastos relacionados con su fallecimiento.

De mantenerse el criterio de Hacienda se quebraría el principio de reparación integra de las víctimas, dado que una parte de la indemnización se destinaría al pago de impuestos.

El Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal propone ampliar la exención fiscal a las indemnizaciones que son fruto de acuerdos amistosos (que no hayan sido fijadas judicialmente). Pero, para ello, exige la intervención de un tercero neutral y la elevación del acuerdo a escritura pública. Unespa y Cermi proponen la eliminación de estos requisitos porque conllevarían costes adicionales que pueden incitar a las partes a acudir a la vía judicial en lugar de llegar a soluciones amistosas.

El sistema de valoración de daños personales por accidentes de circulación se utiliza de forma orientativa y no vinculante en ámbitos de la responsabilidad civil distintos de la circulación de vehículos a motor. Este instrumento permite alcanzar soluciones judiciales y extrajudiciales en la valoración de indemnizaciones de daños por responsabilidad civil sanitaria, patronal, profesional, familiar, particular, del cazador, de explotación, etc. El empleo del baremo de automóviles como referencia es común, tanto en el ámbito de las empresas como en el de los particulares.

En España se resuelven cada año cientos de miles de indemnizaciones de manera amistosa utilizando el baremo de automóviles como referencia orientativa. Por lo tanto, una gran cantidad de indemnizaciones de responsabilidad civil que se verían afectadas si para la transacción extrajudicial se necesitase la intervención de un tercero neutral y su elevación a escritura pública, como contempla el Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia.

La Abogacía, también en contra de esa tributación

El Consejo General de la Abogacía Española también se ha mostrado en contra de la posibilidad de que las indemnizaciones a víctimas de accidentes tráfico tributen, tras conocerse que el anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal contiene una disposición final segunda que prevé que las víctimas de accidentes de tráfico tributen por las indemnizaciones recibidas si las compensaciones se cobran mediante un acuerdo amistoso.

La Abogacía se opone a esta modificación y recuerda que así lo expresó en febrero de 2021 en las observaciones al anteproyecto, que prevé que las indemnizaciones que reciba una víctima dictadas por un juzgado sigan exentas de tributar en el IRPF, pero que aquellas que deriven «de un acuerdo de mediación o de cualquier otro medio adecuado de solución de controversias legalmente establecido» cuenten con la intervención de «un tercero neutral» y que «el acuerdo se eleve a escritura pública».

En este sentido, la Abogacía considera que «el requisito de que el acuerdo se plasme en escritura pública es excesivo y no se justifica», y además reprocha la «desconfianza» que muestra este texto hacia los medios adecuados de solución de controversias, algo que «no es coherente con el espíritu que inspira la reforma». En todo caso, se propuso que el requisito de plasmarlo en escritura pública «solo debería exigirse cuando en el acuerdo no haya intervenido un tercero independiente».

La Abogacía recuerda que «en España las víctimas de accidentes de tráfico nunca han tributado por las indemnizaciones recibidas». «Si sale adelante así el texto –que fue aprobado por el Consejo de Ministros el 15 de diciembre–, los accidentados o sus familiares que no hayan judicializado la reclamación de indemnización tendrán que hacerse cargo de los gastos de contratar un arbitraje y de hacer escritura pública, o de lo contrario deberán pagar los impuestos correspondientes», avisa.

También advierte del «incremento de los procedimientos judiciales en casos que hasta ahora se resolvían por la vía amistosa, normalmente con las aseguradoras, para evitar la tributación planteada».

«Son muchas las voces que se han alzado en contra de esta medida, calificándola como simple afán recaudatorio hacia unos pagos que no se consideran incremento patrimonial, sino una compensación para que las víctimas queden resarcidas tras los daños sufridos y recuperen una situación similar a la que tenían antes del accidente, tal y como se expresa en la Ley del Baremo de 2015», resalta la Abogacía.

La Asociación Nacional de Abogados de Víctimas de Accidentes y Responsabilidad Civil (ANAVA-RC), que agrupa a más de 200 bufetes, avisa que el Gobierno pretendía «recaudar impuestos con las indemnizaciones» de las víctimas de siniestros viales. Ha enviado sendos escritos de protesta al secretario general técnico del Ministerio de Justicia, Jacobo Fernández Álvarez, y al director general de Seguros, Sergio Álvarez, manifestando su «más radical oposición» a una proposición de reforma legal referida al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

ANAVA-RC ha solicitado una reunión urgente con representantes del Ministerio de Justicia en la que también estén presentes el resto de asociaciones de víctimas de accidentes y de abogados de víctimas, porque «su puesta en marcha causaría un daño irreparable a las víctimas de accidentes de tráfico y muy especialmente a los lesionados graves».

La Asociación destaca que mediante esa disposición, «de forma escondida, se realiza una importante» modificación de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, «que no tiene en consideración el grave impacto económico que supondría para estas víctimas, para los perjudicados en caso de fallecimiento e incluso para las aseguradoras».

«No tiene en cuenta que los perjudicados o víctimas en accidentes de circulación, lamentablemente, sufren unos perjuicios personales y patrimoniales en el momento en el que sufren un accidente de circulación por culpa de un tercero, y lo que pretende la indemnización es precisamente compensar esa disminución patrimonial con la restitución íntegra de los daños y perjuicios sufridos, dejando a la víctima, en la medida de las posibilidades de la norma vigente (Art. 33 de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre), en la misma posición que estaba antes de tener el accidente», apuntaba Manuel Castellanos, presidente de ANAVA-RC.

Desde el punto de vista fiscal, «las indemnizaciones nunca se han considerado como un incremento de patrimonio si no una compensación de las disminuciones sufridas a consecuencia del accidente», insiste Castellanos.

La asociación considera que esta proposición de reforma «incurre en una grave confusión» de la terminología legal de la Ley, que por vía de Disposición Adicional, pretende reformar, por lo que «debe quedar claro que la exención de impuestos debe aplicarse a todos los perjuicios, tanto extrapatrimoniales (los daños morales) como patrimoniales». «Estos ciudadanos más vulnerables son perjudicados por la culpa o negligencia de un tercero que les provoca un daño corporal que debe ser resarcido en su totalidad y se vería totalmente afectado en el supuesto que sea aprobada la mencionada Disposición», añade

Además, el anteproyecto de Ley introduce cambios en el trámite de los acuerdos amistosos extrajudiciales entre las aseguradoras y los perjudicados que «incrementarían los costes de los mismos, pues introduce la intervención de una figura denominada un ‘tercero neutral’, sin definición alguna de su función o cometido, y exige ‘escritura pública’ cuando el pago lo realiza una entidad aseguradora».

Si tributan las indemnizaciones conseguidas en los acuerdos amistosos, se vaa generar «un desbocado aumento de litigios, pues los ciudadanos deberían esperar a la sentencia judicial para que su indemnización quede exenta de tributación, cargando más, si cabe, a la ya desbordada administración de justicia».

Justicia se reafirma en el apoyo a las víctimas

Tras estas quejas y la polémica generada, el Ministerio de Justicia ofrece su disposición a estudiar la modificación del anteproyecto siempre con el objetivo de garantizar el apoyo a las víctimas. «Para nosotros es necesaria y obligada la reparación y en eso estamos trabajando», argumentan en el Ministerio, que recuerdan que este asunto es una herencia del anterior ministro, Juan Carlos Campo, aunque se trata de una medida aprobada por el Consejo de Ministros el 15 de diciembre de 2020.

Para la actual ministra, Pilar Llop, las víctimas de accidentes de tráfico son una prioridad.

En Justicia que ya están estudiando las observaciones realizadas al anteproyecto, que está en la fase prelegislativa. Una vez llegue a las Cortes se buscará el máximo consenso con el resto de fuerzas políticas para mejorar la calidad de vida de las víctimas de los accidentes de tráfico.

De momento el Anteproyecto de Ley de Eficiencia Procesal está siendo analizado por el Consejo de Estado. Además, se sigue dando audiencia a todos los sectores afectados por la reforma.

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