Expertos en capital riesgo ofrecen consejos a emprendedores ávidos de financiación

17/02/2012

Susana de Pablos. Los emprendedores españoles deben ponerse al día para conocer cómo se desarrollan las operaciones de capital riesgo, porque según los expertos es una de las mejores alternativas de financiación, y tiende a crecer. Los expertos que participaron en el Salón MiEmpresa apuntaron que para que esto ocurra será preciso crear incentivos fiscales que animen a estos agentes a correr un riesgo que es esencial para la economía española.

“El capital riesgo juega un doble papel, por un lado la financiación y por otro la liquidez. Es fundamental en nuestra economía, porque complementa lo que no cubre ni el sistema financiero –sobre todo con la que está cayendo- ni el mercado de valores, uno porque busca garantías y el otro porque busca empresas grandes”. Son las palabras de José Martí Pellón, director del Departamento de Economía y Contabilidad III de la Universidad Complutense de Madrid y socio fundador de Webcapitalriesgo.com, quien intervino en la sala Desarrollo y Consolidación del Salón MiEmpresa, para hablar del tipos de operaciones de capital riesgo y estructuración de la inversión.

En su intervención, Martí animó a quienes quieran montar un nuevo negocio a utilizar la fórmula del capital riesgo como fuente de financiación, pero les advirtió que es preciso buscar un buen compañero de viaje: “Cuando buscas venture capital no sólo buscas dinero, sino un socio con experiencia que te aporte un valor intangible: credibilidad frente a terceros (bancos, proveedores, clientes…); ayuda para seleccionar a personal clave en el proceso de crecimiento de la empresa; disciplina en las cuentas; orientación al mercado y visión estratégica, porque a veces el emprendedor es un científico o un técnico, que no sabe de gestión”.

Martín señaló que un problema a resolver en España, donde la actividad de los business angels o inversores privados no tiene un tratamiento fiscal específico, lo que sería fundamental, “porque si contara con un incentivo fiscal serán más visibles para las empresas, que podrán encontrarlos más fácilmente”. Y recalcó que mientras en EEUU hay cinco veces más dinero de estos agentes que del capital riesgo formal, aquí algunos se han agrupado para evitar la doble tributación fiscal, acogiéndose a la ley de 2005 sobre capital riesgo, “que no incentiva el capital riesgo, simplemente palia la doble tributación”.

Este académico fue tajante: en lugar de incentivar fiscalmente a  los fondos de pensiones como hasta ahora –cuando el 30% de su capital se va afuera a invertir en deuda pública extranjera o bolsa extranjera- , habría que hacerlo, pero obligándolos a invertir en economía real, en capital riesgo. “Porque, si no, estamos subsidiando el que ese dinero se vaya afuera, en un momento económico en el que no fluye el dinero ni el crédito hacia la pyme”, destacó. E informó a los asistentes con respecto a las entidades más proclives al riesgo en negocios en su fase inicial de lanzamiento: el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI), la Empresa Nacional de Innovación, SA (ENISA) y los business angels.

José María Dutilh, socio de LeQuid, habló de la importancia de firmar un pacto o acuerdo de socios o accionistas a la hora de constituir la nueva empresa, “al que es preciso dedicar el mismo tiempo que al plan de negocio”, puntualizó. Dutilh hizo hincapié en que firmarlo por todos los socios o por grupos es tan importante como redactar los estatutos, bajo la premisa de que es mejor anticipar el divorcio antes de casarse, y recomendó además que se firme en forma de escritura pública, y por la sociedad. Y, claro, sobre todo cuando se dé entrada a inversores de capital riesgo, pero también para preparar la sucesión en una empresa familiar –los llamados protocolos familiares-, operaciones de management buy out (compra de la empresa por directivos), promoción de directivos que se convierten en socios, etc.

Dutilh subrayó lo trágico que es ver cómo la gente invierte su dinero en una empresa, firmando unos estatutos estándar obligatorios y sin acuerdo de socios. Y lo ilustró así: “Las maniobras más burdas triunfan, lamentablemente, en nuestro Derecho. La más clara es el aumento de capital sin prima de emisión, con una capacidad de dilución enorme del socio minoritario. Otro ejemplo son las operaciones con empresas de algunos de los socios, con vaciamiento patrimonial y distribución de negocios hacia empresas del grupo donde el minoritario no participa”. Y explicó las diversas modalidades de pacto: de relación entre los socios, de atribución y organización.

El socio de LeQuid destacó cómo en los países anglosajones, donde se utiliza más esta herramienta, la gente tiene menos miedo a invertir. Y la defendió “porque los estatutos no regulan todas las posibilidades de relación entre los socios y de los socios con la sociedad, y además no permiten el mismo lenguaje”. Además, dijo que los acuerdos que sean contrarios a los estatutos no entran en el Registro Mercantil. Sin embargo, apuntó, mientras que los estatutos pueden ser modificados por mayoría, los acuerdos sólo se modifican por unanimidad de los firmantes.

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