Cuando alguien presta más dinero del que le pueden devolver, la culpa del impago no es sólo del deudor

24/05/2013

Alexis Díaz Lorenzo, director de LowCost Consulting Concept. El autor de este artículo no exime de culpa a quienes piden préstamos que no pueden devolver. No obstante, Díaz Lorenzo sostiene que los acreedores deberían ser también corresponsables de esa situación, por prestar aun existiendo riesgo de insolvencia.

En estos tiempos complicados, asistimos a muchos debates sobre quién ha de pagar los platos rotos de los excesos de los buenos tiempos. Excesos que, en la mayor parte de los casos, se han podido producir gracias al dinero que han prestado los acreedores a los ahora resacosos deudores. Pero el dolor de cabeza debería ser compartido, porque cuando alguien copatrocina un festín, no puede sorprenderse de que al día siguiente haya platos rotos. De hecho, lo realmente sorprendente sería que no los hubiera…

Ayer mismo leía un escrito de unos diez folios sobre los Bonos Brady, redactado por Alberto Acosta. Y una vez leído el segundo párrafo, ya sabía cómo iba a terminar. Ya en el primero el autor comienza el artículo con una frase que es muy clarificadora: “[…] Mi verdadero trabajo fue […] dar préstamos a otros países, enormes préstamos, mucho mayores de los que ellos podrían devolver”.

Yo creo que todos estamos de acuerdo en que los que piden préstamos que no pueden devolver son culpables de su quiebra. Pero no deberían ser los únicos responsables. Los acreedores, si han actuado con diligencia, deberían ser corresponsables de esa quiebra tan sólo en la proporción del riesgo que hayan corrido. Y si no han sido diligentes, ¿qué duda cabe de que también son culpables por no haber hecho sus deberes? Cuando el fallo del deudor es estrepitoso, el acreedor debería ser totalmente corresponsable de su insolvencia. Cuando el acreedor presta cantidades que el deudor no podrá pagar, en mi opinión, gran parte del escandaloso fallo es del prestamista pues debería haber sido diligente y decidir no prestar.

Esa es la nueva esclavitud del siglo XXI, cuando ya debes mucho más de lo que puedes pagar, para que los acreedores te sigan prestando, pervierten los covenants de la deuda (condiciones obligatorias a cumplir por recibir la deuda) convirtiendo a países, regiones y familias en esclavos del acreedor. Pondré un ejemplo relativo a un país: podríamos hablar de los rescates a los Estados. Es cierto que ha habido naciones cuyas administraciones públicas han fallado gravemente a sus ciudadanos. Pero que hayamos llegado a niveles en los que se pone en duda la sostenibilidad del euro,¿sólo es culpa de los países díscolos?

Imagine un club de 10 miembros donde hay tres socios que se comportan peligrosamente en cuestiones que afectan a todos, pero no hacen nada para corregirlo: ni crean herramientas de control, ni planes de contingencia… Cuando finalmente el club está apunto de la quiebra, ¿los otros siete no tienen ningún tipo de responsabilidad?

Para empezar, se me ocurre que al menos tienen la culpa in vigilando de la cosa común que es la UE. Y convertirse en un mero acreedor abusón y sin asumir ninguna responsabilidad no creo que sea de recibo. Y si yo que soy financiero y no lo comparto, no es de extrañar la desafección creciente de los sufridos administrados.

Del impago a la ejecución hipotecaria
Pondré un ejemplo doméstico muy mediático: las ejecuciones hipotecarias. Cuando llega el impago resulta que el deudor pierde la casa y el banco la ejecuta como garantía y, en caso de que la venta del inmueble haya sido a menor precio que el préstamo, el deudor todavía ha de pagarle a la entidad financiera la cantidad restante. Lo que a mí se me escapa, es que si el banco acepta la tasación y decide prestar una cantidad concreta, pongamos por ejemplo un 85% del valor, ¿por qué cuando se devalúa el precio más allá del 15% ha de pagarlo todo el deudor?

Imaginemos que el inmueble se ha devaluado un 20%, el 15% lo pierde el deudor que recordemos que también pierde la vivienda, pero además también debe todo lo que excede al valor de la tasación. Así que la entidad financiera nunca pierde… ¿cómo es posible?

¿Por qué no existe corresponsabilidad?  ¿No le vale al acreedor quedarse con la garantía sino que además tiene que cobrarse la diferencia de la devaluación del inmueble, más intereses de demora y/o impagos? ¿Entonces para qué sirve la tasación? La entidad financiera podría decir perfectamente un cantidad al azar, porque pase lo que pase con el valor del inmueble, el banco cobrará, o bien de la garantía, o bien con una carga de por vida sobre el individuo. Cuando en un sistema económico una parte nunca pierde, hay un fallo grave porque le exime de ser diligente.

El principal argumento de los que opinan que el acreedor no debe ser corresponsable con el deudor, es que, si se obligara al acreedor a asumir parte de la pérdida de valor de la garantía, se paralizarían los créditos. Es comprensible el argumento pero se podrían estudiar fórmulas intermedias. Ahora bien, si para ir más rápido tenemos que hacer las cosas mal, es mejor ir lentos, pues no sirve de nada ir a gran velocidad si a medio camino corres el riesgo de estrellarte.

¿Por qué tenemos que elegir entre ir rápido y hacer bien los deberes? Si no queremos vivir con sobresaltos acechando nuestras vidas, primero deberíamos hacer las cosas bien y después, y sólo después, podríamos intentar ir rápido a la vez.

 

Alexis Díaz Lorenzo, actualmente director en LowCost Consulting Concepty socio cofundador en Buenas Vibraciones S.L., inició su carrera profesional como adjunto al jefe de Producción de Atlantic Cooper. Después fue jefe de Compras y Sistemas en CunextCopper Industries, donde llegó a ser adjunto a la Dirección Financiera. También fue gerente en GB Consulting&CorporateFinance. Es licenciado en Derecho y máster en Dirección Estratégica de Comunicación y Marketing y MBA con especialización en Finanzas y Marketing por ESADE Business School. Con un postgrado en Contabilidad y Fiscalidad.

¿Te ha parecido interesante?

(+17 puntos, 17 votos)

Cargando...

Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.