La reforma fiscal favorece a los productos cotizados en Bolsa española

02/02/2015

Miguel Ángel Valero. Las plusvalías tributarán en el IRPF con independencia de su período de generación y con unos tipos fijos más bajos.

Los ‘warrants’ y otros productos cotizados en Bolsa española terminaron 2014 con un volumen de negociación de 819 millones de euros, el 8,73% más que en el ejercicio precedente.

Société Générale, líder en el mercado de productos cotizados en la Bolsa española por 16º años consecutivo y con una cuota de mercado del 44,44%, aumentó su volumen de negociación el 22,5%, gracias a propuestas como los Multix5, que se ha disparado el 1.086,8% respecto a 2013.

El banco francés ofrece tres razones para invertir en estos instrumentos. La primera de ellas es que “en un entorno de tipos de interés muy bajos, los depósitos bancarios pierden su atractivo y los inversores buscan alternativas de inversión como la renta variable que, aunque conlleva un mayor riesgo, también puede ofrecer una rentabilidad muy superior”.

Otro motivo es el programa de compra de deuda (QE, por Quantitative Easing) de 1,14 billones de euros que el Banco Central Europeo va a llevar a cabo entre marzo de este año y septiembre de 2016. Esta inyección de liquidez de unos 60.000 millones mensuales para evitar la delación y estimular el crecimiento económico intensificará la depreciación del euro, lo que beneficiará a las economías exportadoras de la Eurozona, como España.

Y también impulsará a la Bolsa, “por la inyección de liquidez y su influencia en el crédito y la valoración de los activos con unos tipos a la baja en la deuda pública”.

La tercera razón para colocar dinero en los productos cotizados en la Bolsa española es fiscal. Las plusvalías generadas por la compraventa de elementos patrimoniales (entre ellos, los productos cotizados) se integrarán en la base del ahorro del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) con independencia de su período de generación.

Además, lo hacen con unos tipos aplicables fijos: 20% para bases imponibles de hasta 6.000 euros; 22%, hasta 50.000; y 24%, a partir de 50.000 euros. Esos tipos bajarán de nuevo en 2016: 19%, 21% y 23%, respectivamente.

En 2014, las ganancias o pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de valores (entre ellos, los productos cotizados) con un plazo inferior a un año se integraban en la base general del IRPF y estaban sujetas al tipo marginal del contribuyente. Por tanto, “el cambio fiscal es un incentivo que debería contribuir al aumento de la contratación”, especialmente para aquellos inversores con un tipo marginal superior al 24%.

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