La salida a Bolsa de Bankia genera a los bufetes un negocio de 200 millones

24/05/2015

Miguel Ángel Valero. La comisión media que cobran los despachos de abogados por tramitar reclamaciones de los afectados oscila sobre el 10% del dinero en juego.

Más allá de la frialdad de las cifras motivadas por la mala comercialización de productos por parte de las entidades financieras, hay un drama para los afectados por la salida a Bolsa de Bankia, las participaciones preferentes de las antiguas cajas de ahorro y otros escándalos. Pero también un filón para los bufetes y los despachos de abogados, que cobran una comisión media del 10% del dinero en juego por tramitar este tipo de reclamaciones.

Bankia ha generado 20.480 demandas de afectados por las participaciones preferentes, con un volumen reclamado de 1.523 millones de euros. De los 9.041 procedimientos ya acabados, el 84% salen favorables a los inversores, que han recuperado cerca de 498 millones.

Por la salida a Bolsa de la entidad, entonces presidida por Rodrigo Rato, Bankia ha recibido 2.424 demandas civiles por valor de 70 millones de euros por parte de inversores minoristas. De ellas, 236 se han resuelto ya, y un 85% de las cuales (unas 200) han sido contrarias a la entidad.

Sumando, Bankia ha suscitado reclamaciones judiciales por unos 1.600 millones. Dando por bueno el dato de una comisión media del 10% para los bufetes de abogados, supone un negocio de 160 millones de euros.

En el caso de CatalunyaCaixa, la otra gran fuente de negocio para los bufetes, son 6.752 demandas por las preferentes, con 201,35 millones. Se han resuelto en primera instancia 1.072 demandas, por valor de 32,87 millones. El 80%, a favor del cliente: 26,3 millones.

En estas cifras no entran los arbitrajes, que entre Bankia y CatalunyaCaixa suman 5.188 millones reclamados por 328.059 inversores minoristas. Los árbitros independientes contratados por ambas entidades habían admitido las solicitudes de 245.072 titulares (75% de las recibidas) por valor de 2.758 millones de euros (53% del total). De las solicitudes aceptadas, el 97% ha conseguido ya un laudo positivo, sumando 238.424 clientes (73% del total), con lo que estos ahorradores han recuperado ya mediante el arbitraje 2.622 millones, algo más de la mitad del dinero reclamado.

Pero no sólo hay demandas por la salida a Bolsa de Bankia o por las preferentes y deuda subordinada de esta entidad y de Catalunya Caixa. La lista de antiguas cajas y de bancos con asuntos de este tipo en los juzgados es larga. La sentencia del Tribunal Supremo, que deja muy claro que a los afectados por estos productos, comercializados por bancos y cajas, no se les facilitó información completa y clara sobre los riesgos de las operaciones contratadas, ha espoleado muchas reclamaciones. El 10% de este importe total supone un suculento negocio.

Nulidad de los contratos

Eduardo Triviño, de Triviño Abogados, afirma que “los ahorradores que confiaron en su día en la banca, al contratar un producto que se comercializaba como seguro, rentable y garantizado, se encontraron con todo lo contrario”. “Por ello, están amparados por la Ley para recuperar la totalidad de su inversión más los intereses generados desde su adquisición, hasta la fecha que sea reintegrada”, añade.

“Pero, para que esto sea así, se deben seguir unos cauces adecuados y cumplir una serie de requisitos para realizar una reclamación judicial de carácter individual por vía civil”, destaca. Triviño cree que “no es aconsejable una reclamación extrajudicial, al menos que el banco devuelva la totalidad de lo invertido, más los intereses y gastos generados desde la fecha de la inversión hasta la devolución”. “Con ello se produciría un doble efecto: se satisfarían totalmente las pretensiones del inversor y el Banco ahorraría en intereses y costes de abogado y procurador, tanto propios como de los afectados”, precisa.

El objetivo es la nulidad del contrato. Para conseguirlo se debe realizar ante el juzgado una reclamación individual, teniendo en cuenta que no todos los productos son iguales, ni todos han sido comercializados de la misma manera; el perfil del afectado (si tiene o no conocimientos financieros o si ha operado en los mercados), lugar y forma en la adquisición del producto.

También hay que tener en cuenta que existe un período de cuatro años para reclamar, pero ese plazo no cuenta desde la adquisición del producto (la participación preferente o la suscripción de acciones de Bankia), sino desde que se tiene constancia de esa mala comercialización. El proceso judicial suele durar un año de media.

Fuente de ingresos

Con tal cantidad de casos y de afectados, la mala comercialización de los productos financieros se ha convertido en un filón para los bufetes. Pero la casuística de honorarios es casi ilimitada, porque depende de la complejidad del caso, del afectado (si es particular o persona jurídica), y del volumen de dinero en juego.

Además hay bufetes que llevan toda la vida tramitando este tipo de asuntos, y otros que se han subido a este negocio aprovechando sobre todo el escándalo de las preferentes y la salida a Bolsa de Bankia. Incluso los hay prácticamente monoproducto, sólo llevan estos casos, seguramente por su elevada rentabilidad.

Unos van a éxito (cobran en función del dinero que recupera el cliente). Otros, un fijo. Algunos, una combinación de ambas fórmulas. Y prácticamente todo los bufetes consultados aseguran que las tarifas se fijan en función de cada caso.

El despacho Navas & Cusí, fundado en 1989, es uno de los más activos en este campo, por su especialización en Derecho bancario, financiero y comunitario, con oficina propia en Bruselas, donde ha obtenido triunfos de relevancia ante los tribunales europeos. Cobra un porcentaje fijo, que aseguran que es muy inferior a esa comisión media del 10% de la que tanto se habla. Y muestra más de 212 sentencias favorables obteniendo la anulación y recuperación de la inversión en productos financieros como: swaps, cláusulas suelo, preferentes o subordinadas, bonos convertibles, hipotecas multidivisa, entre otros.

“Hay despachos que solicitan una previsión de fondos, o cobran un porcentaje sobre la cantidad reclamada o sobre sus intereses, por lo que en estos casos el afectado no recupera el 100% de su inversión”, señala Eduardo Triviño, que asegura que “Triviño Abogados percibe los honorarios que son la cantidad por la que resulta condenada en costas la entidad bancaria”.

En el Bufete Rosales afirman que “sólo cobramos honorarios cuando el cliente recupera su inversión”. “Por tanto y con la supresión de la tasa judicial para las personas físicas, el único gasto inicial que supondrá interponer una demanda civil se resume en el pago de un pequeño gasto de gestión”: 150 euros si se invirtieron hasta 6.000 euros; y 250 euros, si se supera esa cifra. El despacho advierte que “las personas jurídicas tendrán que abonar la correspondiente tasa judicial”. Y señala que acumulan más de 1.500 sentencias favorables a accionistas de Bankia y a preferentistas en los tribunales.

En Arriaga Asociados, que subrayan que “la acción para demandar el dinero invertido por responsabilidad prescribe a los 3 años desde que se tiene conocimiento de la falsedad de las cuentas de Bankia”, cobran 450 euros (IVA y gastos de procurador incluidos). “Sólo si ganamos con condena a costas a la entidad, éstas y los intereses serán a nuestro favor”, precisan en este bufete, que asegura haber recuperado más de 120 millones de euros de 20.000 afectados, con 2.000 sentencias ganadas, 98% de éxito en primera instancia y 100% en apelaciones.

Quejas de clientes

Afectados que han trabajado ya con algunos de estos bufetes se quejan, eso sí desde el anonimato, de que, en muchos casos, la persona que le ha captado (el comercial, ya que muchos despachos sólo tienen oficinas en Madrid y en Barcelona) no es el que luego lleva el caso (redacta la demanda) ni el finalmente que va al juzgado. Incluso hay quien asegura que su caso lo llevó un recién licenciado en Derecho, sin experiencia en estos asuntos.

Hay abogados que han reconocido a sus clientes que recibieron el caso con 48 horas, e incluso 24 horas, de antelación. Otros cobran del despacho un porcentaje de lo que se ha cobrado al cliente, sin que exista una relación continuada con el bufete.

 

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