Los afectados por cláusulas suelo deben ir al juez para recuperar todo el dinero

07/06/2015

Miguel Ángel Valero. Una hipoteca al Euribor +0,5% ahora pagaría el 0,66%, no el 4%, destaca Triviño Abogados.

Los afectados por las cláusulas suelo deben reclamar judicialmente para recuperar el 100% de lo cobrado indebidamente. Es el consejo que Eduardo Triviño, de Triviño Abogados, da a las personas que contrataron hipotecas con interés variable (mayoritariamente referenciadas al Euribor) que contenían al final del contrato una clausula por virtud de la cual el interés nunca bajaría de un determinado porcentaje.

Esos clientes no han podido beneficiarse de las bajadas del Euribor. Un préstamo con Euribor + 0,5% que ahora pagaría un interés del 0,66%, con cláusula suelo continua pagando un 4%. Por ello, el Tribunal Supremo destaca que los bancos no explicaron a sus clientes que lo que se hacía con esa cláusula es transformar un interés variable en interés fijo.

La sentencia del 9 de mayo de 2013 deja mucho claro que estas cláusulas así vendidas son nulas por abusivas y que el banco ha de devolver lo indebidamente abonado por su cliente desde esa fecha, todo ello con imposición de costas a la entidad financiera. Este mismo criterio lo ha confirmado posteriormente en otras sentencias, siendo la más destacada la del 25 de marzo de este año.

Triviño afirma que “las personas que confiaron en su día en las entidades financieras, al contratar este tipo de préstamo, no fueron asesoradas adecuadamente de las consecuencias que podía provocar la caída del Euribor”. “Por ello, están amparados por la ley para recuperar la totalidad de los pagos indebidos, desde el 9 de mayo de 2013, y la eliminación de esta cláusula”. “Todo ello con imposición de costas a la entidad bancaria, que es la única cantidad que cobra Triviño Abogados al cliente» por esa reclamación.

«Aunque criticado por algunos sectores jurídicos, el criterio del Tribunal Supremo es valiente y obedece a estrictos criterios de justicia material. Consigue eliminar desigualdades entre los diferentes clientes y las distintas entidades bancarias; no provoca quiebra alguna del sistema financiero toda vez que desde mayo del 2013 las entidades están advertidas del contenido de la sentencia; devuelve la situación al punto de partida sin obligar a la entidad a devolver cantidad alguna desde fecha anterior a haber tenido conocimiento de la sentencia», señala Eduardo Triviño.

Demandas individuales

Para que los afectados recuperen el 100% de las cantidades cobradas indebidamente, Triviño Abogados aconseja llevar a cabo una reclamación judicial, debido a que desde que el Supremo fijó esta doctrina hay entidades financieras que han suprimido unilateralmente las cláusulas suelo ,y otras que por el contrario insisten tenazmente en mantenerlas.

“Esta reclamación debe hacerse de forma individual. Pese a que algunos sectores han promovido demandas colectivas los procedimientos se encuentran totalmente enquistados, puesto que en el Derecho español no existen las demandas colectivas al modo del Derecho anglosajón, y sobre todo, porque habrá que tener en cuenta cuál es la información que en cada caso concreto se suministró a cada uno de los clientes”, explica este experto.

Eduardo Triviño critica que la denominada Ley de segunda oportunidad, aprobada recientemente por el Gobierno, no ha aprovechado la ocasión para suprimir totalmente las cláusulas suelo, aunque reconoce que amplía el colectivo de personas amparadas por el código de buenas prácticas.

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