Las cajas de ahorros que posean más de un 50% del banco al que dieron origen deberán presentar ante el Banco de España un plan financiero en el que especifiquen la manera en la que harán frente a las posibles necesidades de capital en que puedan incurrir y los criterios básicos de su estrategia de inversión en entidades financieras. Además, deberán crear un fondo de reserva con el que hacer frente a las posibles necesidades de recursos propios de la entidad de crédito participada «que pudieran poner en peligro el cumplimiento de sus obligaciones en materia de solvencia».
Éstas son dos de las condiciones que se incluyen en la nueva normativa de cajas de ahorros, que hoy ha sido puesta a consulta pública y que podría entrar en vigor entre finales de 2013 y principios de 2014, según han explicado fuentes del Ministerio de Economía.
En ella se indica que las fundaciones bancarias serán aquellas que mantengan una participación en la entidad de crédito que alcance, de forma directa o indirecta, al menos un 10% del capital o de los derechos de voto de la entidad, o que le permita nombrar o destituir algún miembro de su órgano de administración.
Las fundaciones bancarias que posean una participación igual o superior al 30% en una entidad de crédito o que les permita el control de la misma deberán de acordar un protocolo de gestión de la participación financiera y tendrán que presentar el plan financiero ante la institución que dirige Luis María Linde.
En el caso de que posean del 50% en adelante, tendrán que preparar el plan financiero, crear el fondo de reserva y, además, elaborar un plan de diversificación de inversiones y de gestión de riesgos «que deberá incluir el compromiso para que la inversión en activos emitidos por una misma contraparte no supere los porcentajes máximos sobre el patrimonio total que determine el Banco de España».
Retribuciones de directivos
La nueva Ley de cajas no contempla un límite superior a las retribuciones de los directivos pero, sin embargo, obliga a las entidades a presentar ante el Banco de España un informe anual sobre su gobierno corporativo.
Este documento deberá incluir la estructura de la administración de la entidad, con información de las remuneraciones percibidas por el Consejo de Administración, la Comisión de Control, la Comisión de Inversiones, la Comisión de Retribuciones y Nombramientos, la Comisión de Obra Social y la Comisión Ejecutiva.
Así, habrá que computar tanto las dietas por asistencia a los citados órganos como los sueldos que se perciban por el desempleo de sus funciones. Del mismo modo, habrá que especificar las remuneraciones análogas a las anteriores y las obligaciones contraídas en materia de pensiones o de pago de primas de seguros de vida.
Será necesario incluir, además, las remuneraciones percibidas por los miembros de los órganos de gobierno y personal directivo que se deriven de la participación en representación de las cajas de ahorros en sociedades cotizadas o en otras entidades en las que la caja tenga una presencia o representación significativa en representación de la caja de ahorros.
Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.