Botín dice que Sáenz continuará ejerciendo sus funciones en el Santander porque no hay «ningún impedimento legal»

22/03/2013

diarioabierto.es. El presidente del Santander responde tajante a un accionista tras la decisión del Tribunal Supremo de anular los efectos administrativos del indulto concedido a Alfredo Sáenz.

El presidente del Banco Santander, Emilio Botín, ha garantizado que el consejero delegado de la entidad, Alfredo Sáenz, seguirá ejerciendo sus funciones, al asegurar que el banco dispone de «informes determinantes» que muestran que no existe «ningún impedimento legal» para ello.

Así de tajante se ha mostrado Botín en respuesta a un accionista tras la decisión del Tribunal Supremo de anular los efectos administrativos de su indulto.

«Sáenz ha desarrollo una magnífica labor en la entidad», ha sentenciado el presidente del Santander, quien ha asegurado que el consejo de administración del banco ha ratificado su «plena confianza» en Sáenz.

El Banco de España mantiene abierto el proceso para decidir si Sáenz puede continuar como consejero delegado del banco después de que el Tribunal Supremo considerase que el anterior Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero incurrió en una «clara extralimitación» de la Ley del Indulto. El Supremo anuló los efectos administrativos de la medida de gracia que concedió a Sáenz, que le permitió seguir ejerciendo su actividad bancaria.

En marzo de 2011, el Tribunal Supremo condenó al consejero delegado del Banco Santander a tres meses de prisión y de inhabilitación para ejercer funciones en banca por un delito de acusación falsa contra unos deudores de Banesto, entidad que presidió tras ser intervenida en 1993. Ahora, tras la decisión del Supremo, el Banco de España debe ser quien decida si Sáenz cumple con los criterios de «honorabilidad» y puede seguir ejerciendo su cargo.

Tras conocerse la decisión del Supremo, la defensa de Sáenz ya anunció que recurriría la sentencia y presentaría un recurso de amparo «por infracción del derecho de igualdad y del derecho a tutela judicial efectiva».

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