La Eurocámara refuerza los derechos de los clientes frente a los bancos

10/09/2013

Miguel Ángel Valero. La norma no se ha aprobado definitivamente ante la resistencia de los Gobiernos a la supervisión de su trasposición correcta a las legislaciones nacionales

El pleno del Parlamento Europeo ha aprobado el contenido del proyecto de Directiva Hipotecaria, pero no la norma en sí, ya que persisten diferencias entre la Eurocámara y los Gobiernos sobre cómo supervisará la Unión Europea que su trasposición a las legislaciones nacionales se hace correctamente. El proyecto de Directiva, que se comenzó a elaborar en marzo de 2011 y cuyo ponente fue el eurodiputado socialista español Antolín Sánchez Presedo, busca “prevenir los comportamientos de préstamos irresponsables y proteger a los consumidores”, explica el comisario de Servicios Financieros, Michel Barnier.

El texto aprobado por el Parlamento Europeo incorpora siete grandes novedades:

1.-El consumidor deberá disponer de un periodo obligatorio de reflexión de siete días antes de firmar el contrato hipotecario o para retractarse de ésta.

2.-Los bancos tendrán que entregar una “hoja de información estandarizada”, que debe incluir con claridad las características del préstamo, la variabilidad de los tipos de interés o, en su caso, la influencia de divisas extranjeras.

3.-Las entidades no podrán obligar a los consumidores a contratar «paquetes cerrados» vinculados a la hipoteca y que incluyan otros préstamos o servicios, como los seguros.

4.-Flexibilidad de pago para que el cliente pueda amortizar anticipadamente el préstamo. La entidad podrá recibir una compensación justa de los costes de ese reembolso anticipado sin imponer multas adicionales.

5.-Exigencia de una “tolerancia razonable” a la entidad en caso de impago del cliente. Ésta deberá hacer «todos los esfuerzos razonables para resolver la situación» antes de proceder a la ejecución del inmueble. También se limitan los cargos por impago. El Estado no podrá oponerse a la dación en pago si es acordada entre las partes.

6.-La entidad debe vender la vivienda adjudicada por impago al mejor precio posible, y también facilitar el pago de la cantidad pendiente con el fin de evitar que sobreendeudamientos de los clientes durante largos periodos. La norma fija mínimos inembargables en salarios y pensiones.

y 7.-Para frenar los préstamos irresponsables, las entidades deberán evaluar la capacidad del consumidor para reembolsar el crédito. La norma introduce estándares a escala europea.

 

Mercado único competitivo

La propuesta de Directiva quiere un mercado único hipotecario eficaz y competitivo. Para lograrlo, crea un pasaporte europeo que permita a los intermediarios de crédito autorizados en un Estado miembro ofrecer sus servicios en toda la Unión Europea. Éstos tendrán derecho a acceder de forma no discriminatoria a las bases de datos sobre historial de crédito de sus clientes.

También se introducen condiciones más estrictas, con mayores garantías para los clientes, para los préstamos hipotecarios en moneda extranjera.

Elena Betés, directora general del comparador online Rastreator.com, considera que “esta Directiva contribuirá de forma muy positiva a los consumidores españoles, ya que podrán elegir el seguro de hogar que más se adapte a sus necesidades y a las características de su vivienda, incrementando también su capacidad de ahorro”. Según sus cálculos, la entrada en vigor de esta Directiva permitirá a los que suscriban una hipoteca ahorrar una media del 50% en su seguro de Hogar. Porcentaje que puede alcanzar el 80% en algunas comunidades. Betés recuerda que en España el 33% de las viviendas no cuentan con un seguro de Hogar.

 

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