Deducción por compra de vivienda: días contados

19/10/2010

Lucía Martín. Si sus rentas anuales superan los 24.000 euros, despídase de la deducción fiscal por la compra de casa y esto a partir del año que viene. Ésta es una de las medidas anunciadas por el Gobierno incluida dentro de los Presupuestos Generales del Estado presentados la semana pasada y que están iniciando el trámite para su aprobación.

De salir adelante la medida (y todo indica que el Gobierno conseguirá sacarla adelante a pesar de que los grupos parlamentarios la hayan criticado) sólo aquellos que ganen menos de 17.000 euros anuales podrán aligerar su cita con Hacienda gracias a la compra de la casa: “La propuesta del Gobierno contempla una base deducible de 9.015 euros para las rentas inferiores a 17.000 euros, a partir de ese montante se irán reduciendo linealmente las deducciones, hasta desaparecer en los citados 24.000 euros”, comentan los abogados de John Lawyer.

“En la actualidad, la adquisición de vivienda habitual (no así la segunda residencia) está sujeta a deducciones del 15% hasta un máximo de 9.015 euros independientemente de la renta del ciudadano”, continúan los abogados. Ojo: pueden respirar tranquilos los que hayan comprado la casa con anterioridad (o hayan satisfecho cantidades para su construcción) o lo hagan antes del 1 de enero de 2011 podrán seguir disfrutando de estas deducciones: “Es decir, las ventajas fiscales se mantendrán según estaban en el momento de la compra”, dicen en John Lawyer.

Así que le quedan unos meses para decidirse por una morada si es de los que quiere seguir disfrutando de las ventajas actuales. Que no son pocas… El Ejecutivo tiene la intención también de incentivar el alquiler equiparando la deducción por alquiler a la de la compra de vivienda: así, también para 2011 se establece una mejora en la reducción de las rentas por alquiler que pasaría del 50% al 60%, afectando a más de 700.000 contribuyentes. No obstante, se reduce de 35 a 30 años la edad del arrendatario a efectos de la exención del 100% de las rentas de alquiler.

¿Te ha parecido interesante?

(Sin votos)

Cargando...

Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.