Consejos para ahorrar en el IRPF antes de final de año

21/11/2013

Ángel García Moreno. El ahorro declarado con las cinco deducciones más comunes del IRPF se extiende desde los 1.357 euros de un asalariado mileurista hasta los 8.294 euros de media de quien disfruta de mayores ingresos, según los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha).

Según un documento de Gestha, un contribuyente puede estar dejando de ahorrar de media 3.591 euros en su declaración de la renta por no acogerse antes de que termine el año a algunas de las deducciones más comunes y no aprovechar los cambios introducidos en la ley del IRPF.

Entre las deducciones a las que pueden acogerse los contribuyentes en esta recta final de año, los Técnicos aconsejan realizar un adelanto de parte de la hipoteca, que puede reportar un ahorro fiscal de hasta 624 euros adicionales, eso sí, para quienes realizaron la compra de vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013, cuando todavía existía este incentivo fiscal, ya desaparecido para viviendas adquiridas a partir de este ejercicio.

A esta dedución se suman otras menos utilizadas, pero también muy útiles fiscalmente. Es el caso de las cuotas de afiliación y donativos a las ONG y a otras entidades sin ánimo de lucro, que reducirían, respectivamente, la tributación en un 25% y un 10% de su importe, que llega al 30% en las donaciones a programas prioritarios de mecenazgo, como la conservación, restauración o rehabilitación de los bienes del Patrimonio Histórico Español. Incluso existe la posibilidad de realizar un aumento de la aportación a partidos políticos, por el que se podría obtener un ahorro real de hasta 115 euros.

Sin embargo, aunque todos los declarantes pueden optimizar su declaración en función de su renta, Gestha advierte de que son precisamente el 3,5% de los contribuyentes con mayores ingresos (aquellos que ganan más de 60.000 euros anuales) los que acaparan las mayores ventajas fiscales, por lo que la media de ahorro no representa realmente al ciudadano medio.

De hecho, el ahorro declarado con las cinco deducciones más comunes del IRPF se extiende desde los 1.357 euros de un asalariado mileurista hasta los 1.952 euros en el caso de ganar 30.000 euros anuales. Mientras alguien que ingresa más de 150.000 euros se está deduciendo unos 5.705 euros de media, quien disfruta de mayores ingresos consigue deducirse una media de 8.294 euros.

Consejos para aprovechar al máximo la declaración de la renta

Para reducir al máximo la factura fiscal de la declaración de la Renta correspondiente a 2013, que se presentará el próximo mes de junio, los Técnicos del Ministerio de Hacienda han elaborado un Decálogo de Consejos Fiscales para ponerlo en práctica antes del inicio del nuevo año:

1- -Una oportunidad idónea para los planes de pensiones

Los Técnicos de Hacienda recuerdan que estos últimos días del año pueden ser idóneos para hacer aportaciones a un plan de pensiones, particularmente en 2013 y previsiblemente en 2014 (según recoge el proyecto de Ley de Presupuestos del Estado para el próximo año), ejercicios en los que se han aumentado las tarifas del Impuestos sobre la Renta desde 0,75 a 7 puntos porcentuales adicionales, dependiendo del nivel de ingresos.

Gestha recuerda que estas aportaciones no sólo garantizarán unos ingresos al final de la vida laboral, sino también un ahorro fiscal desde un mínimo del 24,75% hasta un máximo del 52% de la inversión realizada, llegando al 56% en el caso de Andalucía, Asturias y Cataluña.

La ventaja para este tipo de aportaciones es mayor este año y el próximo, ya que el gravamen complementario se ha establecido, temporalmente, para los años 2012, 2013 y previsiblemente para 2014, que está pendiente de confirmar por los presupuestos generales. La cantidad límite que se puede aportar a este tipo de planes es 10.000 euros, si bien aumenta hasta los 12.500 euros cuando el partícipe tiene más de 50 años.

Además, este límite no puede superar el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas o el 50%, para los mayores de 50 años. Por otro lado, si el cónyuge no dispone de rentas netas del trabajo ni de actividades económicas o no son superiores a los 8.000 euros, los Técnicos aconsejan realizar aportaciones a un plan de pensiones a su nombre por un máximo de 2.000 euros. También son deducibles las aportaciones a favor de familiares con discapacidad hasta un tercer grado de parentesco.

2. -Deducción por vivienda habitual

Gestha recuerda que, los contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual o realizaran algún pago para su construcción antes al 1 de enero de 2013, mantienen el derecho a la desgravación en el año 2014 y sucesivos siempre que hubieran deducido por esta vivienda en 2012 o en años anteriores.

Además, pueden deducirse hasta el 15% de las cantidades invertidas con un límite de inversión de 9.040 euros. Por tanto, puede resultar interesante realizar un pago adicional para amortizar la hipoteca o en relación con la construcción de la vivienda (en este último caso hay un plazo de cuatro años para terminarla) antes de que acabe este año, siempre teniendo en cuenta el límite señalado.

No obstante, en País Vasco y Navarra, que tienen su propio IRPF, pueden seguir practicando deducción por vivienda habitual, también los que adquieran vivienda o inicien su construcción con posterioridad a 1 de enero de 2013.

3. -Hogares rehabilitados o adaptados para personas con discapacidad

Los Técnicos recuerdan también que los contribuyentes que hayan satisfecho cantidades antes de 1 de enero de 2013 para ampliar la superficie habitable de la vivienda habitual o llevar a cabo obras para su rehabilitación o adaptación para las personas con discapacidad, pueden continuar deduciendo los importes pagados este año, siempre que estas obras estén terminadas antes del 1 de enero de 2017.

La desgravación ascenderá al 15% del importe invertido con un límite de inversión anual de 9.040 euros para ampliación y rehabilitación, mientras que la deducción para obras de adaptación de personas con discapacidad es del 20% (un 25% en Cataluña), con un límite de 12.080 euros.

4. -Venta de acciones u otros bienes.

Las plusvalías obtenidas por el contribuyente como consecuencia de alguna transmisión patrimonial en un plazo inferior a un año tributan en la base general base general, que es más progresiva y, por tanto, grava más a las rentas altas. Sus tipos oscilan entre el 24,75% y el 56%. En cambio si la venta se efectúa después de un año de la adquisición del bien, tributará en la base especial con tipos más fijos, que varían del 21% al 27%.

Por tanto, si el contribuyente quiere vender un bien determinado que posea desde hace menos de un año a 31 de diciembre de 2013, Gestha aconseja esperar a que pase más de un año desde la adquisición para realizar su venta y así tributar a tipo fijo en la renta del ahorro, salvo que el resto de sus rentas sean bajas y le pudiera convenir tributar en la base general.

Si el contribuyente no puede esperar a que transcurra ese primer año, le conviene llevar a cabo la venta a partir del 1 de enero de 2014 en el caso de que resida en Madrid y Galicia, ya que ambas comunidades bajarán el tipo autonómico del IRPF, al igual que sucederá en Extremadura para quien tenga bases liquidables inferiores a 17.707 euros.

En cambio, en Cantabria, donde también se han hecho cambios en el IRPF, hay que tener en cuenta que a partir del año que viene suben los tipos autonómicos para las rentas superiores a 99.407,2 euros.

5. -Neutralice la tributación de las plusvalías por venta de vivienda habitual

En el supuesto de que el contribuyente haya vendido su casa este año, la ganancia que haya obtenido tributará este año entre el 21% y el 27% de su importe. Pero existe una forma de neutralizar este pago: reinvirtiendo total o parcialmente el importe obtenido por la venta en otra vivienda de carácter habitual.

6. -Minusvalías en sus inversiones

Para los seguidores de la Bolsa, Gestha avisa que el final de año es un buen momento para hacer cuentas y materializar las pérdidas generadas por algún fondo de inversión, acciones o derivados financieros, ya que supondrá un ahorro fiscal si se compensan con las ganancias patrimoniales obtenidas, para lo que habrá que tener en cuenta si el periodo de generación ha sido superior o inferior al año ya que sólo se compensan entre sí las que pertenecen al mismo intervalo de tiempo. Y también conviene recordar que no se podrán adquirir esos mismos valores o similares en los dos meses siguientes a la venta.

7. -Ahorrar en la declaración con el pago a sindicatos, ONGs y partidos

Los Técnicos del Ministerio de Hacienda también recomiendan a los ciudadanos que aprovechen estos últimos días del año para contribuir con colegios de huérfanos o entidades similares, pagar cuotas sindicales, de colegios profesionales con carácter obligatorio (éstas últimas con un límite de 500 euros) o de defensa jurídica contra el empleador, que podrían reducir los rendimientos hasta 300 euros.

Gestha anima también a los declarantes a que realicen donativos a alguna ONG, fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública y, en definitiva, entidades acogidas a la Ley 49/2002, pidiendo siempre un recibo o certificado con sus datos identificativos, fecha e importe donado.

El contribuyente podrá desgravarse entre un 25% y un 10% de sus aportaciones, estando exentas las ganancias patrimoniales consecuencia de la transmisión de bienes donados.Además, ahora que la crisis económica está llevando a las grandes empresas a trabajar en el exterior, Gestha señala que pueden quedar exentos de tributación los rendimientos percibidos por trabajos realizados efectivamente en el extranjero por personas desplazadas, con un límite máximo de 60.100 euros anuales.

Por último, las cuotas de afiliación y las aportaciones a partidos políticos pueden reportar al contribuyente algún beneficio adicional, ya que reducen la base imponible hasta un máximo de 600 euros anuales, lo que supondría un ahorro medio en la factura fiscal de 157 euros, que variará según la renta, la aportación del contribuyente, y su comunidad autónoma de residencia.

8. -Cuenta ahorro-empresa para crear una sociedad

A todos aquellos emprendedores que se animen a poner en marcha un negocio antes de cuatro años mediante una Sociedad Limitada Nueva Empresa, Gestha les recuerda que podrán aumentar las aportaciones auna cuenta ahorro-empresa, que permite deducirse el 15% de las aportaciones, hasta el límite de 9.000 euros anuales. Esto puede suponer un ahorro adicional de 357 euros sobre las deducciones medias que está declarando.

9. -Alquiler de inmuebles hipotecados.

Los inmuebles adquiridos mediante créditos hipotecarios en la época del “boom” inmobiliario, habitualmente a precios elevados y que suelen estar vacíos, suponen un aumento de la factura fiscal en el IRPF porque el 1,1% de su valor catastral (incluso el 2% si éste no está revisado) se considera como un ingreso a ojos de Hacienda, algo que no se aplica en el caso de la vivienda habitual.

Gestha señala que en los casos en los que los intereses abonados anualmente por el contribuyente a la entidad financiera más los restantes gastos del inmueble (comunidad, IBI, amortización, etc) superen el importe anual que el dueño recibe por su alquiler, la tributación por el IRPF no sólo será nula, sino que además puede generar rendimientos negativos que se compensen con otras posibles rentas que declare el contribuyente.

10. -Incentivos para la financiación de los «business angels» o del capital “semilla”

Amigos y familiares de quienes quieran constituir una empresa están de enhorabuena porque tendrán una recompensa fiscal, según resalta Gestha. La ley de Emprendedores, aprobada el pasado mes de septiembre, establece con efectos desde  enero de este año un nuevo incentivo fiscal en el IRPF a favor de los «business angels» o de las personas que solo están interesadas en aportar capital para el inicio de una actividad o «capital semilla”, de modo que se puedan crear nuevas empresas incorporando a su accionariado a estos inversores por un plazo que oscila entre tres y doce años.

Este tipo de inversiones permite una deducción del 20% en la cuota estatal del IRPF de la inversión realizada al suscribir las acciones o participaciones de la sociedad, siendo 50.000 euros anuales la base máxima de la deducción, limitada a una participación nunca superior al 40% del capital de la entidad. Asimismo, se fija la exención total de la plusvalía al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación.

 

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