Los reguladores estadounidenses aprueban la ‘norma Volcker’

10/12/2013

diarioabierto.es. Se prohibe a las entidades depositarias y sus filiales participar en operaciones por cuenta propia a corto plazo con determinados valores, derivados, futuros y opciones sobre estos instrumento.

Los cinco organismos federales de Estados Unidos encargados de la regulación del sector financiero del país han dado este martes su visto bueno a la redacción final de la conocida como ‘norma Volcker’, diseñada para limitar las excesivas actividades de riesgo en el comportamiento de las entidades financieras depositarias.

   En concreto, las cinco agencias encargadas de desarrollar la sección 619 de la reforma de Wall Street Dodd-Frank Wall Street y la Ley de Protección al Consumidor son la Reserva Federal estadounidense (Fed), la Comisión de Bolsa y Valores (SEC por sus siglas en inglés), Comisión de Comercio de Futuros de Materias Primas (CFTC), la Corporación Federal de Garantía de Depósitos (FDIC) y la Oficina del Controlador de la Moneda de EEUU.

La norma final, que entrará plenamente en vigor del 21 de julio de 2015, prohíbe a las entidades depositarias y sus filiales participar en operaciones por cuenta propia a corto plazo con determinados valores, derivados, futuros y opciones sobre estos instrumento. Además, impone limites a las inversiones en ‘hedge funds’ y en fondos de capital privado, así como a ciertos tipos de relaciones con ellos.

Al igual que la Ley Dodd-Frank, la normativa final incluye algunas exenciones para determinadas actividades y aclara que algunas actividades no están prohibidas, como su capacidad para actuar como agente, corredor o custodio.

«Llegar a esta votación ha llevado más tiempo del que nos hubiera gustado, pero cinco agencias han tenido que trabajar juntas para lidiar con un gran número de dificultades y responder a la gran cantidad de comentarios públicos», admitió el presidente de la Fed, Ben Bernanke, en la votación.

El cumplimiento de las nuevas exigencias variará en función del tamaño de la entidad y el alcance de sus actividades. Los bancos con una cantidad «significativa» de operaciones comerciales tendrán que establecer un programa de cumplimiento detallado y sus consejeros delegados tendrán que atestiguar que está adecuadamente diseñado para cumplir con la ley. Además, se les exigirá análisis independientes.

Por el contrario, la norma reduce su exigencia en el caso de entidades más pequeñas y menos complejas que tendrán que limitarse a cumplir los requisitos e informar de ello. Además, los bancos que no participen en este tipo de operacionos no tendrán necesidades de diseñar este programa.

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