Los tripulantes de Air Europa recuperan su salario

16/12/2013

Luis Martínez del Amo. La Audiencia Nacional obliga a la aerolínea a devolver retribuciones y un complemento al personal de cabina.

Los tripulantes de cabina de Air Europa recuperarán su nivel salarial. Tras acudir a los tribunales, la Audiencia Nacional les ha dado la razón y ha anulado el descuelgue del convenio al que se acogió la empresa. El alto tribunal aduce que Air Europa se limitó a repetir la misma oferta, sin pretender negociar realmente con los trabajadores, a quienes también se les devuelve un complemento por incapacidad temporal.

La sentencia de la sala de lo social de la Audiencia Nacional declara nula la inaplicación de determinadas cláusulas del convenio colectivo de Air Europa. Según informa Comisiones Obreras, el alto tribunal devuelve a los tripulantes de cabina el 8,47 por ciento de su salario, recortado por la empresa de forma unilateral. A través del fallido descuelgue, la empresa pretendió además sin éxito eliminar el complemento por incapacidad temporal (IT), cuya validez ahora les restituye esta sentencia.

Según relata CCOO, los hechos se remontan a 2012 cuando Air Europa plantea por primera vez el descuelgue del convenio colectivo de tripulantes de cabina de pasajeros (TCP). Los motivos esgrimidos por la empresa fueron la existencia de causas económicas y productivas.

En concreto, Air Europa pretendía ‘escapar’ del sistema de retribución salarial y de algunas mejoras para los trabajadores en las prestaciones de la Seguridad Social. En ese primer momento, Air Europa ambicionaba una rebaja salarial del 15 por ciento. Pero los sindicatos se negaron. Ante la falta de acuerdo, la cuestión pasó a la Comisión Nacional de Convenios Colectivos, el organismo encargado de pronunciarse en caso de desacuerdo. En ese momento, la Comisión decidió en marzo de 2013 que era incapaz de pronunciarse al respecto, y terminó dando carpetazo al asunto.

Lejos de amilanarse, Air Europa volvió a presentar la inaplicación en los mismos términos que en su primer intento. La empresas alegó las mismas causas y los sindicatos volvieron a rechazar el acuerdo. Pero esta vez las tornas cambiaron cuando el asunto llegó a la Comisión Nacional de Convenios Colectivos. Este organismo cambió su decisión y dio finalmente dio luz verde, tanto al recorte salarial, como a la eliminación del complemento.

Los sindicatos recurrieron la decisión. Y la Audiencia ha terminado enmendando la decisión tomada por la Comisión Nacional de Convenios Colectivos. Así, los magistrados del alto tribunal alegan que, si no existe una fase de negociación previa, la Comisión no puede intervenir.

Respecto al proceder de la empresa, los jueces sostienen que en esta segunda ocasión, Air Europa “unicamente intentó repetir el proceso negociador, sin alegar causas nuevas o realizar ofertas novedosas”, según dice la sentencia a la que se refiere el sindicato.

Además, la Audiencia Nacional recrimina a la Comisión Nacional de Convenios su actuación en el proceso. En concreto, los jueces estiman que la Comisión ha adoptado “una posición activa”, al requerir documentación a la empresa sobre su situación económica en 2013. “Al obrar de ese modo”, la Comisión ha ido “más allá de la postura sostenida por la empresa, la cual se limitó a repetir o reiniciar el proceso ya concluido”, afirma la sentencia manejada por CCOO.

En definitiva, los jueces entienden que el recurso sindical contra la rebaja salarial en Air Europa “tiene amparo legal”. “La postura de la representación de los trabajadores negándose a negociar un nuevo período de consultas y mostrándose dispuestos a negociar un nuevo convenio colectivo tiene amparo legal”, concluyen.

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