La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de 1964, herida de muerte en 1985 con el denominado ‘decreto Boyer’, termina definitivamente el 1 de enero de 2015. Todas las personas o sociedades que firmaron un contrato de arrendamiento de vivienda o de locales comerciales antes del 5 de mayo de 1985 y siguen acogidas a la denominada renta antigua, deberán actualizar sus contratos de alquiler con los propietarios. Salvo que la tienda siga a nombre de la misma persona o de su cónyuge. Si por el contrario está a nombre de una empresa o un descendiente, el contrato será nulo, ya que se habrán cumplido los 20 años de prórroga establecidos en la posterior Ley de Arrendamientos Urbanos que se aprobó en 1994, una liberalización del mercado realmente tranquila.
Los amplios plazos que se dio a esa ley aprobada por el entonces ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, José Borrell, pero que contó con el apoyo del PP, obviamente interesado en dejar solucionado este asunto antes de que le tocase gobernar, habrán provocado con seguridad que ya apenas queden situaciones de desamparo o de injusticia, en cualquiera de los dos sentidos que puede originar una ley que siempre ha sido polémica y controvertida. Y esos dos sentidos son claros.
Por un lado, inquilinos tanto de vivienda como de locales que en buena situación económica, probablemente por lo poco que han pagado siempre comparando sus rentas con precios de mercado, han aprovechado los amplios plazos de la ley, con actualizaciones blandas los últimos años de sus contratos, para buscarse alternativas.
Franco, el origen
Y por el otro, los pocos que pueden quedar, sobre todo en vivienda que tengan problemas económicos y no puedan actualizar sus rentas sin caer en situaciones de pobreza, de lo que realmente tampoco se podría acusar ni pedir cuentas nunca, y menos ahora, a sus arrendatarios, a los que el régimen de Franco expropió las rentas de sus viviendas.
Los propietarios de viviendas y locales estuvieron subvencionando años y años a sus inquilinos, que tenían derecho a subrogarse en la titularidad y las rentas de las viviendas y locales por una situación que se remontaba a después de la Guerra Civil, cuando se congelaron los alquileres de las viviendas por el conocido ‘decreto Larraz’. Desde entonces, el régimen de Franco decidió hacer beneficencia y política social sobre los arrendadores con el dinero de los propietarios en vez de con fondos del Estado, lo que dio lugar a todo tipo de situaciones de injusticia en todos los sentidos.
El punto final de la ley, han denunciado algunas asociaciones de comerciantes, puede suponer una amenaza para un gran número de locales centenarios. Nada más lejos de la verdad. Para cuando se les acabe esta ley, esos locales que han disfrutado de alquileres ridículos frente a los que están a precio de mercado, aunque la ley haya permitido actualizarlos algo en los últimos años, han tenido tiempo de sobra para ahorrar o buscarse alternativas y si no lo han hecho es su problema, aseguran los expertos consultados, ya que han tenido muchos años para hacerlo.
Por todo esto, añaden las fuentes, las últimas noticias sobre esto, la mayoría provenientes de sindicatos hosteleros, no se acercan mucho a la realidad. Madrid encabeza la lista de las provincias con comercios centenarios, ni más ni menos que 170. Muchos de ellos son históricos y gozan de muy buena fama, por lo que será difícil que desaparezcan.
Comercios
Sin embargo, el mantenimiento de los establecimientos más modestos, mercerías, pastelerías, librerías, etc, parece misión imposible. Muchos de estos locales pagan cantidades inferiores a 100 euros por locales de 150 metros cuadrados en plena Calle Serrano, y si a partir del 2015 tienen que empezar a pagar 2.000 o 2.500 euros, la gran mayoría, salvando algunos casos, se verán abocados al cierre.
Los arrendatarios no tienen otro remedio que renegociar los contratos a un precio bastante más elevado. No obstante, los tiempos actuales de crisis son los más adecuados para que se de este cambio. Los propietarios de los locales podrían preferir alquilarlos a un precio intermedio y que les paguen, a hacerlo al que corresponde, desorbitado en las mejores zonas, y que no les paguen más que el primer mes. Todo debido a la complicada situación económica que se vive todavía en España.
Donde pueden surgir más problemas en la aplicación de la ley es en los alquileres de viviendas, muchos más que en los de locales comerciales. Pero da la sensación que está todo bastante controlado, añaden los expertos, y que apenas podría haber algunos casos aislados de personas con renta baja que no puedan pagar la actualización de sus alquileres. Hace tanto tiempo que se aprobó la ley que lo normal es que queden ya pocas rentas de este tipo, sobre todo entre personas jubiladas y de mucha edad.
Sin embargo, estos casos son más delicados ahora con la crisis, y serán mucho más difíciles de tratar una vez que la nueva ley entre en vigor, aunque todos los expertos están de acuerdo en que no se puede seguir cargando el problema a los propietarios de las viviendas y que debería ser el Estado el que coja el toro por los cuernos, si es que hay que hacerlo.
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