El Parlamento Europeo aprueba definitivamente Solvencia II

11/03/2014

Miguel Ángel Valero. La norma entrará en vigor el 1 de enero de 2016 y da mayores poderes de supervisión a Eiopa.

Con 560 votos a favor, 113 en contra y cuatro abstenciones, el Parlamento Europeo ha aprobado la Directiva Omnibus II, que completa el largo y tortuoso proceso de implantación de Solvencia II. Esta norma entrará en vigor el 1 de enero de 2016. Siguiendo la estela de Basilea III para los bancos, a las aseguradoras se las exigen más ‘colchones’ de capital para afrontar los riesgos, teniendo en cuenta que sus inversiones son a muy largo plazo.

Este hecho ha sido tenido muy en cuenta por los reguladores, ya que el seguro es el principal inversor institucional en Europa y gestiona recursos por unos ocho billones de euros. Los eurodiputados han procurado no penalizar al seguro por ser un inversor a largo plazo, ya que estas operaciones buscan cubrir sus compromisos, también muy dilatados en el tiempo, con sus asegurados. Especialmente en el seguro de Vida.

Las nuevas reglas reconocen que las compañías aseguradoras conservan sus inversiones durante un periodo muy largo y que, por ello, se ven menos afectadas que otras instituciones financieras cuando se producen situaciones adversas severas y repentinas en los mercados. No obstante, Solvencia II exige a las aseguradores mantener unos colchones de capital más elevados que los requeridos actualmente y hacer unas estimaciones «más realistas» de sus pasivos. Además, tendrán que tener en cuenta el efecto de la volatilidad de los mercados financieros en sus inversiones.

 

Mayor supervisión

Los eurodiputados han aprobado medidas para garantizar una continua supervisión y mejores sistemas de control sobre la actividad aseguradora. La Directiva comunitaria refuerza los poderes de supervisión de la Autoridad Europea de Seguros (Eiopa, por sus siglas en inglés). Esta institución, encargada de la supervisión del seguro y de los fondos de pensiones y que está al mismo nivel que el Banco Central Europeo en el sistema financiero y la Esma en la de los mercados, podrá reclamar información a los países sobre la implementación de Solvencia II en las legislaciones nacionales, y establecer excepciones a sus reglas en «circunstancias excepcionales».

 

¿Te ha parecido interesante?

(+2 puntos, 2 votos)

Cargando...

Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.