Embargadas siete fincas de Nueva Rumasa

03/02/2011

M. V. R.. La familia Radó, propietaria de Inversiones Insulares Radó, ha demandado a la sociedad de los Ruiz-Mateos por no pagar lo comprometido en la venta de unos hoteles.

Lejos ya de la expropiación de Rumasa y mientras la familia Ruiz Mateos sigue buscando inversores en su ya casi permanentes ampliaciones de capital para adquirir nuevas empresas (ya suma casi 200 empresas), el Juzgado de Primera Instancia número 57 de Madrid ha ordenado el embargo preventivo de siete fincas propiedad de Nueva Rumana, tras la solicitud presentada por Inversiones Insulares Radó, propiedad de la familia Radó, debido al impago en una operación de venta de hoteles por el que han demandado a los Ruiz-Mateos.

De acuerdo con el auto del juez, Nueva Rumasa debe abonar 1,2 millones de euros a la familia Radó, de los que 910.573 euros sería la cantidad principal que adeudan, 20.385 euros por gastos y los 279.287 euros restantes en concepto de intereses por demora. Por este motivo en el auto se ordena «el inmediato embargo preventivo» de los bienes del deudor «por si no atendieran al requerimiento».

La relación de fincas expropiadas que aparecen en el auto son: cuatro fincas propiedad del Grupo Dhul; dos fincas de Clesa y una  cuya mitad «pro indivisa» es propiedad de Alfonso Ruiz-Mateos, ubicadas en San Roque (Cádiz), Alcalá de Guadaíra (Sevilla), Alicante, Valverde de la Virgen (León), Jaén y en los municipios valencianos de Aldaya y Picanya.

La demanda fue interpesta por el impago de parte del importe derivado de la venta de dos hoteles Beverly en 2008, que se cerró por 69 millones de euros (a abonar en distintos plazos en forma de pagarés nominativos) y donde la familia Radó poseía una participación minoritaria , según ha publicado la prensa mallorquina.

El auto del juez se fundamenta en el artículo 821 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, al tratarse de un procedimiento judical cambiario, que implica ordenar el embargo solicitado por el demandante. Dicho procedimiento se encuentra en la fase inicial, por lo que el juez aún no ha requerido de las partes implicadas ningún tipo de información.

De momento, de acuerdo con la legislación, los Ruiz Mateos no pueden presentar ningún recurso contra el auto de embargo, aunque podrían presentar una demanda de oposición al juicio cambiario (según el artículo 821 mencionado), lo que tampoco supone que quede sin efecto el embargo preventivo.

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