La ‘enmienda Telefónica’ dispara hasta 100.000 euros el coste de cada despido

29/03/2014

Luis M. del Amo. Empresas y sindicatos critican la norma que busca 'blindar' a los trabajadores mayores de 50 años en casos de despido colectivo.

La ‘enmienda Teléfonica’, el mecanismo creado a fin de impedir que las empresas se ‘ceben’ con los trabajadores mayores de 50 años en caso de despido colectivo, supone un “galimatías” legal, que limita seriamente la salida de las empresas mediante prejubilaciones, y que, en último término, acarrea a las empresas un sobrecoste de entre 60.000 y 100.000 euros por cada trabajador despedido cuando se superan los difusos límites marcados por la norma, advierten expertos consultados.

El despido de trabajadores mayores de 50 años puede salirle muy caro a las empresas. Las profusa legislación – la ‘enmienda’ ha conocido ya cinco redacciones en apenas cuatro años de vida- impone un sobrecoste a las empresas de hasta 100.000 euros por cada despido. Según los expertos, las últimas modificaciones no ayudan a clarificar la aplicación de la ‘enmienda Telefónica’.

La norma suscita idéntico rechazo entre empresarios y representantes sindicales. “Lo primero que te pide un sindicato es prejubilaciones y bajas voluntarias”, advierte Francisco Conde, de Cuatrecasas Gonçalves Pereira, el bufete de abogados. “Pero, con la aportación al Tesoro, es prácticamente imposible despedir a mayores de 50 años, porque dispara los costes”, señala este experto, acostumbrado a lidiar en los temidos procedimientos de extinción colectiva de contratos.

Nacida para ahorrar costes a la Administración, la enmienda tuvo su origen en la última legislatura de Zapatero. Desde su primer redacción ha conocido ya cinco redacciones. “Comporta inseguridad jurídica”, lamenta Conde.

El pasado mes de diciembre, el legislador introdujo su última modificación.. La norma fija la aportación de las empresas al Tesoro en casos de despidos colectivos en empresas o grupos de empresas. Y, según la última redacción, afecta a empresas de más de 100 trabajadores, en lugar del suelo de 500 trabajadores fijados anteriormente.

Se trata de evitar que los despidos colectivos afecten a trabajadores mayores de 50 años en proporción mayor a su presencia en la empresa. Otras condiciones es que las empresas no podrán tener beneficios en un plazo de 6 años: el año de presentación del expediente, el año previo y los 4 años siguientes. Si tienen beneficios en ese período, las empresas deben realizar la citada aportación al Tesoro.

El pasado mes de diciembre, el legislador aclaró también la definición de grupo mercantil, que se remite a lo dispuesto por el Código Mercantil, en su artículo 42.

En caso de superar esos límites, la empresa debe realizar una aportación que servirá para reintegrar al Estado el importe de la prestación por desempleo, el subsidio y las cotizaciones que ha dejado de percibir la Seguridad Social por los trabajadores mayores de 50 años incluidos en el expediente de regulación de empleo (ERE).

Desde el bufete de abogados concluyen que la enmienda Telefónica supone en su redacción actual un freno a las prejubilaciones”. “La norma es un galimatías”, agregan, después de criticar la “inseguridad jurídica” introducida por las sucesivas y “oscuras” redacciones añadidas al texto legal.

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