Abdicación sin coste económico y con chapuza sintáctica

05/06/2014

Luis Díez.

Ya saben ustedes que todas las leyes que el Gobierno remite al Parlamento han de llevar los preceptivos informes sobre el coste económico y el impacto de género. La más importante de esta primera semana de junio entró a las 14:57 horas del día 3 y fue registrada con el número 37.524 en el Congreso. Es nada menos que la ley orgánica de la abdicación del rey Juan Carlos I de Borbón en su hijo Felipe VI –ley histórica donde las haya–y, según los informes que acompañan al escueto y mal redactado artículo único, no tiene impacto económico y ni tampoco de género. Esto significa que el rey abdicado y su consorte Sofía de Grecia no nos costarán más (tampoco menos) a los españoles y que las mujeres no salen más discriminadas de lo que ya estaban. Puesto que la redacción de la escueta norma contiene un error sintáctico de categoría en su primer párrafo, pues dice que el rey “abdica la Corona de España” y se ahorra una proposición, pues se abdica “de” la Corona o bien se abdica la Corona “en”, los letrados han tenido que esforzarse en buscar un antecedente que sustente la chapuza sintáctica y no dé lugar a una sola enmienda.

La carencia de impacto económico y presupuestario del rey abdicado se basa en que la pareja cesante, que no ha cotizado a la Seguridad Social, carece de pensión, de modo que podrán adoptar los sueldos que hasta ahora venían cobrando el príncipe y su esposa. El intercambio de sueldos no modifica la partida de 7.775.040 euros asignada este año a la Familia Real y que se mantiene prácticamente congelada desde 2011. Como se sabe, ese dinero era distribuido por Juan Carlos entre sus hijos (príncipe, infantas y consortes) con funciones de representación. El rey ganaba oficialmente 292.752 euros anuales y la reina recibía 131.739 euros. Esas serán, sobre poco más o menos las cantidades que percibirán el nuevo monarca Felipe VI y su esposa Letizia. Según el informe jurídico de la abdicación, los jubilados la asignación que el padre había fijado al hijo (146.376 euros anuales) y a su consorte (102.464), lo cual no está nada mal para sus ex majestades.

Muy discutible por no decir falaz es el aserto de que la ley de la abdicación carece de impacto de género, pues a la vista está que si la Constitución de 1978 no hubiera seguido la traición sálica a las mujeres, la sucesora de “sangre azul” sería la primogénita Elena, de 51 años, seguida de su hermana Cristina, que el 13 de este mes cumple 49, y de Felipe (46 años) en tercer lugar. Quiere decirse que además de Arias Cañete, la Constitución, que fue redactada por hombres, es inequívocamente machista. Luego ya, en lo atinente al atropello sintáctico –pues las coronas no abdican–, los letrados han realizado un esfuerzo encomiable hasta hallar en la Constitución de Cádiz, de 1812, la famosa Pepa, un precepto tan mal redactado como el que se va a aprobar en el pleno del miércoles, 11 de junio.

En efecto, el artículo 172-2 de la primera Constitución española decía: “No puede el Rey ausentarse del Reino (sic) sin consentimiento de las Cortes; y si lo hiciere, se entiende que ha abdicado la Corona”. Si la Carta Magna en vigor hubiese condicionado las salidas de bureo y de placer del monarca que pone fin a sus 39 años de reinado el próximo miércoles, Adelaida en el santoral, bastantes disgustos habría ahorrado al sufrido Adolfo Suárez, a su consorte y a sí mismo. Pero, en fin, esa es otra historia. De momento, la historia sirve para resolver dudas sintácticas, al parecer derivadas de precipitación gubernamental y de la decisión de última hora del presidente Rajoy de suprimir la alusión al heredero de la Corona en la norma abdicatoria.

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