Los autónomos con rentas inferiores a 12.000 euros tributarán al 15% a partir de julio

23/06/2014

Ángel García Moreno. Es uno de los primeros pasos de la reforma fiscal que entrará en vigor el 1 de enero de 2015. Los cambios en el IRPF incluyen una rebaja del 60% al 50% de la exención de tributación en las rentas obtenidas por los propietarios por rentas del alquiler de viviendas a partir del 1 de enero de 2015.  // Presentación reforma fiscal // Anteproyectos de la reforma fiscal

El Ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, presentó ayer en rueda de la ‘letra pequeña’ de la reforma fiscal, tras la aprobación el vienes del anteproyecto por parte del Consejo de Ministros, en la que el IRPF y el Impuesto de Sociedades fueron las ‘estrellas» de los cambios tributarios que también trajo buenas noticias para los autónomos.

Así, el ministro, que compareció rodeado de los máximos cargos del ministerio, anunció que se aplicará una medida ya inmediatamente y es que los trabajadores por cuenta propia que ganen menos de 12.000 euros al año tributarán a un tipo del 15% a partir de julio, frente al 21% que tenían que pagar hasta ahora.

La reforma tambén prevé que el tipo de retención del autónomo profesional baje del 21% al 20%. Por su parte, se mantiene el tipo de gravamen reducido del 15% para empresas de nueva creación, incluido en la Ley de Emprendedores. El tipo se aplica sobe los primeros 300.000 euros de base imponible y será del 20% para el exceso de dicho importe durante dos años.

La reducción para autónomos con rentas inferiores a 12.000 euros se aplicará siempre que más del 75% de sus rentas procedan de actividades económicas.

El ministro de Hacienda justificó la reforma por el hecho de que es ahora cuando ha llegado el momento de bajar impuestos para todos, que los españoles reciban la compensación por los esfuerzos realizados durante la crisis y porque la nueva tributación favorecerá el crecimiento económico.

Preguntado si ésta era la reforma que realmente a él le hubiera gustado hacer, Cristóbal Montoro afirmó que es la «que le conviene a España» y la que se puede hacer con los límites de la situación económica.

Mínimo personal

En cuanto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la reforma prevé que el mínimo personal del IRPF se incrementará de los 5.150 euros actuales a los 5.550 a partir de 2015, cuando entre en vigor.

La reforma  incluye un incremento de la reducción por rendimientos del trabajo para las rentas inferiores a los 14.400 euros y, a partir de este nivel de ingresos, se va recortando, pero no desaparece, según precisó el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre.

El anteproyecto de ley, según el Ministerio de Hacienda, incluye un conjunto de medidas que rebajan los impuestos para los contribuyentes, «sobre todo para las rentas medias y bajas, simplifican y  modernizan los principales tributos para favorecer el ahorro y la inversión, e impulsan la competitividad de las empresas».

Los altos cargos del departamento que dirige Montoro insistieron en que como consecuencia de la bajada de las retenciones en el IRPF, 20 millones de contribuyentes contarán cada mes con más renta disponible desde enero de 2015. La rebaja media será del 12,5% y 1,6 millones de contribuyentes dejarán de tributar.

Así y siempre según el Ministerio de Hacienda, la reforma está especialmente diseñada para beneficiar a los contribuyentes con rentas medias y bajas. El 72% de los declarantes cuentan con rentas inferiores a 24.000 euros al año. Para este grupo, la rebaja media en el IRPF será del 23,47%. La rebaja media será del 19,34% para los contribuyentes con una renta inferior a 30.000 euros, y del 16,72% para rentas inferiores a 60.000 euros.

Ayudar a las familias

La reforma introduce también un «fuerte aumento» de los mínimos familiares en el IRPF, de hasta el 32%, y tres nuevos ‘impuestos negativos’ o categorías de beneficios sociales para familias y personas con discapacidad. Operarán para familias con hijos dependientes con discapacidad, familias con ascendientes dependientes y familias numerosas (3 o más hijos, con 2 hijos y uno discapacitado).

En cada uno de los casos recibirán 1.200 euros anuales, que se podrán recibir de forma anticipada a razón de 100 euros mensuales. Estos ‘impuestos negativos’ son acumulables entre sí y al actual de igual cuantía (100 euros mensuales) que perciben las madres trabajadoras con hijos menores de tres años. La suma de todos los beneficios sociales podría llegar hasta los 6.000 euros.

En el caso de una familia con dos hijos y con unos rendimientos de trabajo de 25.000 euros anuales (ejemplo renta media), la rebaja será del 13,9% de su cuota líquida. Esta llegará al 100% (dejará de tributar) para los contribuyentes que ganen menos de 12.000 euros al mes.

El aumento de los mínimos familiares y la aplicación de ‘impuestos negativos’ para ganar en equidad, se refleja sensiblemente en la cuota a pagar. Un contribuyente con un hijo con discapacidad y que perciba 17.000 euros por rentas del trabajo verá reducida su cuota líquida a pagar en un 63,1%. Una familia con tres hijos y con unos rendimientos del trabajo de 40.000 euros al año pagará un 17,8% menos. Una familia con dos hijos (uno de ellos menor de tres años) y unos ingresos salariales de 22.000 euros, pagarán un 48,1% menos.

Exenta la dación de la vivienda

La reforma del IRPF introduce otros conceptos como la exención de la ganancia patrimonial derivada de la dación de pago de la vivienda habitual. Estará exenta también la conocida como plusvalía municipal. Además se limita la exención por indemnización por despido pero se establece un mínimo exento de 2.000 euros por año trabajado para beneficiar en mayor medida a los sueldos medios y bajos, según Hacienda.

Atraer personas con talento y personal altamente cualificado

Otra de las novedades en el impuesto, que bajará una media del 12,5% hasta 2016 y dejará exentos de tributación a 1,6 millones de contribuyentes con rentas inferiores a 12.000 euros, es la modificación del régimen fiscal de impatriados, con el objetivo de atraer a España personas con talento y personal altamente cualificado, por ejemplo, del ámbito científico o económico, para trabajar en empresas establecidas en el país.

En concreto, se fija un tipo específico del 24% para los primeros 600.000 euros de retribución, mientras que el resto de los ingresos que excedan esa cifra tributarán al tipo marginal máximo del IRPF como cualquier otro contribuyente.

Excluídos los deportistas

Según Hacienda, para evitar efectos que no se buscan con ese régimen se excluye expresamente a los deportistas profesionales.

No residentes

Por otro lado, el Impuesto de la Renta de no residentes se adecua a la tributación del IRPF, de tal manera que el tipo general baja del 24,75% al 24%. El tipo para rentas de la Unión Europea se reduce del 24,75% al 20% en 2015 y al 19% en 2016.

Limitación del sistema de módulos

La reforma limitará el sistema de módulos y reducirá el umbral de exclusión de 450.000 a 150.000 euros de ingresos y de 300.000 a 150.000 euros de gastos. Asimismo, excluirá las actividades que facturen menos de un 50% a personas físicas.

Quedan excluidas las actividades a las que se aplica el tipo de retención del 1%, como las actividades de fabricación (con pequeñas excepciones) y la construcción (albañilería, fontanería, instaladores, carpintería, cerrajería, pintura).

En cambio, permanecerán en módulos la fabricación de pan y bollería, pastelería y masas fritas, la impresión de textos, el comercio al por menor, las cafeterías, restaurantes, quioscos, hoteles de dos estrellas o inferior categoría, talleres de reparación, transporte de viajeros por carretera, taxistas, mensajeros, escuelas y autoescuelas, tintorerías y peluquerías.

Asimismo, permanecen en el sistema de módulos los sectores de la agricultura y la ganadería, pero con peculiaridades propias, como un umbral de exclusión de 200.000-150.000 euros.

Ahorro

La reforma del IRPF incluye una rebaja de la tributación del ahorro. Se hace introduciendo progresividad en el tramo superior. La nueva tarifa consta de tres tramos: el primero, hasta seis mil euros, bajará tributación del 21% al 20% en 2015, y al 19% en 2016; desde 6.000 hasta 50.000 euros, el tipo bajará hasta el 22% en 2015 y al 21% en 2016; a partir de 50.000 euros, el tipo de gravamen se situará en el 24% en 2015, y en el 23%, en 2016.

La reforma incorpora también nuevos instrumentos para potenciar el ahorro a medio y largo plazo. Pensando en los pequeños y medianos ahorradores, el Gobierno crea un nuevo instrumento que les dará beneficios fiscales y será una alternativa, o incluso un complemento, a los planes de pensiones u otras formas de ahorro.

Así, los nuevos Planes «Ahorro 5» podrán adoptar la forma de cuenta bancaria o seguro, que garanticen la restitución de, al menos del 85 por 100 de la inversión. Los rendimientos generados disfrutarán de exención si la inversión se mantiene un mínimo de cinco años.

En el caso de los planes de pensiones se mantiene su régimen fiscal pero se fija una única aportación máxima de 8.000 euros por año.

Por último, la nueva escala del impuesto se articula en cinco tramos, frente a los siete actuales, y entrará en vigor en dos fases: la primera en 2015, con un tipo mínimo del 20% y un máximo del 47%, y la segunda fase en 2016: donde el tipo mínimo se situará en el 19% y el máximo, en el 45%.

Impuesto de Sociedades

El Impuesto sobre Sociedades incorpora una bajada de tributación y medidas para fomentar la competitividad de las empresas y simplificación de deducciones. Para consolidar la aproximación de la fiscalidad de las empresas a los países del entorno, el tipo de gravamen general se reducirá desde el 30% al 25%, en 2015, y al 25%, en 2016.

Se crea una reserva de capitalización (minoración del 10% de la base imponible por incremento de fondos propios) que sustituye a la actual deducción por reinversión de beneficios.

Las pymes, además, tendrán acceso a una nueva reserva de nivelación, exclusivamente para ellas. Se trata de una minoración del 10% de la base imponible con un límite de un millón de euros. La cantidad se compensará con bases imponibles negativas en un plazo de 5 años. El tipo de gravamen de las pymes puede llegar al 22,5% si utiliza esta reserva de nivelación, y al 20,25% si suma la de capitalización empresarial. Además se mantiene el régimen especial de entidades de reducida dimensión que ofrece otros beneficios a las pymes como la libertad de amortización.

El nuevo Impuesto sobre Sociedades ofrece una reordenación de deducciones, manteniendo las actuales por I+D+i y por creación de empleo. Al mismo tiempo, se amplía la base imponible del impuesto para acercar el tipo efectivo al tipo nominal. Para ello, se limita la deducibilidad de gastos por deterioro, se mantiene la limitación de gastos financieros y se fija un límite general del 60% a la compensación de bases imponibles, que empezará a operar en 2016.

Con el objetivo de favorecer el desapalancamiento financiero (control del endeudamiento empresarial) se fija un límite general del 60% a la compensación de bases imponibles negativas, que empezará a operar en 2016. Se trata de una medida equiparable a la fiscalidad del entorno con el fin de sanear los balances de las empresas españoles.

Con el fin de mantener la recaudación en 2015, se prorrogan para ese ejercicio las medidas temporales en vigor (pagos fraccionados incrementados, limitación de compensación de bases imponibles negativas y fondo de comercio), que afectan, fundamentalmente a las grandes empresas.

Por otro lado, se equipara el trato fiscal de participaciones de entidades residentes y no residentes para adecuarlo al tratamiento internacional.

Mecenazgo

La reforma fiscal incluye un impulso a las actividades de mecenazgo. La deducción por donativos en el IRPF se eleva del 25% al 30%. Para incentivar la estabilidad en la aportación de estos recursos el porcentaje se eleva en otros 5 puntos si se mantiene durante tres años.

Para ampliar la participación social en estas actividades, se fija una deducción del 75% para donativos inferiores a 150 euros. El donativo que exceda de esta cantidad se beneficiará de los otros tipos incrementados.

Lucha contra el fraude

La reforma fiscal refuerza también la lucha contra el fraude tributario dotando a la Administración de nuevos instrumentos, complementarios a la Ley antifraude aprobada a finales de 2012. De esta forma, se modifica la Ley General Tributaria para la publicación de listas de morosos con la Agencia Tributaria.

Entre otras novedades se incluye también cambios en el procedimiento inspector con nuevos plazos y suspensión en casos tasados. Además, se establece el procedimiento para la liquidación administrativa en los casos de delito fiscal y se amplían los supuestos de liquidación tributaria a los delitos de contrabando.
Anualmente se publicará la lista de paraísos fiscales en función del intercambio efectivo de información tributaria.

 

 

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