Los accionistas de referencia de Aena tendrán que mantener su participación un año

28/08/2014

diarioabierto.es. El plazo para presentar las ofertas al concurso del tramo restringido para accionistas de referencia finalizará el próximo 23 de septiembre, según el BOE.

Los accionistas que integren el futuro ‘núcleo estable’ de Aena tendrán que mantener su participación «al menos durante un año», según se desprende de los pliegos del concurso licitado por ENAIRE para la enajenación de hasta el 21% del capital del gestor de los 46 aeropuertos y 2 helipuertos españoles.

El concurso forma parte de la entrada de hasta el 49% de capital privado en Aena, al que seguirá la colocación del 28% en Bolsa mediante una Oferta Pública de Venta (OPV) y se producirá en dos fases.

Las ofertas deberán contemplar un precio máximo por acción -que será el compromiso de pago que se asumirá por título- aunque el precio final a pagar por las acciones será el que se fije en la OPV para los inversores cualificados, según los pliegos del concurso, que fijan el precio mínimo en 22,67 euros.

En una primera fase se determinarán los candidatos que serán invitados a presentar oferta y, posteriormente, se procederá a la selección de los inversores de referencia de entre aquellos candidatos que haya decidido continuar en el proceso.

A partir del 27 de agosto y hasta el 29 de septiembre, ENAIRE, la entidad pública matriz de Aena, notificará a cada candidato si ha sido seleccionado o no.

Entre un 5% y un 11% cada uno

Cada uno de los inversores de referencia, entre dos y cuatro, adquirirá un porcentaje de entre el 5% y un máximo del 11% -frente a la horquilla de entre un 5% y un 7% anterior- de forma que no se supere el 21% del capital social de Aena.

Asimismo, «no podrán adquirir acciones adicionales» ni suscribir pactos entre ellos durante el año de compromiso de la inversión.

Los candidatos tendrán que acreditar unos fondos mínimos de 250 millones de euros para invertir o contar con el compromiso de financiación de una o más entidades y acreditar activos por valor de 1.000 millones de euros.

En el caso de que se trate de sociedades gestoras deberán contar con activos bajo gestión por valor igual o superior de 500 millones de euros, entre otros supuestos.

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