Los autónomos ven denegadas la mitad de sus solicitudes para cobrar el paro

04/09/2014

Luis M. del Amo. UPTA pide participar de forma directa en la gestión de la prestación por cese de actividad.

Apenas un 0,30% lo han solicitado. Pero, de ellos, los autónomos que tienen derecho a cobrar por cese de actividad –el ‘paro’ de los autónomos–, solo un 50% lo consiguen. Aunque la cifra queda lejos de la registrada año pasado, cuando se rechazaban más del 61,5% de las solicitudes, las organizaciones del sector han pedido que se les deje participar directamente en la gestión de la prestación. La ley de Mutuas, hoy en trámite parlamentario, revisará el mecanismo mediante el cual se conceden los beneficios por cese de actividad.

Cerca de un 50% de los autónomos vieron denegada su solicitud de prestación por cese de actividad hasta el pasado mes de junio, según los datos que maneja UPTA. La Unión de Trabajadores Autónomos denuncia que las condiciones que requiere el acceso a la prestación siguen siendo muy difíciles de probar. Por eso, las entidades gestoras, las Mutuas, el servicio público de empleo (SEPE) y el Instituto Social de la Marina deniegan la mayoría de las peticiones.

De hecho en el segundo trimestre la proporción de denegaciones no hizo sino aumentar, un 4,7% más que en el trimestre anterior. En conjunto, entre enero y junio, un 31,6% de las prestaciones han recibido luz verde, aseguran desde la asociación.

En ese momento, algo más de 633.500 autónomos cotizan por la prestación por cese de actividad, un derecho recogido en la ley 32/2010, que desarrolla este sistema específico de protección para los autónomos. Pueden acogerse a él los trabajadores autónomos incluidos en el RETA y los trabajadores agrarios por cuenta propia, enmarcados en el SETA.

Requisitos

Se exige contar con un período mínimo de cotización por cese de actividad de 12 meses continuados, e inmediatamente anteriores al cese. Además, el cese de la actividad se deberá a motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos, causas de fuerza mayor, pérdida de una licencia administrativa, violencia de género, divorcio o acuerdo de separación matrimonial, todo ello debidamente justificado.

Los beneficiarios también deberán firmar un compromiso que les obliga a realizar las actividades formativas o de orientación profesional a las que pueda convocarles el servicio público de empleo (antiguo Inem), mientras disfrutan del cobro de la prestación.

Por último, no deberán haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación, salvo que no tuviera acreditado el período de cotización requerido para ello.

Duración y cuantía de la prestación

El período de disfrute de la prestación se calculará en función de los períodos cotizados por el trabajados dentro de los 48 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad. De este modo, los trabajadores con, entre 12 meses y 17 meses cotizados, tienen derecho a 2 meses de prestación. El máximo son 12 meses de disfrute a que dan derecho 48 meses cotizados. Cuando el cotizante es mayor de 60 años, se beneficia de una tabla de duraciones más generosa.

La cuantía de la prestación será del 70% de la base reguladora. Para calcularla, solo se tienen en cuenta los 12 meses anteriores a causar el cese, con un promedio de las bases cotizadas en ese período.

La cuantía máxima será del 175% del Iprem, que actualmente asciende a 532,51 euros mensuales; es decir, 931,89 euros, salvo los trabajadores con uno o más hijos a su cargo; en esos casos, la cuantía asciende al 200% y 225%, respectivamente; esto es, 1.065,02 euros mensuales, con un hijo; y 1.198,15 euros, con dos o más hijos.

La cuantía mínima varía entre el 107% (569,78 euros) y el 80% (425,20 euros), dependiendo de si el trabajador autónomo tiene hijos a su cargo, o no.

Cambios con la ley de Mutuas

Tras conocer estos datos, la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) ha urgido al Gobierno a abordar un cambio en la ley de prestación por cese de actividad. El responsable de la organización, Sebastián Reyna, ha reclamado que se otorgue más peso a los autónomos a la hora de gestionar la prestación. Una gestión que cambiará a raíz del proyecto de ley de Mutuas, que se encuentra en trámite parlamentario.

La principal causa de denegación de la prestación entre enero y junio ha sido no acreditar correctamente el cese de actividad, con 1.471 casos registrados, según los datos de la Seguridad Social, que elevan a 1.888 el número de denegaciones apuntadas en ese período. En cambio, según la misma fuente, la cifra de denegaciones el año pasado escaló hasta las 5.322.

El pasado año, el antiguo Inem y las entidades gestoras denegaron un 61,5% de las solicitudes de prestación por cese de actividad, en primera instancia; esto es, unas 5.325 de las 8.650 presentadas, según datos de la Seguridad Social.

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