El seguro de administradores y directivos crece gracias a las pymes

04/11/2014

Miguel Ángel Valero. El 74% de las empresas no contrata esta póliza, según el VII Estudio D&O, elaborado por Marsh en colaboración con Cuatrecasas, Gonçalves Pereira.  

Prácticamente una de cada dos empresas españolas no conocen la existencia del seguro de administradores y directivos (D&O, por sus siglas en inglés). Aunque el grado de conocimiento ha mejorado en cinco puntos respecto al año pasado, el 74% de las empresas todavía no contratan esta póliza, reconoce el VII Estudio D&O, elaborado por Marsh en colaboración con Cuatrecasas, Gonçalves Pereira.

No obstante, en 2013 la contratación de estas pólizas creció un 34,3%. Y el volumen de primas se incrementó un 6,19%, alcanzando los 154 millones de euros.

Pese al incremento, este volumen de primas sigue situando a España por debajo de los niveles de los países de su entorno. Y muy lejos aún de los 700 millones de euros de Reino Unido, los 490 millones de Alemania, los 340 millones de Francia, o los 215 millones de Italia.

Llama la atención que el crecimiento en la contratación de seguros para administradores y directivos de empresas se debe a las de menor tamaño. El 39% de las pymes contrata ya seguros de D&O. Todas las empresas del Ibex cuentan con esta cobertura. El 79% de las sociedades cotizadas, y el 63% de las que no están en Bolsa.

Tras 25 años de vigencia del seguro de D&O en España, y pese al notable desconocimiento existente en España, el informe considera que es un producto que “está consolidado ya en la empresa, independientemente del sector o del tamaño”. Esta tendencia es “un reflejo de la exigencia social de gestionar la empresa con transparencia y aportar valor social”.

Las cualidades de los seguros de D&O más valoradas por los directivos de las empresas españolas son la cobertura del patrimonio personal de éstos, el poder resarcir a la sociedad de los perjuicios causados por sus administradores, y contribuir a la eficiencia en la gestión de riesgos corporativos.

 Impactos legales

“La reforma de la Ley de Sociedades de Capital ampliará la tipificación de conductas desleales del estatuto de administradores. Por un lado, se tendrán en cuenta las obligaciones básicas derivadas del deber de lealtad, como el deber de secreto, de abstención de voto en casos de conflicto de interés o actuación independiente. Por otro, aquellas conductas relacionadas con situaciones de conflicto de interés en el que el administrador pueda beneficiarse de la actividad de la sociedad o de aquellas competidoras”, señala el informe.

Esta modificación también flexibilizará el deber de diligencia en el régimen de responsabilidad civil. Mediante la aplicación la discrecionalidad empresarial (la ‘business judgment rule’), la ley amparará al administrador “siempre que se demuestre que ha actuado de buena fe, sin interés personal, con información suficiente y en base a un procedimiento de decisión adecuado”, insiste el estudio.

La reforma del Código Penal tiene previsto atribuir la responsabilidad penal a la persona jurídica y sancionará la omisión de medidas de vigilancia y control por parte de administradores y representantes legales de la empresa. Ésta deberá implantar obligatoriamente programas de cumplimiento (‘corporate compliance’) eficaces en la prevención y detección de delitos.

El estudio de Marsh y del bufete Cuatrecasas concluye que las reformas de la Ley de Sociedades de Capital y del Código Penal “contribuirán al mejor gobierno corporativo” y recuerda que “desde la Comisión Europea y la OCDE están fomentando la implicación del accionista en el gobierno de las sociedades cotizadas”.

 

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