La Audiencia Nacional desmonta la defensa de Blesa sobre las tarjetas

18/11/2014

Miguel Ángel Valero. El expresidente de Caja Madrid "contribuyó eficazmente a la emisión, entrega y uso para fines que nunca habían sido aprobados por el Consejo de Administración".

La Audiencia Nacional ha desmontado muchos de los argumentos utilizados por el expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa en su defensa sobre el escándalo de las tarjetas ‘opacas’ de esta entidad y de Bankia, En un demoledor auto de la Sala Tercera de la Sala de lo Penal, los magistrados Guillermo Ruiz Polanco, Ángeles Barreiro y Carmen Lamela (ponente) confirman la finanza de responsabilidad civil de 16 millones de euros impuesta por el juez Fernando Andreu.

La Sala argumenta que el consejo de administración de Caja Madrid «en ningún momento aprobó» que las tarjetas ‘opacas’ que tenían sus directivos se destinaran a sufragar gastos «de carácter personal y ajenos al ejercicio de sus funciones». También, que Blesa contribuyó eficazmente a la emisión, entrega y uso de las tarjetas para fines que nunca habían sido aprobados por el Consejo de Administración».

Blesa alegó que la creación de las tarjetas ‘opacas’ se produjo durante el mandato de su antecesor, Jaime Terceiro, y aportaba actas que supuestamente demostraban esa afirmación. Pero los jueces replican que ninguna de las actas de los consejos que ha aportado al procedimiento demuestra que este órgano amparara «la emisión, entrega y uso» que en realidad se hizo de los plásticos.

También rechazan que las tarjetas constituyeran «un complemento retributivo», como alegó Blesa en su declaración ante el juez Andreu, ya que los gastos que provocaron en la entidad (15,2 millones de euros entre 1996 y 2012) no se contabilizaban en la cuenta de remuneraciones y no eran sometidas a la correspondiente retención fiscal.

Los magistrados  destacan en su auto que Blesa no puede alegar «desconocimiento» del uso que los 83 consejeros de Caja Madrid y Bankia hicieron de las tarjetas ‘opacas’ porque su «emisión, entrega y límites de disposición» se fijaron con su «beneplácito», tal y como admitió en su declaración ante el juez instructor.

Blesa admitió haber «recibido y utilizado» esas tarjetas, por lo que, «como presidente de la entidad durante 13 años y como usuario, tuvo que conocer el reflejo que las disposiciones efectuadas tenían en la contabilidad de la entidad, así como la falta de reflejo en su nómina y en la certificación de retenciones que anualmente se le entregaba a efectos de la declaración del impuesto correspondiente».

«Perjuicio real y efectivo»

Los jueces de la Sala de lo Penal consideran que el uso de las tarjetas ‘opacas’ provocaron «un perjuicio real y efectivo» primero para Bankia y luego para el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), que «se vio obligado a la aportación de capital público para sanear las cuentas de la entidad»

Tras destacar la «gravedad de los hechos» que se imputan a Blesa, la Sección Tercera destaca que la cuantía de la responsabilidad civil que «previsiblemente pudiera declararse procedente aconseja desde luego la adopción de la medida impugnada al objeto de asegurar el normal desarrollo del proceso, garantizar la ejecución de una posible futura sentencia condenatoria y dar protección a los perjudicados».

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