Una vez disuelta la sociedad se abre el periodo de liquidación, salvo en los supuesto de fusión escisión total o cualquier otro de cesión global del activo y el pasivo.
La responsabilidad de los accionistas y administradores de la sociedad cesa con la apertura de la etapa de liquidación.
En efecto, la Ley de Sociedades de Capital establece que desde el momento en que la sociedad se declare en liquidación, cesará la representación de los administradores para hacer nuevos contratos y contraer nuevas obligaciones.
En la práctica los mismos administradores y accionistas de la sociedad suelen ser los liquidadores durante el proceso de liquidación.
Los liquidadores responden ante los accionistas y los acreedores de cualquier perjuicio que les hubiesen causado con fraude o negligencia grave en el desempeño de su cargo.
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