El Banco de España eleva la presión para que las entidades que trabajan con tarjetas de crédito moderen las comisiones que cobran a las empresas y a los clientes particulares. La Circular 1/2015, de 24 de marzo, sobre información de las tasas de descuento y de intercambio percibidas, ha entrado en vigor tras su publicación en el BOE el 30 de marzo.
La circular va dirigida a las entidades de crédito, a los establecimientos financieros de crédito, a las entidades de pago, a las entidades de dinero electrónico y a las sucursales en España de las entidades extranjeras. Pero no será de aplicación a las entidades que operen en España bajo el principio de libre prestación de servicios (sin presencia física).
Todas las entidades afectadas deberán comunicar al Banco de España las tasas de intercambio y descuento percibidas en el trimestre por tarjetas de empresa y de particulares.
Esta información deberá remitirse no más tarde del día 15 del segundo mes siguiente al trimestre natural al que se refieren los datos. El supervisor especifica que la información relativa a las tasas de descuento habrá de ser enviada incluso cuando el proveedor de servicios de pago del ordenante y del beneficiario sea la misma entidad.
Los primeros estados que deberán declarar las entidades serán los que corresponden al tercer trimestre natural de 2014 y recogerán, exclusivamente, los datos referidos a las operaciones realizadas entre el 1 y el 30 de septiembre de 2014. Los estados relativos al tercer y al cuarto trimestre natural de 2014 y al primer trimestre natural de 2015 se podrán enviar, excepcionalmente, el último día hábil del mes de mayo de 2015.
El Banco de España publicará toda la información recibida trimestralmente de las entidades, “excepto la relativa a las tasas de descuento percibidas en los sistemas de pago de tarjetas de pago tripartitos”. El motivo que justifica esta exclusión es evitar que la publicación de esas tasas de descuento facilite calcular, “siquiera de manera indirecta”, el volumen de operaciones de los sistemas de tarjetas de pago tripartitos que operan en España, “aspecto que tiene carácter confidencial”.
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