Bruselas investiga si los activos fiscales diferidos de la banca son ayudas de Estado

07/04/2015

Miguel Ángel Valero. El Ministerio de Economía replica que no lo son, porque no constituyen un privilegio, ya que cualquier empresa puede acceder a estas ventajas.

La Comisión Europea ha iniciado una investigación preliminar para determinar si las garantías que ha concedido España a los activos fiscales diferidos (DTA, por sus siglas en inglés) de la banca con el fin de que computen como capital de máxima calidad constituyen ayudas de Estado y, por tanto, ilegales. La investigación de Bruselas, que reconocer estar basada en “una denuncia de entidades interesadas y de algunos eurodiputados” presentada en diciembre de 2014, afecta también a Grecia, Italia, Chipre y Portugal. Aunque Alemania o Francia han utilizado los DTA hace años, la Comisión Europea considera que son estos cinco países, todos curiosamente del Sur, “los únicos” que los siguen utilizando.

Competencia quiere determinar, fundamentalmente, si los Estados permitieron la utilización de los DTA exclusivamente a las entidades financieras, lo que constituye un privilegio que contradice el Tratado de la Unión, o también a empresas privadas.

En esta fase inicial de la investigación preliminar, la Comisión Europea está estudiando la información enviada por los países investigados. Probablemente, la próxima decisión de Bruselas sea exigir más datos sobre los DTA al considerar que la información remitida por los Gobiernos es insuficiente. «Necesitamos estudiar cómo funcionan estas medidas fiscales en cada Estado y decidir si son ayudas públicas o no», señalan en la Comisión, donde no ocultan que el proceso será “largo, muy largo”.

Los activos fiscales diferidos consisten en contabilizar como un activo en el balance del banco los ahorros en impuestos por tener pérdidas, aunque éstos sólo pueden materializarse cuando la entidad vuelve a obtener beneficios. La normativa contable internacional fija que los DTA no pueden utilizarse en el cálculo de los recursos propios de máxima calidad. En Europa se llegó al acuerdo de dejar de contabilizarse progresivamente hasta su extinción en 2019.

“Mero cuestionario”

En el Ministerio de Economía consideran la carta remitida por Competencia al Gobierno español (como a los de Italia, Chipre, Grecia y Portugal) para recabar información sobre los DTA como “un mero cuestionario que no prejuzga ninguna conclusión”.

La posición de Economía es que las garantías concedidas por España (y otros países europeos) a los activos fiscales diferidos de la banca con el fin de que computen como capital de máxima calidad no constituyen ayudas públicas ilegales. No pueden considerarse como ayudas de Estado a la banca al no tratarse de un mecanismo discriminatorio, ya que cualquier empresa puede hacer uso de esta prerrogativa.

También resaltan que casi todos los países miembros de la UE han dispuesto o disponen de garantías similares sobre los créditos fiscales diferidos.

El Gobierno de Mariano Rajoy aprobó en diciembre de 2013 una reforma legal para convertir 30.000 millones de esos activos en créditos fiscales. Éstos, al contar con el aval del Estado, pueden seguir computando como capital de máxima calidad. Con ello completó la reestructuración del sistema financiero y facilitó que pasara los exámenes del Banco Central Europeo.

En ese momento, con el rescate a la banca española gracias a las ayudas públicas autorizadas desde Bruselas, la Comisión Europea dio el nihil obstat a esa reforma al considerar que “es compatible con el memorándum de entendimiento del programa de asistencia al sector financiero español”. “Es en principio compatible con la legislación de la UE, siempre que no constituya una ayuda pública”, se curaba en salud la Comisión.

 

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