El Banco de España defiende su actuación en el Banco Madrid

10/04/2015

Miguel Ángel Valero. El mismo día que el Tesoro de EEUU acusaba a BPA de blanqueo, el supervisor recibía el informe del Sepblac sobre incumplimientos de la filial española. // Nota informativa sobre las actuaciones del Banco de España en relación con el Banco de Madrid

El 10 de marzo se abrió la caja de los truenos en la banca de Andorra, con inmediatas repercusiones sobre la española. El relato que hace el Banco de España, precisamente un mes después, sobre el caso BPA/Banco Madrid sorprende por la cantidad de acontecimientos que suceden ese día. La Financial Crimes Enforcement Network (FinCen) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos comunicaba su decisión de considerar a Banca Privada d’Andorra (BPA) como institución financiera extranjera sometida a preocupación de primer orden en materia de blanqueo de capitales, apoyándose en informaciones que indicaban que, “durante varios años, gestores de alto nivel de BPA habrían facilitado intencionadamente transacciones por cuenta de blanqueadores de dinero relacionados con organizaciones criminales internacionales”.

El anuncio del Tesoro de EEUU implicaba la imposibilidad para BPA y todas las entidades de su grupo (entre las que estaba incluido Banco de Madrid, propiedad 100% de BPA), de operar en dólares en los Estados Unidos y de mantener activas sus cuentas de corresponsalía con entidades norteamericanas

Ese mismo día, martes 10 de marzo, se recibió en el Banco de España el informe del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac), fechado el día 25 de febrero y elaborado a partir de la inspección realizada en Banco Madrid en 2014, en el que se incluían presuntos incumplimientos de la normativa española de prevención de blanqueo de capitales.

También el 10 de marzo, tras las graves acusaciones incluidas en la decisión de FinCen, el Institut Nacional Andorrá de Finances, el supervisor bancario en el país, aprobó la intervención cautelar de BPA, único accionista de Banco Madrid, entidad con la que compartía consejero delegado.

El Banco de España aprobó también ese mismo día la intervención de Banco de Madrid teniendo en cuenta “las informaciones incluidas en la decisión de la FinCen, la actuación del INAF y, adicionalmente, las derivadas del informe del Sepblac, que podían afectar significativamente a la operativa de la entidad y poner en peligro su estabilidad”.

Un día más tarde, en la noche del 11 de marzo, el supervisor bancario andorrano acordó suspender temporalmente en sus funciones al consejo de administración de BPA y designar tres administradores provisionales. En el curso de la mañana del 12 de marzo, el consejo de administración de su filial Banco Madrid, presidido aunque sin funciones ejecutivas por el exdirector general de Inspección del Banco de España, José Pérez, se dirigió al supervisor solicitando su sustitución.

“A la luz de dicha solicitud, teniendo en cuenta las graves dificultades operativas de la entidad, la Comisión Ejecutiva del Banco de España aprobó la sustitución del consejo de administración de Banco de Madrid y el nombramiento de tres administradores provisionales con el objeto de preservar, en lo posible, la estabilidad de la entidad”, argumenta el supervisor en su relato. Esta designación de administradores implicaba el cese de la intervención acordada el 10 de marzo y la terminación en sus funciones de los interventores designados.

Fuga del 20% de los depósitos

El 15 de marzo, la Comisión Ejecutiva del Banco de España se reunió nuevamente para analizar la evolución de la liquidez y de la operativa del Banco de Madrid, que se habían deteriorado fuertemente los días 11, 12 y 13 de marzo, con una salida de fondos superior al 20% de los depósitos. Esta situación “se agravaría con toda seguridad a la apertura de operaciones el lunes siguiente ante las nuevas informaciones recogidas ampliamente en todos los medios de comunicación sobre la detención y envío a prisión en Andorra del consejero delegado de BPA y de Banco Madrid, y sobre los presuntos incumplimientos del Banco Madrid de la normativa española de prevención del blanqueo de capitales, tras la apertura de expediente sancionador por el Comité Permanente de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias y el consiguiente traslado al Ministerio Fiscal de los hechos detectados por el Sepblac, para que aquél estimase la posible concurrencia de indicios de delito”.

La consecuencia es que el Banco de España acordó ese día suspender el acceso de Banco Madrid al sistema interbancario, decisión que fue ratificada posteriormente por el BCE.

El 16 de marzo los administradores provisionales del Banco Madrid hicieron pública su decisión de solicitar concurso de acreedores y de suspender la operativa de la entidad en tanto se pronunciara la autoridad judicial competente, recayendo dicha solicitud en el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid.

Ese mismo día, el Gobierno de Andorra aprobó un Decreto facultando a los administradores provisionales de BPA para establecer límites a las operaciones de pago y retirada de fondos, quedando estos fijados en la cifra de 2.500 euros por cuenta y semana.

No al proceso de resolución

El 18 de marzo, a la vista de la situación de Banco Madrid, la Comisión Ejecutiva del Banco de España adoptó el acuerdo de notificar al FROB que no procedía la apertura de un proceso de resolución por no apreciarse las razones de interés público. El FROB contestó al oficio del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid, comunicándole que no iniciaría la apertura de un proceso de resolución de Banco Madrid. Y ese día el Banco de España se dirigió al Fondo de Garantía de Depósitos para comunicarle que, por razones derivadas de la situación financiera de Banco de Madrid, “a partir del día 16 se habían suspendido las operaciones de la entidad y se habían producido impagos de depósitos vencidos y exigibles de sus clientes, sin perspectivas de que la entidad pudiera hacerlo en un futuro inmediato”.

Tras tener conocimiento de esta comunicación y de la decisión del FROB de no proceder a la resolución del Banco Madrid, el Fondo de Garantía hizo público, el mismo día 18, que iniciaba los procedimientos para satisfacer a los depositantes de la entidad Banco de Madrid los importes garantizados (hasta 100.000 euros por titular).

El 25 de marzo el titular del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Madrid aprobó el auto de declaración de concurso de Banco Madrid. Y la Comisión Ejecutiva del Banco de España, el 7 de abril, acordó el cese de la medida de sustitución de administradores de Banco Madrid adoptada el 12 de marzo, una vez asumidas por el administrador concursal las facultades de gestión y disposición de la entidad. Los administradores provisionales mantendrán su condición hasta que BPA, accionista único de Banco de Madrid, proceda a nombrar nuevos administradores.

Conclusión: “El Banco de España ha actuado, en el marco de sus responsabilidades como supervisor prudencial y banco central, dando respuesta al grave impacto que los acontecimientos producidos han ocasionado sobre la operativa y la viabilidad de la entidad”.

“El Banco de España seguirá actuando, en el ámbito de sus competencias, con la máxima celeridad posible, y seguirá colaborando con la autoridad judicial, el Gobierno, la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el Banco Central Europeo y las autoridades competentes del Principado de Andorra en todo lo que sea necesario o se le requiera, para la gestión ordenada de la problemática que plantea la situación de Banco Madrid”, añade el supervisor.

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