Consejos jurídicos para usuarios de Internet

13/05/2015

diarioabierto.es. En Internet el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento, recuerdan desde Legalitas. Un mal uso podría suponer la vulneración de los derechos de propiedad intelectual y se puede cometer un delito con penas de tipo penal.

¿Eres usuario de internet? ¿Tienes un blog? ¿Trabajas como community manager?¿Actualizas a diario tus perfiles en redes sociales?. Si la respuesta a cualquiera de estas preguntas es afirmativa es fundamental cumplir con la legalidad vigente, algo que parece sencillo y lógico a primera vista, pero que en muchas ocasiones por mero desconocimiento no es así, recuerdan desde Legalitas.

Dibujar un marco jurídico acorde con el ritmo al que evoluciona internet es algo complejo, sin embargo el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento. Por ese motivo desde Legálitas señalan que se deben conocer los límites legales de las actuaciones en la red, para no incurrir en algún ilícito jurídico.

Es fundamental cuidar el contenido de todo aquello que se publica, tanto textos como imágenes y vídeos, puesto que estos en muchas ocasiones pueden vulnerar los derechos de algún tercero, algo que puede tener consecuencias jurídicas. Con motivo del “Día Mundial de Internet” Legálitas ofrece una serie de consejos jurídicos muy útiles:

– El texto. Resulta obvio indicar que el autor de un texto es titular de los derechos y por lo tanto es también el único legitimado para autorizar su reproducción en cualquier otro lugar, incluidos otros blogs. No obstante, existen una serie de límites a los derechos de autor, como el «derecho de cita» o la «excepción de actualidad», que permiten la reutilización de textos de terceros aunque solo en ciertos supuestos: “El derecho de cita” es requisito que la obra original en la que aparece esté ya divulgada, y que al usarla se mencione la fuente y, sobre todo, se persigan fines docentes o de investigación.

Sobre la base de esta última exigencia, no estarían incluidas un gran número de citas socialmente toleradas y que no se realizan en dicho ámbito, tales como las citas de versos o frases célebres de terceros al inicio de una entrada de un blog. “La excepción de actualidad” permite aunque con límites, la reproducción parcial en los medios de comunicación de trabajos y artículos sobre temas de actualidad. El problema radica en la exclusión por los tribunales de internet como medio de comunicación, lo que parece hacer complicada esta vía.

Recuerda que generar contenido nuevo partir de informaciones ajenas también tiene un límite, aunque la inspiración en trabajos previos es libre. De esta manera si se detecta un contenido que interesa y a partir del cual se busca generar uno nuevo esto es algo perfectamente legítimo.

– Las fotografías y los dibujos. Con carácter general, se hallan protegidos por las distintas legislaciones y tratados internacionales existentes en materia de propiedad intelectual. Es por ello necesario tener muy en cuenta que la extendida idea de que las imágenes que se encuentran en internet son de libre uso, no es real. Si se es por ejemplo bloguero y se desea incorporar una fotografía, un dibujo o un gráfico de un tercero se debe pedir permiso al titular de sus derechos para poder compartirlo.

Es diferente si se ha conseguido la imagen porque el autor de una fotografía o de un dibujo ha decido liberar su uso empleando una licencia abierta, Creative Commons o similar, en cuyo caso lo que se debe hacer es leer la letra pequeña de los términos concretos de dicha licencia.

A esta situación debemos sumar la dificultad añadida de identificar, en ocasiones, a los titulares de una determinada obra. Es lo que se conoce como obras huérfanas, que son titularidad de un autor al que resulta imposible localizar. Aunque este fenómeno no tiene una solución jurídica global, la federación internacional de entidades de derechos de reproducción (IFRRO) aboga por permitir el uso de dichas obras siempre que el usuario demuestre su buena fe en la búsqueda de los titulares de derechos antes de usarlas.

Siempre se puede recurrir a bancos de imágenes gratuitas, algo que evitará futuros problemas, a la vez que se hace uso de un contenido dentro de la legalidad.

En definitiva, como usuario se debe tener presente que la consecuencia jurídica de desobedecer todo lo anterior podría suponer la vulneración de los derechos de propiedad intelectual de sus autores y, en su caso, se puede estar cometiendo un delito de plagio con penas de tipo penal. Por eso hay que recordar que siempre la mejor manera de evitar cualquier tipo de controversia a este respecto es que se publiquen contenidos originales y propios para no sobrepasar los estrictos márgenes de la legalidad.

¿Te ha parecido interesante?

(+5 puntos, 5 votos)

Cargando...

Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.