Los bancos tendrán que incorporar en su política de remuneración cláusulas de reducción del ‘bonus’ de los altos directivos cuando se produzca un «deficiente» desempeño financiero de la entidad o de las «exposiciones» generadas por esa persona. También deberán tener en cuenta los «efectos negativos» derivados de la comercialización de productos «inadecuados», como consta en el proyecto de circular del Banco de España que completa la adaptación del ordenamiento jurídico español a la normativa europea, y que se halla en fase de consulta pública hasta el 27 de julio.
Además, los bancos y otras entidades financieras tendrán que incluir cláusulas de recuperación de la remuneración ya satisfecha a sus directivos.
«Se considerarán especialmente los efectos negativos derivados de la comercialización de productos inadecuados y las responsabilidades de las personas u órganos que tomaron esas decisiones», explica el proyecto de circular, que especifica que se tendrán en cuenta estas «conductas irregulares, ya sean individuales o colectivas«.
Las entidades compararán la evaluación del desempeño realizada con el comportamiento a posteriori de algunas de las variables que contribuyeron a conseguir los objetivos. Para ello, también tendrán que atender «al menos» los fallos «significativos» en la gestión del riesgo cometidos por la entidad, por una unidad de negocio o por el departamento encargado del control de los riesgos; así como las sanciones regulatorias o condenas judiciales por hechos que pudieran ser imputables a la unidad o al personal responsable de los mismos.
El proyecto de circular ordena que el diseño de la política de pensiones deberá ser «compatible» con la estrategia, los objetivos, los valores y los intereses a largo plazo de la entidad. «Para ello, los compromisos por pensiones deberán contemplar mecanismos que permitan el ajuste tanto de las aportaciones de la entidad como de la consolidación de los derechos correspondientes en función de resultados o circunstancias adversas», señala.
Una parte significativa de los compromisos por pensiones, que no podrá ser en ningún caso inferior a un 15%, tendrá componentes variables, «al menos» para los consejeros ejecutivos, los directores generales y personal asimilado, de acuerdo con el artículo 6.6 de la Ley 10/2014, precisa el proyecto de circular del Banco de España.
Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.