El Gobierno plantea rebajar las cuotas a las empresas con baja siniestralidad

07/09/2015

Luis M. del Amo. El proyecto elimina la obligación de realizar inversiones en prevención de riesgos laborales.

El Gobierno quiere mejorar los incentivos que perciben las empresas en materia de accidentes de trabajo. Según ha trasladado a empresarios y sindicatos, el Ejecutivo plantea rebajar las cuotas a la Seguridad Social de las empresas con poca siniestralidad laboral. La rebaja se incluye dentro de la llamada ‘Ley de Mutuas’.

El Ejecutivo ha trasladado a los agentes sociales las bases del futuro proyecto de real decreto para mejorar los incentivos que perciben las empresas especialmente sensibilizadas con la siniestralidad laboral, informa el ministerio de Empleo.

Incentivos ligados a la siniestralidad

El procedimiento para optar a estos incentivos es “novedoso”, asegura Empleo, pues se tendrá en cuenta que el centro tenga unos índices de siniestralidad inferiores a los que se establezcan anualmente, “ganando en objetividad”, afirman.

Además, el proyecto elimina la obligación actual de haber realizado inversiones en instalaciones y procesos en materia de prevención de riesgos laborales o de presentar una autodeclaración firmada sobre la realización de actividades preventivas.

Medición de resultados

El modelo planteado centra su atención en la medición de resultados, esto es, la constatación de que hay una disminución real de la siniestralidad laboral, lo que daría derecho a recibir el ‘bonus’ o la reducción en la cotización por contingencias profesionales, defienden desde Empleo.

Así, se plantea establecer el incentivo en el 5% del importe de las cuotas por contingencias profesionales para el primer año de observación, y el 10% en los siguientes si los periodos de observación en los que la empresa tiene derecho al incentivo son consecutivos.

Respecto a la financiación de esta reducción, seguirá vinculada a un máximo del 5 por ciento del saldo del Fondo de contingencias profesionales, aunque este porcentaje ya no será de aplicación a cada una de las mutuas en proporción a su contribución a la formación de este saldo.

Requisitos de acceso

En general, podrán ser beneficiarias todas las empresas que coticen por contingencias profesionales, tanto si están cubiertas por una entidad gestora como por una mutua, que no hayan rebasado los límites que se establezcan respecto de los índices de siniestralidad general y siniestralidad extrema que anualmente se fijen.

Los mencionados límites se adaptarán a las circunstancias propias de cada actividad económica de modo que se promueva el acceso al incentivo a aquellas actividades con mayor riesgo para mejorar la prevención allí donde sea más necesaria.

Como es lógico las compañías beneficiarias deben estar al corriente de pago y no haber sido sancionadas en materia de prevención de riesgos o de Seguridad Social, concluyen desde Empleo.

Un proceso más «simple»

Según Empleo, el objetivo de la futura regulación es por un lado “simplificar” el proceso de solicitud para las compañías y por otro “agilizar el reconocimiento y el abono de las primas”.

Para facilitar la doble meta, el documento contempla eximir a la empresa de recabar la documentación que ya obre en poder de la Administración, lo que supone una “importante” reducción de cargas administrativas, añaden.

En paralelo, aboga por fijar un plazo cerrado para emitir la primera resolución del expediente.

¿Te ha parecido interesante?

(+1 puntos, 1 votos)

Cargando...

Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.