Los autónomos ya pueden hacer compatible el cobro del paro con su actividad

10/09/2015

Luis M. del Amo. El BOE publica la ley que modifica el marco de ayudas al autoempleo.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy jueves el texto de la ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la cual se modifican determinadas medidas de apoyo al autoempleo y se establecen nuevas disposiciones en materia de trabajo autónomo.

La nueva ley contempla la posibilidad, por primera vez, de que los perceptores de la prestación por desempleo que causen alta como autónomos puedan compatibilizar el cobro de la prestación con su actividad económica por un máximo de nueve meses.

Quedan excluidos, sin embargo, aquellos que hayan obtenido el pago único de la prestación por desempleo en los 24 meses inmediatamente anteriores.

También están excluidos los trabajadores que suscriban un contrato con la empresa o empleador para los que hubiese prestado sus servicios por cuenta ajena con carácter inmediatamente anterior.

Otra modificación tiene que ver con las reducciones de cuotas a la Seguridad Social. En concreto, la nueva disposición establece con carácter fijo la denominada ‘tarifa plana’ de 50 euros para los autónomos que causen alta inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los 5 años inmediatamente anteriores.

Además la tarifa plana podrá aplicarse aun cuando los beneficiarios de esta medida empleen a trabajadores por cuenta ajena.

Capitalización del paro

También se amplía el número de supuestos en que puede capitalizarse la prestación por desempleo. Ahora se podrá abonar a los beneficiarios de la prestación hasta el 100% del importe de la prestación, independientemente de su edad y, por otro, en el caso de que vaya a destinarla a realizar una aportación al capital social de una mercantil, siempre que vayan a poseer el control efectivo de la misma y vayan a ejercer en ella una actividad profesional estables.

Otras ayudas beneficiarán a los cónyuges y familiares de los trabajadores autónomos. En concreto se establece una bonificación del 50% de la cuota de familiares y cónyuges durante 18 meses, y de un 25% durante 6 meses más, con la condición de que estos no hayan trabajado con el autónomo durante los 5 años anteriores.

Además, la cuota de los trabajadores autónomos que hayan sido sustituidos por baja por maternidad o situaciones asimilables (adopción, acogimiento…) tendrá una bonificación del 100%.

Reserva de la prestación ampliada

Otro de los cambios tiene que ver con el cobro de la prestación por desempleo. La nueva ley amplía a cinco años el período durante el cual se conserva el derecho a cobrar la prestación por desempleo, una vez iniciada una actividad como autónomo. Para su recuperación deberá acreditarse que ha finalizado la causa de la suspensión del cobro de la prestación por desempleo, así como la inscripción como demandante de empleo.

Esta nueva disposición se aplica también a los que mantuviesen suspendida su prestación o subsidio por desempleo en el momento actual.

Más de 30.000 nuevos autónomos, según UPTA

Para la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) todas estas medidas significarán un incremento “importante” de personas en desempleo que se incorporarán al trabajo autónomo en los próximos meses.

El secretario general de la organización, Sebastián Reyna, estima que se crearán “al menos” 30.000 nuevas altas en el régimen especial de aquí a finales del año 2015.

Sin embargo, UPTA alerta sobre la continuidad de las actividades que puedan iniciarse al calor de las nuevas ayudas, y piden que se haga un seguimiento “muy cercano” de los nuevos negocios. “Podríamos tener mucha temporalidad en las nuevas iniciativas y que tan solo estemos ante una solución coyuntural”, avisa.

“Medidas de acompañamiento, asistencia técnica y mejora de acceso a la financiación serán imprescindibles para que estos nuevos emprendedores consoliden sus iniciativas económicas y permita una mejora de nuestra estructura empresarial”, reclama Reyna.

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