Un juzgado de Barcelona obliga a revalorizar 300 pensiones

23/09/2015

Luis M. del Amo. La decisión judicial entiende que el Gobierno vulneró la Carta Social Europea y no motivó la medida.

El Juzgado de lo Social número 12 de Barcelona ha dado la razón a 300 pensionistas que denunciaron al Gobierno por rebajar hasta el 1% la revalorización de las pensiones correspondientes al año 2013, en lugar del 2,9% preceptivo. Se trata de la primera sentencia que en favor de los pensionistas por este motivo. Según el juez, el Gobierno vulneró con su decisión normativa comunitaria de rango superior.

La sentencia da la razón a 300 pensionistas que presentaron un recurso contra el real decreto 28/2012 por el cual el Gobierno rebajó hasta el 1% la revalorización de las pensiones correspondientes al año 2013, en lugar del 2,9% preceptivo que marcaba el Índice de Precios de Consumo (IPC) para 2012, la referencia hasta entonces.

El recurso planteado por la Unión General de Trabajadores (UGT) de Cataluña trató de sortear los pronunciamientos en contra del Tribunal Constitucional en torno a la retroactividad de la decisión, y se centró en una posible vulneración de la Carta Social Europea por parte del real decreto del Gobierno.

El juez entiende que el recorte en la revalorización vulnera el artículo 12 de la Carta Social Europea, así como el convenio número 102 firmado con la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

La sentencia, que es recurrible, considera que, frente a la decisión del Gobierno, debe prevalecer la norma comunitaria. Considera además que el Gobierno no concretó ni detalló en qué medida el recorte de pensiones iba a contribuir a resolver la crisis. Y advierte de que la rebaja afecta de “forma sustancial” al nivel de las pensiones, contribuyendo a su “precarización y empobrecimiento”, especialmente de las pensiones más bajas, afirma UGT citando la sentencia.

Estrategia jurídica

Se trata de la primera sentencia que da la razón a los pensionistas en su lucha contra el Gobierno por conservar el poder adquisitivo de las pensiones. Previamente, el Tribunal Constitucional (TC) había estudiado diversos recursos que incidían en el asunto de la retroactividad; es decir, consideraban que el Gobierno lesionaba con su decreto un derecho consolidado mediante una norma cuya aplicación consideraban retroactiva.

Sin embargo, el TC desestimó estas demandas al considerar que la revalorización legal de las pensiones es una expectativa de derecho y no un derecho consolidado, recuerda UGT.

Posteriormente, la estrategia de UGT se centró en reclamar el cumplimiento de la normativa comunitaria, y en concreto los citados artículo 12 de la Carta Social Europea y el convenio OIT número 102.

Sin embargo, diversas sentencias de la jurisdicción social cegaron esta segunda vía al estimar que, si bien la normativa nacional debía respetar la Carta Social Europea, el decreto del Gobierno -entendían- no precarizaba las pensiones ni afectaba al nivel medio de estas prestaciones públicas, especialmente de las más bajas.

Ahora, sin embargo, el Juzgado Social número 12 de Barcelona entiende que el real decreto del Gobierno que modificó el sistema de revalorización de las pensiones (hasta entonces, ligado al IPC del mes de noviembre anterior) atenta contra el artículo 12 de la Carta Social Europea; ante esa confrontación, concluyen, debe prevalecer la norma comunitaria.

Según UGT, la sentencia “da la razón” al gabinete jurídico del sindicato, y declara que la rebaja en el incremento de las pensiones de 2012 vulnera la Carta Social Europea, al entender que el real decreto-ley 28/2012 atenta contra el artículo 12 de la Carta Social Europea -en concordancia con el Convenio OIT número 102- y que ante esta confrontación prevalece la norma comunitaria, concluyen.

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