El Gobierno unifica la Ley del Mercado de Valores para adaptarse a Europa

23/10/2015

Miguel Ángel Valero. El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto Legislativo que elabora un Texto Refundido, por lo que no se producen cambios normativos.  // Referencia del Consejo de Ministros

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto Legislativo sobre el Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores con el objetivo de facilitar «una trasposición más ágil «de la nueva normativa europea MIFID (Directiva de Mercados e Instrumentos Financieros) y de abuso de mercado. El límite para adoptar la normativa europea es el 3 de julio de 2016. «Al tratarse de un Texto Refundido no hay cambios normativos», precisan en el Ministerio de Economía.

La complejidad del marco legislativo regulador del mercado de valores y las numerosas modificaciones que ha experimentado la Ley 24/1988 de 28 de julio del Mercado de Valores en los últimos años justifican la elaboración de un texto refundido. «Se persigue con ello facilitar el conocimiento, la aplicación e interpretación de la normativa reguladora de los mercados de valores por los operadores jurídicos y económicos, fomentar la claridad y reducir las cargas derivadas de la dispersión normativa y complejidad del marco legislativo», explican en Economía.

En el trabajo de elaboración del Real Decreto Legislativo, se ha procedido a integrar y sistematizar en un único texto:

1-. Las más de 40 normas con rango de ley que han modificado la Ley del Mercado de Valores desde 1988.

2-. Las que, afectando a su ámbito material, se han promulgado antes de la aprobación del real decreto legislativo.

y 3.-Una serie de disposiciones legales relativas a los mercados de valores.

Tras concluir el trámite de audiencia pública, en el que se han recibido numerosos informes y observaciones, el Real Decreto Legislativo cuenta con una exposición de motivos, un artículo, una disposición adicional única, una disposición derogatoria única y dos disposiciones finales. Por su parte, el texto refundido cuenta con 334 artículos, 10 disposiciones adicionales, 9 transitorias y 2 finales.

Se ha recibido el dictamen preceptivo del Consejo de Estado que se solicitó por vía de urgencia y se han incorporado las tres observaciones esenciales que se formulan, sin que se altere el sentido del texto.

Una vez realizado este trabajo de refundición, antes del 3 de julio de 2016 deberá llevarse a cabo la incorporación al Derecho nacional de la nueva normativa MIFID y de abuso de mercado.

«El nuevo texto legal, en el que se han cumplido escrupulosamente las directrices de técnica normativa, permitirá una labor de transposición más ordenada y sistematizada, con la que se logrará una mejor y más clara adaptación de nuestra normativa de valores a la realidad europea», concluyen en el Ministerio de Economía.

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