La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones ha establecido el contenido del Registro en el que se incluirán todos los seguros obligatorios que hay en España, que tendrá que estar listo antes del 1 de abril. Se estima que en España existen unos 600 seguros obligatorios por normas locales, autonómicas y nacionales.
Una resolución especifica la información que las comunidades autónomas deben facilitar para la puesta en marcha del registro, que gestionará el Consorcio de Compensación de Seguros.
Las comunidades autónomas tienen un plazo de 3 meses para facilitar toda la información sobre los seguros obligatorios existentes en cada una de ellas, incluyendo las normas que regulan éstos.
En cuanto a los seguros obligatorios que se establezcan a partir de ahora, cada autonomía contará con un mes para informar a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y al Consorcio de Compensación.
Una vez recibida la información, el Consorcio de Compensación de Seguros estimará si es correcta o contiene errores, y posteriormente asignará un número de registro y un nombre identificativo del seguro.
Además, el Consorcio podrá acordar la realización de mejoras en los procedimientos, formatos y modelos, en el caso de que se produzcan avances tecnológicos, o cambios en la normativa aplicable, previa comunicación a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
La puesta en marcha del Registro de seguros obligatorios es una consecuencia de la entrada en vigor el 1 de enero de la Directiva sobre Solvencia II. Cada Estado miembro de la Unión Europea está obligado a comunicar a Bruselas los riesgos para los cuales su legislación impone la obligatoriedad de un seguro.
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