El Banco de España endurece el control sobre las comisiones en los cajeros

07/01/2016

Miguel Ángel Valero. Cada cambio, modificación o extinción de un pacto deberá ser comunicado “en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al del acaecimiento del hecho”. // Proyecto de circular sobre información de comisiones por retiradas de efectivo en los cajeros automáticos.

Con la nueva circular sobre información de comisiones por retiradas de efectivo en los cajeros automáticos, cuyo proceso de consulta pública finaliza el 8 de enero, el Banco de España endurece el control sobre lo que las entidades financieras cobran por sacar dinero de esos terminales. Esta circular responde a un mandato expreso del Gobierno en el real decreto ley aprobado en octubre de 2015 y que impide a la banca cobrar dos comisiones por la retirada de dinero de un cajero.

La norma del Ministerio de Economía establece que las entidades financieras no podrán cobrar directamente a los no clientes que utilicen su red de cajeros automáticos. La entidad propietaria de cada terminal podrá aplicar una tasa a la emisora de la tarjeta con la que se utilice el cajero. Y será ésta quien decida si traslada este coste, o parte del mismo, a su propio cliente. Y permite que las entidades lleguen a acuerdos entre ellas para fijar el importe de la comisión que se aplicarán las unas a las otras.

A falta de que el supervisor modifique el proyecto de circular en función de las alegaciones y de los comentarios recibidos de las entidades, 10 días hábiles (sin contar festivos) después de la entrada en vigor de la norma, cada banco deberá informar sobre cuántos cajeros automáticos posee en España.

Y en 20 días hábiles, cada entidad deberá remitir al Banco de España un formulario sobre los pactos alcanzados con otras sobre las comisiones en los cajeros, y lo que cobra a las demás.

Cada cambio, modificación o extinción de un pacto deberá ser notificado por la entidad al Banco de España  “en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al del acaecimiento del hecho”

Si se incorpora una nueva entidad al pacto de los cajeros, tendrá 20 días hábiles para comunicarlo al Banco de España.

En enero de cada año, todas las entidades deben remitir al Banco de España el formulario de comisiones actualizado.

Lo que busca el Banco de España es que cada entidad informe regularmente de la comisión que haya pactado con otras por las retiradas de efectivo en sus cajeros y también  de la que se aplicará al resto con el que no se haya alcanzado acuerdo alguno.

Para ello, desde enero de 2017 todas las entidades tendrán que remitir al Banco de España un formulario en el que se detallen las comisiones pactadas y las que se impondrán ante la falta de un acuerdo, su importe concreto en euros (con dos decimales) o bien el porcentaje sobre la suma extraída que se aplicará, así como el concepto por el que se aplica la tasa.

La tasa más elevada de Europa

La circular del Banco de España quiere poner orden definitivamente en una actividad protagonizada por 50.479 cajeros automáticos, lo que supone una tasa de 1,09 terminales por cada 1.000 habitantes, una de las más elevadas de Europa.

Cada año se realizan en los cajeros más de 908 millones de retiradas de dinero en efectivo. Esto supone una media de 18.000 reintegros por cajero.

 

 

 

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