
Foto: Europa Press
Cinco años y medio después, la Justicia absolvió hoy a los ‘ocho de Airbus’, los sindicalistas acusados de delitos contra los derechos de los trabajadores, atentado y lesiones, por los que se les pedía una pena de 60 años de cárcel, tras los incidentes ocurridos en la huelga general de 2010.
Tras conocer la sentencia, UGT y Comisiones Obreras (CCOO) han exigido a las Cortes recién salidas de las elecciones de diciembre, la derogación del artículo 315.3 del Código Penal, y la revisión de todas las condenas que ha habido en España para que “nadie en este país sufra prisión” por ejercer, afirmaron, un derecho fundamental como el de huelga.
El magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Getafe absuelve a los acusados Edgar M. A. y Armando B. P., en virtud del principio acusatorio; y los otros seis: José A.B., Tomás G. R., Enrique G.A., Rodolfo M.O., Jerónimo M.J. y Raúl F.H., en este caso por aplicación del principio de presunción de inocencia.
Los ‘ocho de Airbus’ estaban acusados por los incidentes ocurridos en la huelga general de 2010, a las puertas de la factoría de Airbus en Getafe.
“Ha merecido la pena aguantar”
“Es un día enorme, un día grande para la democracia”, ha sostenido uno de los ocho absueltos, José Alcázar, para añadir a continuación que “ha merecido la pena aguantar y sufrir para demostrar la inocencia”, según dijo ante la prensa este miércoles en la sede confederal de Comisiones Obreras en Madrid.
Por su parte, el ‘número dos’ de la formación, Ramón Górriz, ha defendido que la sentencia “va más allá de los ocho compañeros de Airbus”, y ha pedido la derogación inmediata del citado artículo 315.3 del Código Penal. “Es hora, con esta sentencia en la mano, de que los nuevos parlamentarios planteen ya la derogación del artículo”. “Se tiene que realizar antes de que se conforme el gobierno”, ha exigido.
En la misma línea, su homólogo en UGT, el secretario de acción sindical, Toni Ferrer, ha afirmado que la sentencia “restablece la verdad” y ha coincidido con Górriz en que es “urgente y necesario” derogar este artículo.
El juicio del caso conocido como ‘los ocho de Airbus’ se celebró entre los días 9 y 12 de este mes de febrero.
Según consta en la resolución firmada por el magistrado titular del juzgado de lo Penal nº 1 de Getafe, la presunción de inocencia es la primera y principal garantía que el procedimiento penal otorga al ciudadano acusado, y este principio se vulnera cuando se condena a alguna persona sin pruebas.
Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.