El Gobierno pretende controlar la «guerra del pasivo»

13/04/2011

diarioabierto.es. Las entidades que superen los límites de remuneración en sus depósitos y cuentas a la vista pagarán más a los Fondos de Garantía de Depósitos

Aún está en proyecto y en audiencia pública hasta el próximo 28 de abril, pero el Gobierno pretende modificar la regulación de los fondos de garantía de depósitos de las entidades de crédito para que aquellas entidades financieras que superen los límites (también se establecerán) de la remuneración de depósitos y cuentan aporten el doble a los fondos que garantizan el dinero que se ha invertido. Con ello, el Ministerio de Economía y Hacienda pretende reducir los riesgos de la «guerra del pasivo» y evitar que las entidades que han recibido ayudas públicas no compitan con este tipo de productos para atraer clientes.

Ese es el objetivo con el que se ha redactado el Real Decreto que modificará la normativa que regula los fondos garantizados. Con este cambio, también se aprovecha para incorporar la futura directiva comunitaria con la que se pretende revisar la garantía que debe incorporarse a estos fondos. En este sentido, España podría adelantarse incluso a Bruselas.

En el proyecto del Gobierno se explica que los depósitos a plazo igual o inferior a tres meses cuya remuneración exceda los 150 puntos básicos al Euríbor medio a tres meses de interés anual, tendrá ese incremento en su aportación al fondo de garantías. En el caso de que el plazo del depósito supere los 3 meses, entonces el límite se fija a partir de 150 puntos básicos sobre el Euríbor medio a seis meses.

Por lo que respecta a los depósitos en cuentas a la vista, el proyecto del Ejecutivo fija que la remuneración que se abone no debe exceder en más de 100 puntos básicos al Euríbor medio a un mes de interés anual.

Además, el Banco de España será el encargado de publicar trimestralmente en el Boletín Oficial del Estado y en su propia web el Euríbor a tres y seis meses, y a un año. Mientras que las entidades deberán comunicar también cada trimestre a su Fondo de Garantía de Depósitos el importe total de sus depósitos a plazo, cuya remuneración exceda de los límites fijados en el Real Decreto, así como de los saldos de cuentas a la vista liquidados con una remuneración que haya excedido los límites.

Una vez reconocidas las remuneraciones que han excedido los límites, está previsto que dichas cantidades se ponderen en un 200% a fin de calcular las aportaciones que la entidad deberá aportar a los Fondos de Garantía de Depósitos, y que deberán ser ingresadas trimestralmente.

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