El Gobierno incumple el plazo para la trasposición de la Directiva Hipotecaria

02/04/2016

Miguel Ángel Valero. La norma obliga a la entidad a informar al solicitante de un crédito de todas las ofertas existentes en el mercado y prohíbe que la comercialización se vincule a otros productos. // Directiva Hipotecaria

“El Gobierno, aunque esté en funciones, tiene unas obligaciones institucionales que debe cumplir. Trasponer las Directivas es gestión ordinaria y de obligado cumplimiento”, señala Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho especializado en Derecho bancario, financiero y comunitario, que anuncia la elevación de una queja a la Comisión Europea por la «mala praxis» del Ejecutivo de Mariano Rajoy.

El problema es que el Gobierno ha incumplido el plazo para la Directiva Hipotecaria, que se agotó el 21 de marzo. Una norma que refuerza los derechos del consumidor porque obliga a la entidad a informar al solicitante de una hipoteca de todas las ofertas existentes en el mercado. También establece un plazo de reflexión obligatorio de 7 días. El mismo plazo que tiene el cliente para retractarse de la firma del crédito.

Además, la Directiva establece la prohibición de que la comercialización de la hipoteca vaya vinculada a otros productos.

En el caso de las hipotecas multidivisas, el usuario deberá de ser informado de que las cantidades pendientes de amortización podrían elevarse e incluso ser superiores al capital inicial.

La Directiva exige una “tolerancia razonable” antes de proceder a las ejecuciones y limita los cargos por impago. Dentro de la flexibilidad de los pagos, la norma elimina los recargos por amortización anticipada.

Hay, no obstante, un aspecto polémico en la Directiva. Y es que establece el derecho del banco a acceder a fuentes de información públicas o privadas antes de decidir la concesión del préstamo hipotecario. “El encaje de este precepto con la Directiva de Protección de Datos es muy complejo”, señala Navas, que recuerda que una sentencia del Tribunal Europeo de Justicia considera “contrario al Derecho comunitario” la cesión de datos entre administraciones. “Si las Administraciones no pueden cederse datos entre sí, ¿cómo van a ceder datos a un agente privado?”, se pregunta este experto.

Norma vigente, aunque no esté traspuesta

De lo que no duda el socio director del despacho Navas & Cusí es de la vigencia de la Directiva Hipotecaria, aunque no esté traspuesta a la legislación española. “Desde el 21 de marzo se están incumpliendo estas obligaciones legales generando contingencias para la entidades y argumentos jurídicos para los clientes”, señala Navas.

La jurisprudencia del Tribunal Europeo de Justicia que las Directivas comunitarias están vigentes desde que se dictan, no desde que se trasponen a las normativas nacionales, “en aplicación del principio de primacía del Derecho comunitario”.

Que el Gobierno no cumpla sus funciones no quiere decir que el consumidor no se pueda beneficiar de la Directiva. Así lo haremos valer en los tribunales si es necesario”, concluye Juan Ignacio Navas.

 

 

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