El Tribunal Supremo (TS) ha formulado una doctrina por la cual establece que el pago de las cuotas de la hipoteca deberá ser pagado a partes iguales entre los cónyuges propietarios en caso de ruptura ya que no constituye «carga del matrimonio» sino que supone «una deuda» de la sociedad de gananciales.
El País: «El Supremo fija que la hipoteca se pague al 50% en los divorcios«.
El Mundo: «Las parejas divorciadas deben pagar la hipoteca a medias y no en función del sueldo«.
Público: «Las parejas divorciadas pagarán la hipoteca a partes iguales«.
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